sábado, 7 de marzo de 2015

Ley catalana de Acción Exterior: Suma y sigue

LEY CATALANA DE ACCIÓN EXTERIOR: SUMA Y SIGUE Inasequible al desaliento, el Gobierno de Artur Mas sigue de forma unilateral e implacable su ruta hacia la independencia de Cataluña y trata de dotarse a tales efectos de estructuras de Estado. El último paso dado en esta dirección –que ha pasado un tanto desapercibido para la opinión pública- ha sido la adopción el pasado 4 de diciembre de la Ley 16/2014 de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea, una réplica de la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, de 25 de Marzo de 2014. Doctrina del TC sobre acción exterior de las Comunidades Autónomas En su sentencia 165/1994, el Tribunal Constitucional afirmó que las relaciones internacionales se mantienen entre sujetos de Derecho Internacional y están regidas por ese derecho, lo que excluye la posibilidad de que los entes territoriales dotados de autonomía política participen en las relaciones internacionales y, consiguientemente, concierten tratados con Estados soberanos y Organizaciones Internacionales gubernamentales. Asimismo excluye que dichos entes puedan establecer órganos permanentes de representación ante tales sujetos. Señaló, sin embargo, que no todas las actividades de relaciones exteriores de una Comunidad Autónoma suponían una infracción del artículo 149-1-3 de la Constitución, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales, por lo que no cabía excluir que las Comunidades pudieran llevar a cabo actividades que supusieran una conexión o relación con entidades públicas exteriores al Estado, en tanto que tales actividades no incidieran en la reserva estatal prevista en el citado artículo o perturbaran el ejercicio de las actividades que la integraban. Concluía el TC que la existencia de una Oficina del Gobierno Vasco en Bruselas no prejuzgaba su tipo de actividad, ni determinaba que hubiera de incidir forzosamente en el ejercicio de la competencia estatal sobre relaciones internacionales. Esta permisiva sentencia fue ampliamente interpretada por las Comunidades, históricas y no históricas, que establecieron delegaciones permanentes –pseudo embajadas- no sólo ante la UE, sino también ante muchos Estados. Cataluña –que ha sido pionera en este terreno- dispone de delegaciones ante la UE, Alemania, Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos, así como de 70 oficinas sectoriales. Está a punto de abrir nuevas delegaciones en Italia y Austria, y pretende disponer de 45 oficinas completamente autónomas de la red diplomática de España. El calendario dependerá de cómo avance el proceso secesionista. Ley 16/2014 de Acción Exterior de Cataluña La Ley 16/2014 parte de la base de que, al haberse difuminado el concepto de soberanía, se han modificado implícitamente las reglas sobre las relaciones internacionales, y de que el objetivo de las delegaciones del Govern es defender los intereses de Cataluña y la proyección internacional del país en el exterior. Corresponde a aquél dirigir, ejecutar y coordinar la acción exterior de la Generalidad en el marco de las directrices generales de la acción gubernamental establecidas por su Presidente. Aprovecha la ocasión para colar entre los principios rectores de la acción exterior el reconocimiento del derecho a decidir de los pueblos. Los órganos competentes de la Administración autonómica potenciarán la coordinación de las representaciones de la Generalidad en el exterior con otras administraciones y entes públicos de Cataluña. El Estado parece que esté en otro planeta, pese a que la Ley estatal de la Acción y del Servicio Exterior prevea que las actividades de las Comunidades Autónomas respetarán los principios establecidos por el Estado y se adecuarán a las directrices, fines y objetivos de la política exterior fijados por el Gobierno. Tales actividades deberán adecuarse asimismo a los instrumentos de planificación establecidos por el Estado en el ejercicio de sus facultades de coordinación, cuando definan directrices de actuación propias de la política exterior del Estado o se inserten en el ámbito de las relaciones internacionales de España. Compete, en todo caso, al Gobierno –que dirige la política exterior- establecer las medidas y directrices que regulen y coordinen las actividades de las Comunidades en el extranjero. No obstante, la Ley 16/2014 se limita a reconocer “el cumplimiento del principio de la lealtad institucional mutua y la búsqueda de sinergias con el Gobierno del Estado”. Según la Ley estatal, las Comunidades deberán comunicar al Gobierno el establecimiento de oficinas para su promoción exterior con carácter previo a su apertura y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación informará la propuesta, de acuerdo con las directrices, fines y objetivos de la política exterior, la Estrategia de Acción Exterior y el principio de unidad de acción. La ley autonómica permite al Govern crear delegaciones y oficinas sectoriales en los países y áreas geográficas que considere prioritarios para la promoción de los intereses de Cataluña, pero no hace ninguna referencia a la intervención del Estado en el proceso. En paralelo a la Estrategia de Acción Exterior del Estado, la Generalitat dispondrá de su propio Plan Estratégico de Acción Exterior y de Relaciones con la UE, sin que la Ley autonómica haga mención alguna a aquél. El Govern puede establecer relaciones con “Gobiernos de otros territorios” y debe potenciar las relaciones de colaboración con las Organizaciones Internacionales, en especial con las pertenecientes al sistema de la ONU. Hay un ominoso silencio sobre el Estado español. Las Comunidades Autónomas no pueden concertar tratados internacionales, aunque sí celebrar acuerdos internacionales administrativos y no normativos con “autoridades u órganos administrativos de un sujeto de Derecho Internacional”. Corresponde al Govern aprobar estos acuerdos de colaboración con entes públicos de otros Estados o con Organizaciones Internacionales, pero -de conformidad con la Ley estatal- el Ministerio de Asuntos Exteriores deberá informar tales acuerdos con anterioridad a su celebración. Sin embargo, la Ley 16/2014 omite cualquier referencia al respecto. Dicha Ley ignora por completo al Estado de la Nación y su monopolio de las relaciones internacionales entre sujetos de Derecho Internacional, y pasa por alto el axioma de que las actuaciones exteriores de las Comunidades no pueden incidir o perjudicar la política exterior que dirige el Gobierno. Un paso más hacia la independencia El Ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García Margallo, ha reiterado que la política exterior de España es competencia exclusiva del Estado y mencionado la posibilidad de recurrir la apertura de delegaciones de Cataluña en Italia y en Austria, y de presentar un recurso de anticonstitucionalidad contra la Ley 16/2014. Espero que no lo dijera en serio y que sólo pecara de un exceso de locuacidad, porque -si tal ocurriere-, mucho me temo que el TC daría un buen rapapolvos al Gobierno. Las intenciones del Govern son inequívocas, pero la norma ha sido redactada con gran habilidad y destreza jurídica para eludir los escollos de una posible demanda de inconstitucionalidad. Lo grave no es tanto lo que dice, sino lo que deja de decir, lo que a sabiendas silencia. Desde que a partir de 2012 inició abiertamente el proceso secesionista, la Generalitat ha dado prioridad a aumentar su representación en el extranjero para dar a conocer y justificar sus pretensiones independentistas, y a contar con las estructuras necesarias para sustituir en su día a la red española de misiones diplomáticas. Pese a la necesidad de reducir gastos para amortizar la ingente deuda de Cataluña –reducida al nivel de “bono basura”-, el presupuesto para 2015 ha aumentado en un 12% la dotación para Cooperación y Exteriores, que asciende a 19,9 millones de euros. La Generalitat no sólo no tiene reparos en reducir el gasto público en Educación, Sanidad o Servicios Sociales, sino que incrementa las partidas que facilitan el acceso a la independencia. ¡Tiene menos sensibilidad social que un mejillón de Cadaqués!. Madrid, 17 de Febreroi de 2015

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