sábado, 28 de noviembre de 2020

Ábalos se escapa judicialmente del Delcygate

ÁBALOS SE ESCAPA JUDICIALMENTE DEL ”DELCYGATE” El pasado día 26, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que ha decidido archivar la querella presentada por Vox y el Partido Laócrata contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por los delitos de prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos y usurpación de atribuciones, en el caso popularmente conocido como “Delcygate”. Antecedentes Por la decisión PESC 2017/2074, el Consejo Europeo decidió que los Estados miembros de la UE deberían impedir el acceso a sus territorios y el sobrevuelo de los mismos a una serie de dirigentes venezolanos, responsables de abusos de derechos humanos o la represión de la sociedad en Venezuela. En la lista de sancionados figuraba nominatim Delcy Rodríguez, vicepresidenta de Venezuela, quien –pese a ser consciente de la prohibición- voló el 19 de enero rumbo a España y aterrizó de madrugada en el aeropuerto Adolfo Suárez de Madrid. A pie de avión le daba galantemente la bienvenida el ministro Ábalos, quien –tras charlar un rato con ella a bordo de la aeronave- le evitó la molesta pejiguera del obligado paso por el control de pasaportes del aeropuerto y la trasladó a la sala de espera VIP de la terminal 4, donde siguió su amigable cháchara. Antes de retirarse del lugar de aviones para un merecido descanso, tras haber cumplido brillantemente con sus funciones de ministro de Movilidad y de Asuntos Exteriores en funciones, dio instrucciones a los policías para que no la molestaran y le facilitaran horas más tarde la reanudación de su vuelo hacia el aeropuerto de Doha (Qatar) situado fuera del prohibido y violado espacio europeo. A Ábalos le dio por mentir torpe e innecesariamente sobre su encuentro con la lideresa venezolana. Primero no la vio, después sí la vio pero sólo de refilón porque se tropezó con ella cuando iba a recibir a un amigo, luego que le dijo buenas noches sólo por cortesía y, finalmente, que platicó largo y tendido con ella para evitar un grave incidente diplomático. Vox y el Partido Laócrata presentaron querellas contra Ábalos y varios funcionarios policiales del aeropuerto por haber permitido el acceso a territorio español a una persona que lo tenía prohibido por el Consejo Europeo. El pasado 11 de noviembre, el titular del juzgado nº 31 de Madrid, Antonio Serrano Arnal, inadmitió a trámite la querella con el peregrino argumento de que Rodríguez no había entrado en el territorio español, porque había permanecido en la zona de tránsito de Barajas, área extraterritorial sobre la que el Estado español no ejercía su soberanía. Serrano acertó en su decisión de no enjuiciar a los funcionarios del aeropuerto, pero no por los falaces argumentos alegados, sino que no porque pudieron éstos cumplir sus funciones por impedírselo un ministro del Gobierno. Ábalos no pudo ser juzgado por el titular del juzgado nº 31 debido a su condición de aforado y su caso pasó a ser examinado por el Tribunal Supremo. El fiscal de dicho tribunal cometió el mismo error que el juez de Madrid al considerar “terra nullius”el área de tránsito del aeropuerto. Ábalos no cometió ninguna infracción al permitir la entrada de la proscrita Rodríguez en una zona que no era territorio español, por lo que su decisión no era un acto administrativo injusto y arbitrario. Los querellantes no habían concretado mínimamente cuál era la acción injusta y arbitraria dictada por el querellado y no existían indicios de que la actuación del ministro fuera más allá del ámbito diplomático y entrara en contradicción con el orden jurídico. Como no existían los indicios mínimos necesarios para abrir una causa penal contra Ábalos, propuso sobreseer el caso. Auto del Tribunal Supremo La Sala segunda de lo Penal, presidida por Manuel Marchena, dictó el 26 de noviembre un auto exculpatorio de cualquier responsabilidad penal por parte de Ábalos y sobreseyó la causa incoada contra él. De entrada, propinó un merecido sopapo jurídico al titular del juzgado nº 31 y al fiscal del propio tribunal, al afirmar que estaba fuera de cualquier duda que la vicepresidenta venezolana “entró en territorio español y se mantuvo en él mientras duró su estancia en España”. El aeropuerto está enclavado en territorio español y sobre él ejercen soberanía las autoridades españolas. El acceso al territorio español se produjo desde el momento que el Falcon que transportaba a Rodríguez sobrevoló el espacio aéreo español y, cuando la aeronave aterrizó en Barajas, ya se había consumado la violación de la prohibición acordada por el Consejo Europeo a la vicepresidenta venezolana. Según el Tribunal, no había constancia de que el viaje de Rodríguez estuviera motivado por alguna de las causas que justificarían una exención de la prohibición de entrada en un Estado miembro de la UE, como razones de urgencia humanitaria o asistencia a reuniones de organizaciones internacionales. La Sala, sin embargo, ha considerado que la acreditada infracción de una decisión del Consejo Europeo sobre política exterior o de seguridad fuera constitutiva de un delito de prevaricación imputable a la autoridad nacional que hubiera consentido esa infracción. Las obligaciones derivadas de una decisión PESC tienen una naturaleza esencialmente política, su incumplimiento implica la vulneración de una decisión en el ámbito de la política y el control de su vigencia y su fiscalización incumben al propio Consejo. El problema –añado yo- es que las normas comunitarias no conceden al Consejo competencias para hacer cumplir sus decisiones y lo deja a la buena fe de los Estados miembros. Tan sólo el Parlamento Europeo podría haber debatido el tema a petición de cualquier eurodiputado y adoptado alguna resolución de tipo político al respecto, pero no lo hizo. Según la Sala, sostener que cualquier vulneración por una autoridad española de una decisión PESC haya de ser calificada como constitutiva de un delito de prevaricación sería contrario a la propia naturaleza del mandato incumplido. “Se trata de una obligación singular, no integrable en las obligaciones formales derivadas de la aplicación de reglamentos, directivas, recomendaciones y dictámenes. Una obligación, en fin, de marcado carácter político, cuyo incumplimiento no admite otra responsabilidad que la que se dirime en ese ámbito”. El incumplimiento de las decisiones PESC de la UE está sometido a control político, pero no a responsabilidad penal. Prueba de ello es que los Tratados constitutivos de la Unión “limitan incluso la competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de política exterior y de seguridad común” .No corresponde, por tanto, al Tribunal Supremo “el control del cumplimiento de las obligaciones del Gobierno español respecto de las decisiones PESC”. El tratamiento jurídico-penal de los hechos que han sido objeto de querella no puede hacerse depender del impacto político que haya generado su conocimiento público. El proceso penal sólo adquiere sentido para la investigación y eventual enjuiciamiento si se trata de hechos susceptibles de ser identificados como delitos y “la ponderación del juicio de tipicidad que incumbe a esta Sala no hace posible un arbitrario ejercicio de la elasticidad que incluye en el tipo de injusto que define cada delito, hecho que no puede ser subsumido con arreglo al principio de legalidad”. Dadas las circunstancias, la Sala descartó que los hechos imputados al querellado pedieran ser calificados como constitutivos de un delito de omisión del deber de promover la persecución de los delitos, “pues ningún delito se habría cometido por el incumplimiento de la decisión PESC que prohibía la entrada en territorio europeo a Dña Delcy Rodríguez”. Tampoco cabía investigar un inexistente delito de usurpación de atribuciones, porque Ábalos no había dictado ninguna disposición general o suspendido se ejecución careciendo de atribuciones para ello. En consecuencia, la Sala ha exonerado de culpa a Ábalos y decidido archivar el caso. Puntos oscuros en el comportamiento del ministro de Transportes El auto del Tribunal Supremo es impecable desde el punto de vista jurídico. De un lado, ha puesto coto a la absurda deriva de algunos fiscales y jueces que consideraban que un aeropuerto no forma parte del territorio nacional. De otro, ha expuesto razonadamente la doctrina comunitaria sobre la PESC, que no es una competencia transferida a la UE, sino una política de sus Estados miembros, por lo que las decisiones del Consejo Europeo sólo obligan políticamente a dichos Estados y no los vinculan jurídicamente. Al igual que escapan al control judicial del TJUE, también lo hacen al control de los tribunales nacionales, ya que su incumplimiento no supone la comisión de un ilícito penal justiciables ante tales tribunales. La inepcia de los querellantes y sus abogados en concretar claramente cuál era la conducta prevaricadora de Ábalos, daba a la Sala escaso margen de maniobra. No obstante, creo que el tribunal podría haber ido un poco más lejos. El fiscal del Tribunal Supremo afirmó que el ministro de Transportes no había incumplido el ordenamiento jurídico español. Sin embargo, según el auto 55/1996 del Tribunal Constitucional, quienes no son españoles carecen del derecho constitucional a entrar en España, por lo que sólo pueden hacerlo en la medida en que cumplan los requisitos establecidos por la legislación española. El Reglamento de extranjería de 2011 prevé que, a su llegada al puesto habilitado para la entrada en España, los extranjeros deberán acreditar ante los funcionarios responsables del control fronterizo que reúnen los requisitos necesarios y aquéllos denegarán la entrada en territorio español a quienes no cumplan con dichos requisitos (artículos 12 y 15). Los funcionarios policiales no pudieron cumplir con su obligación de controlar la entrada de la súbdita venezolana Delcy Rodríguez porque lo impidió el ministro Ábalos, quien la introdujo en territorio nacional de forma irregular. Impedir a sabiendas que los funcionarios policiales del aeropuerto cumplieran con su función controladora –por lo que fueron imputados- constituía, a mi juicio, un acto injusto y arbitrario con sabor prevaricador. Ésta fue la infracción que cometió Ábalos, que daba muestras de indicios de constituir un acto de prevaricación administrativa. La única forma de saber si había conciencia de injusticia y arbitrariedad en la decisión del ministro era realizando una investigación, pero el Tribunal Supremo ha descartado la comisión por Ábalos de un delito de prevaricación sin haber hecho la correspondiente investigación. Pero, al margen de la descartada responsabilidad judicial, Ábalos ha incurrido en responsabilidad política, tanto a nivel nacional como internacional. El ministro ha mentido una y otra vez como un bellaco y, si lo ha hecho de forma tan descarada, no creo que haya sido por recrearse en el placer de mentir, sino porque tenía algo inconfesable que ocultar, pero la mentira tiene las patas cortas. ¿Qué ha tratado de ocultar Ábalos? Hay muchos puntos oscuro en este caso que el Gobierno no sólo se ha negado a aclarar, sino que ha hecho lo contrario y procurado cubrir las espaldas del supuesto prevaricador, afirmando Arancha González Laya que había actuado de la manera menos nociva posible para les relaciones hispano-venezolanas y respetado la legalidad internacional, y Pedro Sánchez que la actuación de Ábalos había evitado que se produjera un incidente diplomático. González Laya estará preocupada porque Sánchez haya descubierto un hábil y avezado diplomático de su plena confianza, que podría sustituirla en el puesto de ministra de Asuntos Exteriores en una futura remodelación ministerial. ¿Qué oculta Ábalos con tanto afán? ¿Por qué insistió Rodríguez en aterrizar en Madrid pese a saber que con ello incumplía la prohibición que le había impuesto el Consejo Europeo, cuando –si ello se debía a exigencias técnicas- podía haberlo hecho en algún aeropuerto internacional de Marruecos? ¿Quién autorizo el sobrevuelo del espacio aéreo español y el aterrizaje del Falcon en el aeropuerto de Barajas, y por qué el Gobierno español no imitó a su vecino portugués y prohibió unos hechos que violaban el compromiso asumido por España como miembro de la UE? ¿A dónde fue a parar el voluminoso equipaje de la vicepresidenta venezolana?... Según ha publicado la periodista venezolana Ibelyse Pacheco, el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, había invitado a su colega de Venezuela a que hiciese escala en Madrid para entrevistarse con él y, eventualmente con Sánchez. Nadie, ni siquiera Iglesias, ha desmentido ni rectificado esta noticia y “quien calla, otorga”. Esta información tiene indicios de verosimilitud dadas las continuas intromisiones de Iglesias en la política exterior española y sus peligrosas conexiones con las dictaduras bolivarianas. El vicepresidente ha influido sin duda en la sinuosa política seguido por España con Venezuela, Aunque haya reconocido la legitimidad de Juan Guaidó, Sánchez no lo recibió cuando vino a España en visita oficial, apenas lo apoya e induce a la UE –a través del ex-ministro Josep Borrell- a negociar con un régimen dictatorial que ha sido condenado por las Naciones Unidas por la continuada violación de los derechos humanos. A ello cabe añadir su silencio cómplice ante las tropelías de José Luis Rodríguez Zapataero, que ha bajado de las nubes a las orillas del Orinoco para dar cobertura política y moral a la tiranía de Maduro. ¿Invitó Iglesias a Rodriguez a hacer una escala en Madrid? ¿Por qué el Ministro de Interior, que era el competente en la materia no acudió a Barajas para tratar de solucionar el problema de la inopinada escala de Rodríguez en Barajas? ¿Por qué delegó en Ábalos y éste no hizo caso a la petición de Fernando Grande-Marlaska de que procurara que Rodríguez no bajara del avión? ¿Por qué mintió el ministro de Transportes una y otra vez sobre su encuentro con Rodríguez y cómo pretendía ocultar unos hechos presenciados por muchas personas y que habían quedado grabados en las cámaras de seguridad del aeropuerto?…Son muchos interrogantes a los que el Gobierno se ha negado a responder y guardado un silencio culpable ante la opinión pública. Pese a las peticiones de los partidos de la oposición, Ábalos se ha negado a comparecer en el Congreso para dar explicaciones al haberlo impedido la mayoría parlamentaria que apoya al Gobierno Frankenstein. ¡Todo sea por la transparencia tan cacareada por el Gobierno socio-comunista de Sánchez e Iglesias!. Ábalos ha escapado al control judicial y político por su censurable actuación en el “Delcygare”, pero, si bien había argumentos como los alegados por el Tribunal Supremo para exculparlo judicialmente por considerar que no había cometido delito alguno, no cabe decir lo mismo de la responsabilidad política, tanto en el ámbito interno como en el internacional El ministro ha impedido que los funcionarios policiales del aeropuerto cumplan con su deber y ha puesto en evidencia a España ante la UE, al violar la prohibición de acceso de Delcy Rodríguez a territorio europeo y conculcar de esta manera el compromiso del Gobierno español de cumplir con las decisiones del Consejo Europeo. ¡Algo huele a podrido en el reino republicano de Pedro Sánchez! Madrid, 28 de noviembre de 2020

sábado, 21 de noviembre de 2020

Sáhara Occidental: Por una vez concuerdo con Iglesias

SÁHARA OCCIDENTAL: POR UNA VEZ CONCUERDO CON IGLESIAS No es Pablo Iglesias santo de mi especial devoción, antes al contrario. Creo que es un elemento perturbador en el seno del Gobierno, que –aprovechando la debilidad parlamentaria del PSOE y el ascendiente que tiene sobre Pedro Sánchez- está, desde el seno del Gobierno, tratando de derrocar la monarquía y establecer la III República, derogar la Constitución de 1978 y favorecer los movimientos separatistas, impulsando una alianza “non-santa” con ERC y Bildu. Últimamente ha recibido una alud de críticas por las declaraciones que el pasado día 16 hizo sobre el antiguo Sáhara Español, que no me parecen justas ni justificadas. A cada uno lo suyo. Según un editorial de “ABC”, se inicia un conflicto político e institucional de gran magnitud después de que Podemos haya urgido la celebración de un referéndum sobre el Sáhara Occidental, en un momento en el que el Frente Polisario ha reactivado su guerra con Marruecos e Iglesias ha alentado la causa saharaui con tintes cuasi revolucionarios. “Es cínico que Podemos se arrogue ahora la titularidad de la causa de pueblo saharaui exigiendo un referéndum de autodeterminación, porque su único interés es socavar el principio de soberanía en España y justificar hipotéticas consultas en Cataluña y el País Vasco”.(¿?) En otro editorial, “El Mundo” ha afirmado que el hecho de que Iglesias aliente la causa saharaui mostrándose a favor de un referéndum en el Sáhara mina las acciones de la diplomacia española y enfurece a Rabat. Incluso mi admirado Carlos Herrera ha criticado en la COPE el apoyo de Iglesias a un referéndum de libre determinación en el antiguo Sáhara español, porque contribuye a empeorar las relaciones diplomáticas entre España y Marruecos. En relación con las supuestas intromisiones de Iglesias en las relaciones de España con Marruecos, la ministra de Defensa, Margarita Robles, le ha recordado que la política exterior la marcan el presidente del Gobierno y la ministra de Asuntos Exteriores, y que cualquier otro miembro del Gobierno que tenga una posición distinta a la gubernamental será a título particular. ¿Qué barrabasada ha cometido Iglesias para que haya recibido este aluvión de críticas? Podemos siempre ha apoyado el derecho del pueblo saharaui a la libre determinación mediante un referéndum a celebrar bajo los auspicios de la ONU. Iglesias participó en la 39ª Reunión Internacional de Apoyo al Pueblo Saharaui celebrada en Madrid en 2014, en la que mantuvo que Marruecos había invadido territorio colonial español y explotaba ilegalmente los recursos del Sáhara Occidental. “Nuestros hermanos saharauis no serán abandonados. ¡Viva la lucha del pueblo saharaui!”, dijo al término de su intervención. Se mostró partidario de que España reconociera a la República Árabe Saharaui Democrática y estableciera relaciones diplomáticas con ella. Tras su entrada en el Gobierno, Iglesias ha atemperado un tanto su actitud contraria a Marruecos por su ocupación del Sáhara. Tras la entrevista en febrero de 3ste año de su número 2, Nacho Álvarez con la ministra saharauis de Asuntos Sociales, Shelma Benruk, la ministra González Alaya lo desautorizó y se apresuró a calmar el enfado de Rabat asegurándole que España seguía una política de Estado en el tema del Sáhara y que su opinión no había cambiado. Iglesias quitó importancia al asunto y se dijo que no tenía mayor importancia ya que se trataba de una reunión que había sido organizada por la ONCE. La entonces diputada de Podemos en el Parlamento andaluz, Teresa Rodriguez no facilitó las cosas al acusar a González Laya de “servilismo” y comentar que era inconcebible que hubiera que pedir permiso a Marruecos para reunirse con los saharauis. Es pública y notoria la intromisión de Iglesias en todos los temas del Gobierno, incluida la política exterior, como se ha puesto de manifiesto en la visita del Rey a Bolivia para asistir a la toma de posesión del presidente Aniceto Arce, en la que se coló en la delegación oficial, dando la impresión de que en vez de acompañar a Felipe VI, era el monarca el que le acompañaba a él. En el caso del Sáhara, sin embargo, ha estado prudente y moderado. Se ha limitado a citar un párrafo de la resolución 995 (1995) del Consejo de Seguridad, en la que éste “reitera su empeño en que se celebre, sin más demora, un referéndum libre limpio e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con el Plan de Arreglo que ha sido aceptado por las dos partes”. Tanto el Consejo de Seguridad como la Asamblea General de las Naciones Unidas han adoptado numerosas resoluciones en las que ha afirmado el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui, expresado por medio de un referéndum bajo los auspicios de la ONU. Todos los países miembros de la ONU, incluido Marruecos, aceptaron el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui, aunque luego surgieran diferencias sobre el alcance y el modo de materializarse ese derecho. Marruecos se ha negado con excusas variopintas a la realización de un referéndum de autodeterminación y ocupa la ilegalmente por la fuerza de las armas la mayor parte del Sáhara Occidental desde 1979. Cuando España comunico oficialmente al Secretario General de la ONU su renuncia a las funciones de potencia administradora del Sáhara Occidental y su retirada del territorio, afirmó que la descolonización del Sáhara no culminaría hasta que la opinión de la población saharaui se hubiera expresado válidamente. Por ahora no ha podido hacerlo por no permitirlo Marruecos. Tanto los Gobiernos del PSOE como los del PP han mantenido en numerosas comunicaciones oficiales, tanto internas como ante la ONU, su posición de apoyo al ejercicio de libre determinación del pueblo saharaui. Así, en la Estrategia Exterior de España para 2014 se afirmaba que el Gobierno español mantenía su firme compromiso de lograr una solución justa, duradera y mutuamente aceptable que permitiera la libre determinación de la población del Sáhara Occidental en el marco de la ONU. En su última comparecencia ante la Asamblea General de 2018, Pedro Sánchez afirmó que España apoyaba la libre determinación del pueblo saharaui en el marco de la ONU, de conformidad con sus principios y propósitos. Es significativo que en las últimas declaraciones oficiales formuladas por los dirigentes españoles, saunque se haya reiterado el apoyo al principio de la libre determinación, se ha omitido cualquier referencia a la celebración de un referéndum ¿Quiere esto decir que el Gobierno español está dispuesto a aceptar el ejercicio de autodeterminación por medios distintos a los de un referéndum? En su resolución 690(1991), el Consejo de Seguridad expresó su apoyo total al Secretario General de la ONU para que organizara un referéndum de libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental. Citar el párrafo primero de la resolución 995(1995) del Consejo de Seguridad, que fue aceptada por Marruecos y por el Frente Polisario, ¿supone un aliento a la causa saharaui con tintes cuasi-revolucionarios y mina la acción de la diplomacia española que votó en su día a favor de dicha resolución? ¿Acaso Iglesias, al propugnar la celebración de un referéndum de autodeterminación en el Sáhara Occidental expresa una opinión distinta a la del resto del Gobierno? Como yo respaldo la citada resolución y lamento que Marruecos no la haya querido aplicar, por una vez –y sin que sirva de precedente- estoy de acuerdo con Pablo Iglesias. Reanudación de actividades bélicas en el Sáhara Occidental El pasado día 13 las fuerzas armadas marroquíes estacionadas en el sur del Sáhara Occidental atacaron a ciudadanos saharauis que llevaban veinticuatro días manifestándose pacíficamente en la franja desmilitarizada de Guerguerat para protestar por la inoperancia de la ONU en garantizar la celebración de un referéndum de libre determinación, y obstaculizaban el tráfico de vehículos entre el Sáhara y Mauritania. Unidades del Frente Polisario acudieron en su ayuda y se produjo un intercambio de fuego entre las fuerzas armadas de los dos bandos. Tras 16 años de conflicto armado entre el FP y Marruecos, como consecuencia de la ocupación militar por parte de éste de la mayor parte del Sáhara Occidental, se llegó en 1991 a un alto el fuego entre los contendientes. El armisticio se ha mantenido mal que bien desde entonces, aunque no hayan dejado de producirse incidentes entre los dos bandos. Precisamente uno de los más graves se produjo en 2016 en Guerguerat cuando un grupo de trabajadores marroquíes, escoltados por gendarmes armados, cruzaron el muro defensivo para asfaltar una pista de 5 kilómetros que llevaba a Mauritania y se provocaron incidentes armados entre las unidades marroquíes y las milicias del FP. Tuvo que intervenir el secretario general de la ONU, Antonio Guterres, quien logró impedir que se reanudaran los combates. Tras los nuevos incidentes en Guerguerat, la RASD ha declarado el estado de emergencia y su presidente, Brahim Gali, ha hecho un llamamiento a los saharauis a que se armen con los más altos niveles de vigilancia y alzamiento para hacer frente al invasor. El Ministro de Seguridad de la RASD ha declarado que el Frente Polisario ha reanudado la lucha armada para liberar los territorios bajo ocupación marroquí. Marruecos, por el contrario, no ha reconocido que se haya producido la reapertura del conflicto armado y le ha quitado importancia, señalando que se trataba de actos de hostigamiento y provocación por parte del Frente Polisario. El ministro marroquí de Asuntos Exteriores, Nasser Burita, ha indicado al Alto Comisario de la UE, Josep Borrell, que Marruecos tenía intención de respetar el alto el fuego de 1991, y ha calificado las maniobras del Frente Polisario de “bengalas mediáticas para tranquilizar a sus campamentos”. Guterres ha expresado su preocupación por los acontecimientos e insistido en el compromiso de la ONU de hacer todo lo posible para evitar el colapso del alto el fuego. El Gobierno español, a su vez, ha hecho un llamamiento a las parte para que retomen el proceso negociador y avancen hacia una solución política que sea aceptable de conformidad con los parámetros establecidos de forma reiterada por las resoluciones del Consejo de Seguridad. Pese a las altisonantes proclamas de Gali, no creo que el Frente Polisario se lance a una nueva guerra que tendría grandes posibilidades de perder, pues ha disminuido la potencia militar que le permitió tenérselas tiesas durante años al poderoso ejército marroquí. Sus militante están desmotivados y las nuevas generaciones que han crecido en los campamentos de refugiados o en su propia tierra bajo el yugo marroquí tienen mejores cosas en qué pensar que en lanzarse en una guerra de liberación sin apoyo exterior alguno, ya que Argelia no es ya la misma de hace años, la Libia de Gadaffi dejó de existir y Rusia se ha desinteresado del tema. La ONU está cansada y aburrida y su secretario general lleva más de un año sin nombrar a un representante especial para el Sáhara Occidental. Marruecos tiene una posición jurídica débil al no disponer de base legal alguna que justifique su posición y ni un solo Estado ha reconocido su ocupación ilegal del territorio. Tiene, en cambio, una posición política fuerte porque goza del “uti possidetis” y del respaldo incondicional de Estados Unidos y de Francia. El paso del tiempo corre en su favor al ir consolidando su posición “contra lege”, en la esperanza de poder alegar un día el principio de la efectividad y se reconozca su ocupación. Invasión de Canarias de inmigrantes marroquíes La continua llegada a Canarias en las últimas semanas de más de 19.000 inmigrantes en pateras, el 90% de los cuales son marroquíes, no es un hecho casual. Es cierto que, ante el fortalecimiento del control de Frontex para impedir el acceso a los países europeos en el Mediterráneo, las mafias del tráfico de emigrantes han trasladado su ruta hacía el Atlántico con destino a Canaria, una travesía más larga y peligrosa para los emigrantes, pero más rentable para ellos. Frontex ya advirtió al Gobierno español de este previsible desvío del tráfico y sugirió que se reforzase el control en el Atlántico, pero el gobierno de Sánchez no prestó atención a la advertencia. Como en todas las crisis a las que se ha enfrentado, el Gobierno ha actuado tarde y mal. Se ha producido una notoria descoordinación, no sólo entre Podemos y el PSOE, sino también en el seno de la parte socialista del Gobierno. Los cinco ministerios involucrados –Migraciones, Interior, Defensa, Exteriores y Política Territorial- han actuado –o dejado de actuar- cada uno por su cuenta, y la vicepresidenta primera encargada de la coordinación política del Gobierno no ha podido coordinar porque está plenamente ocupada en su lucha personal contra el fantasma de Franco. La acumulación de más de 2.000 inmigrantes en el pequeño puerto pesquero de Arguineguín en condiciones de suma precariedad nos han hecho recordar las imágenes de Lesbos o de Lampedusa. Las posibilidades de acogimiento del Gobierno canario se han visto desbordadas y sus autoridades se han sentido abandonadas por el ”dontancredismo” del Gobierno de la Nación, que los ha dejado solos, lo que ha provocado su indignación. La alcaldesa de Mogán –de la que depende Arguineguín-, Onalia Bueno, ha declarado que es alucinante que un Gobierno que se dice progresista no sea capaz de articular una dispuesta digna como las que tuvieron en la crisis de 2006. La diputada canaria, Ana Oramas, ha señalado que entonces hubo una acción diplomática importantísima con el rey, el presidente y la vicepresidente del Gobierno y los ministros de Asuntos Exteriores y de Interior implicados. Se tenían preparado recursos de emergencia en colaboración con el ministerio de Defensa, se organizó un puente aéreo hacia los países de origen y hacia la península, y se organizó el traslado de menores a las comunidades autónomas solidarias. “Ahora, sin embargo, el problema no es de nadie”. Concluía con amargura que tendrían que declararse independentistas pata que el Gobierno les hiciera caso. En esta ocasión, el principal responsable de esta situación tiene nombres y apellidos. Marruecos controla férreamente el territorio del Sáhara ocupado, y nadie se mueve sin el consentimiento del Gobierno. La mayor parte de las pateras zarpan del puerto de Dajla –antigua Villcisneros- y no podrían hacerlo sin la aquiescencias de las autoridade militares de ocupación. Mohamed VI sufre el síndrome del escorpión, que le lleva a hincar su aguijón en la rana española que le ayuda a cruzar el charco en cuanto se le presenta la menor oportunidad. Realiza una continua prueba de “stress” del Gobierno de Sánchez para ver hasta donde es capaz de llegar, o de no llegar, ante sus provocaciones. En vez de dar muestras de firmeza y exigir una rectificación de la conducta de Marruecos, el Gobierno hace carantoñas al déspota alauita, le prodiga toda suerte de garantías y la ministra de Asuntos Exteriores ha viajado a Marruecos hasta en siete ocasiones. Ahora se encuentra en Rabat el impresentable ministro del Interior, que justifica su negativa al traslado de parte de los llegados a Canarias a la península en que –como en el caso de las mascarillas- la UE no lo permite. A diferencia de los refugiados subsaharianos, que suelen llegar indocumentados y no es fácil sabe a qué país deberían ser devueltos, en el presente caso es diferente dado que la inmensa mayoría de ellos son nacionales marroquíes debidamente documentados. Con el envío de miles de jóvenes a Canarias, Marruecos se libra de muchos parados reales o potenciales y crea a España un problema migratorio, social e incluso de orden público. El Gobierno español debería devolverlos sin contemplaciones a su país de origen y recurrir, en éstos y otros casos, a la “devolución en caliente”, que ha sido condonada el pasado mes de febrero por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de los emigrantes que saltan las vallas fronterizas de Ceuta o Melilla, y por una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que las avala también “en los accesos individuales de extranjeros en la frontera”, siempre que se respete el pleno control judicial y se cumplan las obligaciones internacionales del Estado. El envío masivo de emigrantes a Canarias es asimismo un chantaje a España con vistas a la reunión hispano-marroquí en la cumbre que se celebrará el 17 de diciembre en Rabat. Mohamed VI no da puntada sin hilo y ya en su discurso del 7 de noviembre con motivo del 45º aniversario de la “Marcha verde”, apuntó los temas en los que espera obtener contrapartidas de España por cambiar de actitud en su táctica migratoria. Se declaró dispuesto a dialogar con España sobre “las aguas regionales de ambos países amigos en el ámbito del Derecho del Mar, respetando la asociación que les une”. Señaló que la aclaración del dominio y de las fronteras de los espacios marítimos que se hallaban bajo la soberanía de Marruecos contribuiría a afianzar el plan que busca la dimensión económica y social de la región. El Reino había concluido el trazado de sus espacios marítimos integrándolos en sus sistema jurídico, de conformidad con el Derecho Internacional. La fachada atlántica ubicada frente al Sáhara marroquí sería “una fachada económica marítima para la integración económica y el resplandor continental e internacional”. Marruecos presionará para que el Gobierno español –que ha mantenido un ominoso silencio ante la flagrante violación del Derecho Internacional por parte de Marruecos, al fijar los espacios marítimos de un territorio que no le pertenece- reconozca la legalidad de la fijación de los espacios marítimos del Sáhara. El tema principal que se debatirá en esa cumbre será el de la descolonización del Sáhara Occidental, sobre la que España mantiene una supuesta equidistancia entre las tesis de Marruecos y las del Frente Polisario, que son las avaladas por la ONU: celebración de un referéndum para que el pueblo saharaui puede expresar su voluntad sobre su futuro. El Gobierno español ha apoyado las propuestas sobre la autonomía del territorio presentadas por Marruecos, pero –a diferencia del reino alauita- no ha llegado a reconocer que sea la única fórmula para finiquitar el proceso de descolonización. El rey afirmó en su discurso que la iniciativa marroquí de autonomía –apoyada por el Consejo de Seguridad y por las grandes potencias- era la “única opción natural para el arreglo del diferendo”. Ha rechazado cualquier tentativa que atente contra los derechos legítimos de Marruecos y de su integridad territorial. Se ha mostrado dispuesto a colaborar con el secretario General de la ONU en sus esfuerzos para solucionar el conflicto en base a la concesión de un régimen de autonomía al Sáhara, siempre que se respeten los principios de la posición marroquí sobre su integridad territorial. Para que triunfe cualquier negociación de buena fe es indispensable que todas las partes implicadas ganen algo y cedan algo. Hasta ahora, Marruecos no ha negociado de buena fe con el Frente Polisario y ha tratado de imponer su posición, y ya va siendo hora de que lo haga. La única solución posible es que se respeten las dos líneas rojas de los negociadores: la integración del Sáhara Occidental en el reino de Marruecos y el ejercicio por el pueblo saharaui de su derecho a la libre determinación. No va ser tarea fácil –muchos la consideran imposible-, pero para que el pueblo del Sáhara Occidental acepte su eventual integración en el reino alauita, será indispensable que Marruecos le ofrezca una autonomía amplia y plena de competencias –como la existente en España- e internacionalmente garantizada. Ante esta concesión fundamental, los saharauis podrían expresar su voluntad de poner su territorio bajo la soberanía de Marruecos mediante un referéndum celebrado bajo la supervisión de la ONU. Tanto uno como el otro de los contendientes tendrían mucho que ganar gracias a sus concesiones mutuas: Marruecos conseguiría el reconocimiento internacional de su soberanía sobre el Sáhara Occidental y los saharauis gozarían de un amplio autogobierno en su territorio y podrían salir de los campamentos en los que han malvivido durante 45 años y vivir dignamente. También saldrían beneficiadas todas las partes involucradas en el conflicto sahariano. España vería redimida su culpa de haber abandonado unilateralmente la administración de territorio e incumplido los compromisos asumidos con el pueblo saharaui. Podría ofrecer su experiencia autonómica para que Marruecos introdujera en su Constitución un Estatuto de Autonomía para el Sáhara Occidental que resultara creíble. La ONU redimiría asimismo su parte de culpa por la política zigzagueante y a veces incoherente que ha seguido en el territorio, donde no siempre ha estado a la altura de las circunstancias. Estados Unidos conseguiría su doble objetivo de impedir la creación de un Estado saharaui y de lograr que el Sáhara Occidental se integrara en el reino de Marruecos. Francia mejoraría su imagen y sería instrumental para convencer a los marroquíes a que concedieran a los saharauis un régimen autonómico suficientemente nutrido de competencias para que el Frente Polisario no pueda rechazarlo. Argelia mejoraría sus relaciones con Marruecos y podría centrar su atención en superar sus problemas políticos y económicos. La mejora de sus relaciones con Marruecos permitiría que se potenciara la cooperación interregional y se relanzara la actuación de la Unión Magrebí Árabe. La solución del problema también beneficiaría a la Unión Africana que se aprovecharía de la finalización del conflicto permanente entre dos de sus principales miembros para funcionar con normalidad Se presenta una oportunidad de que se produzca el milagro de resolver el largo y enquistado conflicto sahariano. Podría conseguirse si hubiera un mínimo de voluntad política, pues -como dicen los ingleses, “where there is a will, there is a way” –donde existe voluntad, se encuentra un camino-. ¡Inshallah¡ Madrid, 21 de noviembre de 2020

viernes, 13 de noviembre de 2020

Merma de parte del territorio español por decisión judicial

MERMA DE PARTE DEL TERRITORIO ESPAÑOL POR DECISÓN JUDICIAL El titular del juzgado de instrucción nº 31 de Madrid, Antonio Serrano Arnal, dictó el pasado día 11 un auto por el que sobreseía el procedimiento provocado por la querella presentada por Vox, el PP y el Partido Laócrata contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, y varios funcionarios del aeropuerto Adolfo Suárez por los presuntos delitos de desobediencia, prevaricación, omisión en la persecución de delitos y usurpación de atribuciones, al permitir la estancia durante varias horas en el aeropuerto de la vicepresidenta de venezolana, Delcy Rodríguez, a quien el Consejo Europeo había prohibido la entrada en el territorio o el espacio aéreo de los países partes en el Convenio de Schengen, o su tránsito por los mismos. Por la decisión PESC 2017/2074 relativa a la adopción de medidas restrictivas cono motivo de la situación en Venezuela, el Consejo decidió que los Estados miembros de la UE deberían adoptar las medidas necesarias para impedir la entrada en, o el tránsito por, sus respectivos territorios a las personas responsables de violaciones o abusos de los derechos humanos, o de la represión de la sociedad civil de la oposición democrática en Venezuela, o cuya actuación política menoscabara la democracia o el Estado de Derecho. En la decisión PESC 2018/901, el Consejo incluyó un anejo en el que figuraban los nombres de los dirigentes venezolanos afectados por esta sanción, en el que se incluía el nombre de Rodríguez Avatares pintorescos de la no estancia de Delcy Rodríguez en territorio español Delcy Rodríguez incumplió las normas de la práctica diplomática al dirigirse a un país al que tenía prohibido el acceso, solicitar la preceptiva autorización para el sobrevuelo del espacio aéreo español y el aterrizaje en el aeropuerto de Barajas, e impuesto su presencia durante unas horas en territorio español, pese a constarle la prohibición, y contó para ello con la anuencia cómplice del Gobierno español. Ábalos mintió reiteradamente y dio excusas, cada cual más disparatada, sobre su encuentro con la vicepresidenta venezolana. Dijo que no la había visto, que había tenido un encuentro fortuito con ella cuando fue al aeropuerto a recibir a su amigo el ministro de Turismo de Venezuela, que éste le dijo que había coincidido en el avión con la vicepresidenta venezolana y le sugirió que fuera a saludarla, que había accedido a la petición del ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, de que procurara que la interesada no descendiera del avión, que sólo había hablado con ella unos minutos por cortesía, que…Sin embargo, resulta probado que esperó a la vicepresidenta a pie de avión, que estuvo hablando con ella algún tiempo a bordo del mismo, que no sólo no se opuso a que bajara de él, sino que la cubrió con su autoridad para que eludiera el control policial del aeropuerto, que la trasladó de la sala de espera de la terminal 1 a la sala VIP de la terminal 4, que estuvo charlando un buen rato con ella en dicha sala y que dio órdenes a la policía para que no la molestaran y le dieran facilidades para que reemprendiera el vuelo hacia Doha. Se trata de hechos fácilmente comprobables. La ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, comentó que Ábalos había actuado “de la manera menos nociva para las relaciones entre los dos países y respetado la legalidad internacional”, y el presidente, Pedro Sánchez, que había evitado que se produjera un incidente diplomático. No estoy de acuerdo con ninguna de estas dos afirmaciones. Ábalos no respetó la legalidad internacional, al colaborar a que Rodríguez la incumpliera, pues ignoró la prohibición establecido por ña UE y forzó al Gobierno español a que violara una norma el Consejo Europeo de obligado cumplimiento en cuanto miembro de la Unión. ¿Qué incidente diplomático evitó Ábalos? Quien provocó un incidente diplomático fue Delcy Rodríguez, quien puso en evidencia a España ante sus socios europeos El ministro de Transportes no sólo no evitó un incidente diplomático, que ya había provocado la vicepresidenta venezolana, sino que contribuyó activamente a que se consolidara dicho incidente. En vez de tratar de disuadirla para que abandonara España lo antes posible para que dejara de violar las decisiones del Consejo Europeo y de las propias normas españolas, condonó la situación ilegal en la que Rodríguez se encontraba en España. ¿No podía el Gobierno de España haber imitado de Portugal, presidido por un colega socialista, Antonio Costa, y negado el sobrevuelo del espacio aéreo español al avión de transportaba a la proscrita? No se trataba –como argumentó el diputado Rafael Simancas para tratar de arropar a su Gobierno- de derribar la aeronave, sino simplemente de no haberle permitido ni el sobrevuelo del espacio aéreo, ni el aterrizaje en territorio español. Pero el colmo de la conducta surrealista de Gobierno para justificar lo injustificable fue la afirmación de que Rodríguez no había pisado el suelo de España, porque la sección internacional de sus aeropuertos no formaba parte de su territorio nacional. Y lo que es aún más grave es que esta estrambótica tesis haya sido avalada por las fiscalías de Madrid y del Tribunal Supremo y por el juez Serrano-Arnal. Auto sobre la querella contra funcionarios del aeropuerto de Barajas Las querellas contra los funcionarios de Barajas presentadas por Vox, el PP y el Partido Laócrata fueron evaluadas por el juzgado de turno de Madrid, mientras que la dirigida contra Ábalos está siendo investigada por el Tribunal Supremo, dada la condición de aforado del ministro. Se acaba de dictar el fallo –en el doble sentido de la palabra- del titular del juzgado nº 31 por el que ha decidido sobreseer el proceso, al haber estimado que no habían cometido ningún delito dado que las zonas de tránsito del aeropuerto no son territorio español. Ha basado su disparatada resolución en en el Reglamento de 2011 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Según su artículo 25, “se encuentra en tránsito aeroportuario aquel extranjero habilitado para permanecer en la zona de transito internacional de un aeropuerto español sin acceder al territorio nacional durante las escalas o enlaces de vuelo”. Conforme al artículo 26-2, “el visado de tránsito aeroportuario podrá permitir transitar una, dos o, excepcionalmente, varias veces, y habilita al extranjero específicamente sometido a esta exigencia a permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional durante escalas o enlace del vuelo”. El fiscal y el juez han interpretado que estas normas administrativas suponen que las zonas de tránsito internacional más allá de los controles policiales y aduaneros son “terra nullius” o zonas extraterritoriales que escapan a la competencia del Estado soberano en las que están ubicadas, y prevalecen sobre las leyes nacionales y los convenios internacionales que establecen la soberanía del Estado sobre su territorio terrestre, su mar territorial y el espacio aéreo suprayacente. Según la Ley de navegación aérea de 1960, el espacio aéreo situado sobre el territorio y el mar territorial está sujeto a la soberanía del Estado español (artículo 1). El Convenio de Chicago de 1944 de aviación civil establece que todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva sobre el espacio aéreo situado sobre su territorio (artículo 1) y que se consideran territorio de un Estados las áreas terrestres y las aguas territoriales adyacentes que se encuentren bajo la soberanía de dicho Estado (artículo 2). Para la Convención de Montego-Bay de 1982 sobre Derecho del Mar, la soberanía del Estado ribereño se extiende, más allá de su territorio, a su mar territorial y al espacio aéreo suprayacente (artículo 2). Ninguna de estas normas establece limitación alguna a la soberanía del Estado sobre su territorio terrestre, marítimo o aéreo, ni admite la posibilidad de que haya en ellos espacios que escapen a dicha soberanía. Como ha señalado el profesor Francisco Jiménez, no existe “terra nullius” en los aeropuertos, es decir, espacios no sometidos a la soberanía de los Estados. El de Barajas no es un espacio internacionalizado sustraído a la soberanía española. Otra cosa es que no se hayan pasado los controles policiales, migratorios, aduaneros o sanitarios. No hay ninguna parte de un aeropuerto delante o detrás del control policial o aduanero de fronteras- que no forme parte del territorio español o que goce de un régimen de extraterritorialidad. El que Rodríguez no pasara el control policial por gentileza de Áva y pudiera recorrer los kilómetros que separan la terminal 2 de la 4 no le impidieron pisar territorio español y saltarse a la torera la prohibición del Consejo Europeo , con la connivencia del Gobierno español. Según el Convenio de Chicago, las leyes de cada Estado en lo relativo a la entrada o salida de pasajeros deberán ser cumplidos durante la llegada a, estancia en o salida de dicho país (artículo 13). El Reglamento de extranjería de 2011 establece que, a su llegada al puesto habilitado para la entrada en España, los extranjeros acreditarán con carácter prioritario ante los funcionarios responsables del control fronterizo que reúnen los requisitos necesarios, para su debida comprobación (artículo 12-1), y que los funcionarios responsables del control denegarán la entrada en territorio español a los extranjeros que no reúnan dichos requisitos (artículo 15-1). Los funcionarios policiales no pudieron realizar su función de control de Rodríguez porque el ministro Ábalos lo impidió y, junto con Rodríguez, recorrió los 4.3 kilómetros que separan las terminal 1 de la 4, que, en su opinión, no formaban parte del territorio nacional, por lo que la vicepresidenta venezolana no cometió ninguna ilegalidad ya que nunca llegó a estar en territorio español. . Esta absurda ficción ha sido refrendada por el fiscal y el juez, que han considerado que todos los espacios cerrados que precedan al paso por los controles policiales de frontera tienen la condición de zona de tránsito aeroportuario. Rodríguez no manifestó su intención -¿ante quién lo iba a hacer, si no compareció ante los funcionarios del control?-, ni hizo acción alguna encaminada a entrar en territorio nacional, por lo que no llegó a pisar suelo español. Este abuso del formalismo burocrático me recuerda una vez en que, cuando estaba cerrada la frontera entre Pakistán e India al paso de vehículos, crucé la frontera a pie. Pasé el control aduanero, pero no el policial, que me salté inadvertidamente, porque el taxista indio que me estaba esperando me dijo que todo estaba en regla. Cuando intenté abandonar la India por el aeropuerto de Nueva Delhi, el policía de control fronterizo no me dejaba salir porque –a su juicio- yo no había entrado en la India y, por tanto, no podía salir de ella. . Más grave aún fue la situación en que me encontré a raíz de la evacuación de emergencia del personal de la embajada en Lisboa tras haber sido asaltada, cuando el habilitado del Ministerio de Asuntos Exteriores se negó a abonarme las dietas que me correspondían porque en mi pasaporte no aparecía estampado el sello de salida de Portugal. No debería de haber duda alguna sobre la integridad de la soberanía del Estado español sobre todo su territorio y cada una de sus partes, incluidos los aeropuertos, tanto más para un profesional de la justicia, pero el juez Serrano-Arnal ha pasado por alto la sentencia del Tribunal Constitucional de 1996, en la que afirmó taxativamente que tanto el espacio aéreo como los aeropuertos estaban sometidos a la soberanía española, y que los funcionarios del servicio de control de fronteras actuaban en el ejercicio de las potestades públicas inherentes a la soberanía plena y exclusiva del Estado sobre los mismos. En consecuencia, la zona internacional del aeropuerto Adolfo Suárez está bajo la plena soberanía del Estado español. El auto del juez no es aún firme, dado que puede ser recurrido en reforma ante el propio juez y en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid por la fiscalía y por Vox. No así por el PP, que no ha llegado a personarse en el caso por no haber depositado la abusiva fianza de 40.000 euros exigida por l juez. Es obvio que la fiscalía no va a recurrir y Vox ya ha anunciado que si lo hará. Espero que la Audiencia madrileña sea más ecuánime que el Juzgado nº 31. Estoy de acuerdo con la exoneración de culpabilidad de los funcionarios del aeropuerto, pero no por los estrafalarios argumentos del fiscal y del juez, sino porque no pudieron ejercer sus funciones de control debido a las órdenes recibidas de la superioridad, fueran de los ministros Ábalos o Grande-Marlasca, o de los dos. Querella contra Ábalos ante el Tribunal Supremo Queda pendiente de juicio la resolución del Tribunal Supremo sobre la querella presentada contra el ministro de Transportes. La Fiscalía del Tribunal ya se ha apresurado a solicitar el sobreseimiento de la misma- ¡Ay!, la “lunga mano” de la fiscal general-007, Dolores Delgado, siempre al servicio de Su Majestad el rey Sancho. El fiscal ha reiterado los argumentos erróneos de su colega madrileño de que la parte internacional del aeropuerto de Barajas no formaba parte del territorio nacional y de que, por tanto, Rodríguez no entró en territorio español y se mantuvo en su zona de tránsito hasta que partió en avión con destino a un país situado fuera del espacio europeo. Ha observado que no existían indicios racionales suficientes de la comisión de un delito, ni de la participación en él de Ábalos, y reprochado a los querellantes que no hubieran precisado mínimamente la presunta participación del ministro y basado su acusación únicamente en artículos de prensa y en la declaración ante notario de un trabajador del aeropuerto. Ha señalado que Ábalos se entrevistó con Rodríguez para tratar de convencerla de que no entrara en “territorio Schengen” (¿?) y concluido que la intervención del querellado no fue más allá del ámbito estrictamente diplomático y no había entrado en contradicción objetiva con el ordenamiento jurídico vigente. No conozco el texto de la querella presentada por Vox y por el Partido Laócrata, pero me imagino que habrá aportado algunos argumentos más a los criticados por la fiscalía. Hay suficiente datos disponibles sobre la actuación del ministro: las declaraciones de los testigos, las imágenes obtenidas por las cámaras de seguridad del aeropuerto, los artículos y reportajes publicados en los medios de comunicación y las propias declaraciones del ministro, plenas de falacias y contradicciones. Creo que hay motivos más que sobrados para que el Tribunal Supremo realice al menos una investigación sobre el proceder de Ábalos. Consciente o inconscientemente, “motu proprio” o siguiendo las instrucciones del presidente del Gobierno, el ministro vulneró la legalidad al condonar la entrada ilegal en España de la vicepresidenta venezolana, evitar que pasara los controles policiales procedentes y acompañarla en su recorrido por el aeropuerto madrileño, pese a la prohibición del acceso de Rodríguez a al “espacio Schengen” dictada por el Consejo Europeo. Esto constituye, en mi opinión, la comisión de un delito de prevaricación, tal como lo define el Código Penal en su artículo 404: adopción por funcionario público de una resolución arbitraria a conciencia de su injusticia. Confío en que, a pesar de las presiones del Gobierno, el Tribunal Supremo esté a la altura de su responsabilidad y acepte a trámite la querella contra Ávalos y realice la oportuna investigación. Si prosperara la afirmación contenida en el auto del titular del Juzgado nº 31 de Madrid -carente de cualquier base jurídica de conformidad con el Derecho interno y del Derecho internacional de que una parte del aeropuerto Adolfo Súarez no está bajo la soberanía del Estado español-, supondría una merma del territorio nacional, pues a los 4.3 kilómetros excluidos en Barajas, habría que sumar los de los espacios similares en otros aeropuertos internacionales como los de Barcelona, Sevilla, Málaga, las Baleares o Canarias. Son partes insignificantes comparados con la extensión de España, pero muy significativas, amén de que el total podría superar la superficie del peñón de Gibraltar- Esperemos que la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo pongan coto a semejante disparate. Madrid, 13 de noviembre de 2020

sábado, 7 de noviembre de 2020

Solidaridad a la carta en la UE en materia migratoria

SOLIDARIDAD A LA CARTA EN LA UE EN MATERIA MIGRATORIA El 23 de septiembre de 2020 la UE adoptó un Pacto sobre migración y asilo que pretende establecer un nuevo marco común para la gestión de las migraciones en Europa. La UE no tiene competencias en la materia, que está reservada a los Estados miembros, por lo que su actuación está dirigida a ayudarles a llevar a cabo una política migratoria conforme con los principios básicos y el respeto de los derechos humanos. El documento reconoce que el sistema que actualmente rige la migración y el asilo no funciona adecuadamente y que la UE ha sido incapaz de arreglarlo, por lo que es necesario superar el actual estancamiento y encontrar soluciones comunes a un desafío europeo cada día más grave. Normas internacionales sobre refugiados y personas protegidas El problema no es de fácil solución porque se confunden y se mezclan conceptos sobre quiénes son los inmigrantes que deben ser amparados por la Unión y por sus Estados miembros. Los medios de comunicación, la opinión pública e incluso los Gobiernos suelen incluir en un “totum revolutum” tres categorías de inmigrantes distintas, que gozan de un estatuto jurídico diferente: los refugiados, las personas de protección y los emigrantes económicos. La ONU, sin embargo, no contribuyó a aclarar la situación, ya que la Asamblea General adoptó en 2016 la “Declaración de Nueva York”, en la que los Estados miembros se comprometieron a proteger los derechos humanos de todos los refugiados y emigrantes, cualquiera que fuera su status, y reconocieron que era responsabilidad de todos ellos abordar el problema de unos y otros “de forma humana, sensible, compasiva y centrada en la persona”. Se trata de una mera resolución que no tiene fuerza vinculante y los Estados son libres de cumplirla o no, pero tiene una evidente fuerza moral. Los refugiados fueron los primeros en recibir la atención internacional en el Estatuto de Ginebra de 1951, que entiende por tales a las personas que –debido a fundados temores a ser perseguidos por motivos de raza. religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un determinado grupo social, de género u orientación sexual- se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o no quieran acogerse a la protección de tal país, o que –careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes hubieran tenido su residencia habitual- no puedan o no quieran regresar a él. La Directiva 2004/83 de la Comunidad Europea requiere que dichas personas no estén incursas en causas de exclusión, denegación o revocación de asilo y no hayan cometido delitos contra la paz, crímenes de guerra o de lesa humanidad, u otros delitos graves, o realizado actos contrarios a los principios de la ONU, o constituyan un peligro para la seguridad del Estado de acogida. La Directiva recoge asimismo una nueva categoría constituida por las personas acreedoras a protección subsidiaria, tales como los extranjeros o apátridas que -sin reunir los requisitos para obtener asilo o ser considerados como refugiados- se enfrenten a un riesgo real de sufrir daños en caso de regresar a sus países de origen. Semejantes daños podrían incluir condena de muerte, torturas o tratos degradantes, o amenazas graves contra su vida o integridad física, motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto interno o internacional. Existe, por último, la categoría de las personas que abandonan sus países y se trasladan –legal o ilegalmente- a otro con el loable objetivo de salir de la pobreza o de mejorar su nivel de vida. Son calificados de “emigrantes económicos” y no gozan de ningún estatuto especial de conformidad con el Derecho Internacional o Comunitario. La emigración a un determinado país no es un derecho del emigrante y los Estados –en el ejercicio de su soberanía- puede negarse a acogerlos o a condicionar el accesos a sus territorios al cumplimiento de ciertos requisitos. Pretender tratar a todos los emigrantes con el mismo patrón es un error, del que salen perjudicados los refugiados y la personas bajoprotección, que –por encontrarse en situación de mayor vulnerabilidad- requieren un tratamiento especial por parte de la comunidad internacional. Según el Estatuto de Ginebra, el Estado al que arriben los refugiados no podría devolverlos al Estado de donde procedan, ni expulsarlos a otro país donde su vida o su libertad peligren. A nivel comunitario, conforme al Acuerdo de Schengen de 1985, los Estados Parte se comprometen a examinar las demandas de asilo presentadas por un extranjero en el territorio de cualquiera de los Estados miembros y, si el solicitante hubiera entrado ilegalmente, deberá hacerlo el Estado por el que hubiera entrado en el “espacio Schengen”. El Convenio de Dublín de 1990 prevé que las instancias deberán ser presentadas en la frontera del primer Estado miembro de la UE al que el refugiado acceda, el cual deberá decidir sobre la solicitud. El Consejo Europeo de Tempere decidió en 1999 crear un sistema europeo común de asilo con el fin de establecer un espacio de libertad, seguridad y justicia abierto a quienes, impulsados por las circunstancias, busquen legítimamente la protección, a través de un régimen capaz de responder de forma solidaria a las necesidades de tipo humanitario. Reiteró la importancia de que la Unión y sus Estados miembros respetaran el derecho de los refugiados a recibir asilo y garantizaran el principio de no devolución. Por la Directiva de 1904, el Consejo extendió el régimen aplicable a los refugiados a las personas acreedoras de protección subsidiaria. Los Estados deberán salvaguardar los derechos humanos, observar los principios de la Carta de la ONU y garantizar el respeto de la dignidad humana y el derecho de asilo del solicitante y de los familiares que lo acompañen. La evaluación de la solicitud de asilo o de protección deberá efectuarse de manera individualizada. Pese a las bellas palabras consagradas en los textos comunitarios, los Estados miembros de la UE no han establecido aún una política común en materia de migración y de asilo, y –ante el éxodo de refugiados hacia Europa, especialmente con motivo de la guerra civil en Siria-, han actuado de forma unilateral e insolidaria en función de sus intereses egoístas. El inadecuado criterio del Convenio de Dublín de dejar la responsabilidad de las decisiones al primer Estado de llegada, hizo que se produjeran enormes embotellamientos de refugiados en los países meridionales de la UE, especialmente Grecia y, en menor medida, en Italia y en España. Los Estados del centro y norte de Europa –con alguna excepción, como Alemania y Francia- olvidaban irresposablemente que la Unión era un espacio único y que las fronteras exteriores situadas en Grecia, Italia o España eran también sus fronteras. Para paliar esta situación, la Comisión Europea adoptó en 2015 un Plan de acogida que preveía la reubicación de 160.000 refugiados retenidos en Grecia e Italia entre los Estados miembros de la Unión conforme a un régimen de cuotas, pero la gran mayoría de ellos no las aceptaron y algunos –como Hungría, Polonia, Austria o la República Checa- tomaron medidas medidas contra los refugiados en violación de las normas internacionales y comunitarias y quince Estados no aceptaron ni un solo refugiado. Tres millones de sirios habían huido a Turquía y miles de ellos trataban de llegar a Europa a través de Grecia. En esta dramática tesitura, la UE, a instancias de Alemania –que había acogido en su territorio a más de un millón de refugiados, lo que supuso un considerable desgaste a la canciller Angela Merkel- firmó en 2016 con Turquía un Acuerdo por el que, a cambio de una suculenta suma 6.000 millones de euros, Turquía se comprometía a impedir la salida de refugiados sirios con destino a Europa y a aceptar la devolución de los emigrantes irregulares que llegaran a Grecia. El Acuerdo era una chapuza vergonzante que violaba el Derecho Internacional y el propio Derecho comunitario, al permitir deportaciones colectivas de inmigrantes irregulares y su entrega a un país “no seguro” como Turquía, que era poco respetuoso de los derechos humanos. El Acuerdo resultó eficaz ya que, de más de un millón de desplazados que llegaron a Grecia en 2015, la cifra se redujo al año siguiente en un 64%, y en 2020 no ha pasado de 20.000. Pese a la considerable mejora en Grecia, el problema no se solucionó, pues, como en una olla a presión, si el vapor no sale por un orificio, sale por otros. Bloqueada la vía griega, las mafias de traficantes trasladaron su lucrativo negocio a la via italiana, desde Libia y a través de la cabeza de puente de la isla de Lampedusa –con lo que aumentó el número de víctimas- y a la vía española desde Ceuta y Melilla a la península y desde el Sáhara Occidental ocupado por Marruecos y de Mauritania a Canarias. La prolijidad del proceso burocrático para la concesión de asilo y la falta de solidaridad y colaboración de los demás Estados miembros hacia Grecia, ha provocado que sigan existiendo bolsas de refugiados que se apiñan en condiciones lamentables en los campos de contención las islas griegas, que cada vez se parecen más a campos de concentración. El caso más notorio e infamante es el de la isla de Afrodita, Lesbos, en cuyo campo de Moria se llegaron a amontonar 13.000 ciudadanos en chamizos de lona y plástico. El campo fue destruido por un incendio –probablemente provocado por sus propios inquilinos y el Gobierno griego –que se negaba a trasladar al continente a los refugiados o a albergarlos más dignamente en buques-hoteles- reconstruyó el campamento con una celeridad digna de mejor causa y forzó el internamiento en él a 9.000 ciudadanos. El campamento de Moria es una vergüenza para Grecia, para la UE y para cada uno de sus Estados miembros. Pacto sobre migración y asilo de la UE La UE tenía que hacer algo para solucionar o, al menos, aminorar el problema de los refugiados, que tan mala conciencia le había creado. La presidenta de la Comisión Europea, Úrsula von der Leyen, hizo una sentida declaración de principio: ”Tenemos la convicción de que cada ser humano posee una dignidad solemne que no se puede tocar, sin importar el lugar del que venga esa persona. Adoptaremos un enfoque humano y humanitario”. Sin embargo –como ha señalado Raquel González, responsable de relaciones externas de Médicos sin Fronteras-, a la retórica de las palabras nobles se enfrenta como un espejo deformante la crudeza de los hechos que vemos cada día: seres humanos despojados de su dignidad, que no encuentran ni un atisbo de protección, dignidad que se niega a personas atrapadas en condiciones infrahumanas en los campos de contención en las islas griegas o en el mar, donde apenas se producen operaciones de rescate o de salvamento en el Mediterráneo central, porque continúa el hostigamiento y la criminalización de las ONG humanitarias; o a las personas bloqueadas en infames centros de detención en Libia, país que no ofrece garantías de ningún tipo. ”Continúa la construcción de una Europa-fortaleza cuando lo que necesitamos es una Europa más humana. Necesitamos la evacuación inmediata de los retenidos en los campos de detención de las islas griegas, una gestión humana y respetuosa del derecho de asilo y la aceptación de las operaciones de rescate en el mar, en vez de más muros físicos o burocráticos”. La UE está completamente rota hay sobre la cuestión migratoria la cuestión migratoria y existen entre sus miembros tensión, rencores y falta de confianza. Hay tres grupos de Estados con intereses distintos: los primeros receptores de inmigrantes ilegales –Grecia, Italia, España, Malta-, los países de destino de los mismos –Alemania, Francia, Suecia- y los restantes, que se desinteresan del problema cuando no les afecta directamente y se muestran renuentes a colaborar con los socios más afectados o –como los países del “Grupo de Visegrado”- se oponen tajantemente a recibir refugiados, especialmente si son musulmanes. Concertar estos contradictorios intereses no es tarea fácil y los intentos realizados por la Comisión Europea han fracasado rotundamente. Ha constatado ésta que el establecimiento de cuotas obligatorias no ha funcionado y se ha inclinado por una solución minimalista, pero realista. Como ha señalado von del Leyen, “proponemos unaa solución europea para restablecer la confianza entre los Estados miembros y restaura asimismo la confianza de los ciudadanos en nuestra capacidad para gestionar la migración como Unión”. Ha llegado el momento de afrontar el reto de esta gestión de forma conjunta “con el equilibrio adecuado entre solidaridad y responsabilidad”. La fórmula, sin embargo ha resultado tibia y poco ambiciosa y no parece que vaya a producir buenos resultados. Resignada ante esta lamentable situación, la Comisión ha optado por proponer una “solidaridad a la carta”. Ya no hay cuotas obligatorias ni una asunción de cada uno de los Estados de su parte de responsabilidad Se realizarán contribuciones voluntarias y flexibles que permitan a los socios que no sufran los impactos directos de la inmigración echar una mano a los que están en primera línea. No obliga a los Estados miembros a acoger a personas y pueden elegir el tipo de apoyo que estén dispuestos a prestar a la gestión migratoria. Los criterios de asilo no se aplicarán uniformemente en la UE. Los Estados podrán acoger libremente a refugiados y migrantes, por lo que recibirán ayuda financiera de la Comisión Europea. Sólo en casos de crisis sumamente graves en que se produzcan flujos muy altos de inmigración, se activaría una cláusula de reserva mediante la cual la Comisión podría teóricamente imponer a los Estados soluciones concretas. Se ha pasado de unas “cuotas de acogida” a unas “cuotas de retorno”. La UE se ha comprometido a reasentar a 29.500 personas hasta 2022, mi una más ni una menos, un cifra realmente ridícula, si se compara con las 160.000 que se comprometió a reubicar en 2015. Aunque estas cifras son harto modestas, ni siquiera existe garantía de que se cumplirá el compromiso, pues llueve sobre mojado. Según el comisario Margaritis Schinas, la nueva estrategia permitirá impedir los movimientos no autorizados hacia los países vecinos y facilitar la reubicación coordinada de quienes vayan a otro país. Habrá un Mecanismo Independiente de Monitoreo –que asegurará que se respeten los derechos humanos- y una Agencia Europea para el Asilo, y –a partir del 1 de enero de 2021- los miembros del cuerpo de Guardias de Fronteras y Costas Europeas estarán listos para su despliegue. ”Lo que proponemos es asegurarnos de que los países que activan la solidaridad puedan pedir lo que les haga falta. Cuando lo hagan, la Comisión intervendrá y actuará de conformidad con la situación, con mayor intensidad en las relocalizaciones y menor en los rescates, pero el sistema funcionará siempre igual.: el que pida solidaridad tendrá la certeza de que recibirá lo que pida”. Se ha establecido un “patrocinio de retornos”, mediante el cual, quienes no acepten refugiados puedan compensar a los que sí lo hacen y ofrecer apoyo operativo para construir infraestructuras en beneficio de los refugiados y ayudar cuando se produzcan grandes flujos migratorios. Como ha observado el corresponsal del “El Mundo” en Bruselas, Pablo Suanzes, la Comisión ha optado por subir un peldaño menos de lo necesario. “Sabe que no es suficiente, que no es justo y que supone de facto que no haya solidaridad de verdad, pero no queda otra- Es algo a medio camino de seguir como hasta ahora, con la realidad por un lado y la palabra por otro”. La crítica al pacto de Raquel González ha sido extremadamente dura. En su opinión, la UE ha perdido la oportunidad de optar por una política migratoria que garantizara la protección adecuada a las miles de personas que llegan al continente europeo buscando seguridad y a los derechos humanos, y asegurara condiciones dignas a los refugiados y solicitantes de asilo. El que estas personas no consigan que Europa les reconozca su derecho a una protección legal basada en el Estatuto de Ginebra no debería traducirse en que sean confinados en campos de contención en condiciones infrahumanas, como los de Lesbos o Samos. También ha perdido la oportunidad de provocar un profundo cambio de mentalidad, de dejar de lado las políticas disuasorias de contención y de transformar la política de acogida -que era un infierno para los solicitantes de asilo-, y apostar por una Europa más humana, pero no ha sido así. Resulta decepcionante comprobar cómo ha constituido un eslabón más en la cadena de promesas incumplidas. Los datos nos dicen que no hay crisis migratoria alguna en Europa, sino una crisis de acogida, un fallo estructural de la gestión de las política de migración y de asilo de la UE, que presta oídos sordos a Moria y al Mediterráneo, y refuerza tanto la devolución de refugiados, como la guarda de fronteras y costas. “Nos alarma su cinismo y su palabrería ante la vida de miles de seres humanos despojados de protección y de dignidad”. Emigrantes económicos No se ha abordado la tercera categoría de “refugiados económicos”, considerados como “oportunistas”, más que como “víctimas”, a pesar de su vulnerabilidad. Como el tema es competencia de los Estados miembros, la Comisión Se ha limitado a recomendarles que actúen con mayor contundencia y celeridad para expulsar de sus territorios a los inmigrantes “sin papeles”, aumenten el número de detenciones previas a la expulsión y amplíen el tiempo de estancia en los centros de detención. Los Estados tienen derecho a expulsar de su territorio a las personas que han accedido a él. El 13 de febrero de 2020, la grana sala del Tribunal de Derechos Humanos declaró la responsabilidad personal de los individuos que participen en los asaltos a las vallas de Melilla recurriendo a la fuerza y al efecto de masa, y reconoció el derecho del Gobierno español a detener a los asaltantes y devolverlos de forma inmediata a Marruecos, de donde procedían. Aparte del derecho y el deber del Estado de defender sus fronteras –que en el caso de España son asimismo las fronteras exteriores de la UE-, el modo de afrontar el problema de estos emigrantes se sitúa en otro plano. Para frenar la avalancha de nacionales de países en desarrollo que pretenden mejorar su nivel de vida en Europa, la UE debería aplicar en África una generosa diplomacia económica, con mayores inversiones en infraestructuras, transferencia de recursos financieros, tecnología y conocimientos técnicos en materia de agricultura, industria y servicios, que palien la necesidad que sienten los nacionales de estos países ante sus pobres perspectivas de futuro. Se trataría de crear focos de riqueza “in situ” para dar oportunidades a los posibles emigrantes en sus propios países. En los últimos meses se ha producido un aumento considerable en la llegada a Canarias por medio de cayucos de emigrantes ilegales procedentes del Sáhara Occidental ocupado por Marruecos y de Mauritania, que ha supuesto un incremento del 523% con relación a 2019 y alcanzado la cifra de 11.800 a finales de octubre, lo que ha constituido un agudo problema de carácter social, que ha obligado alojarlos en hoteles ante la insuficiencia de los centros de internamiento En su renuente visita al puerto de Arguineguín.(Gran Canaria), el ministro para las Migraciones, José Luis Leal, se ha limitado a comentar que, de mantenerse esta progresión, las islas se encaminaban hacía una crisis tan grave como la de 2006 –en la que arribaron 31.768 emigrantes-,pero apenas ha hecho nada y se ha negado a que se trasladen a parte de estas personas a la península. La imagen de cientos de refugiados confortablemente instalados en el complejo turístico de Vistaflor en Maspalomas distribuido en las redes se ha hecho viral y ha provocado un efecto llamada y una publicidad gratuita para las mafias del tráfico de personas. Se da la peculiaridad de que 85% de los llegados son magrebíes acomodados -guías turísticos, taxistas, vendedores ambulantes- vienen documentados, con recursos y sin excesivos riesgos, al haber sido acercadas sus pateras a las costas canarias mediante buques-nodriza o barcos auxiliares de las mafias. El Gobierno español debería dar un toque de atención a Marruecos para que cese en su oportunista de chantaje. Asimismo, la Comisión Europea deberá hacer una advertencia a Turquía para que colabore de buena fe, pues su presidente, Tayeb Erdogan, recurre asimismo a la amenaza de los refugiados para lograr sus fines. El problema de los refugiados es principalmente de vcarácter humano. Como observó el profesor Juan Antonio Carrillo, antiguo juez del TEDH, “la deseable regulación europea en materia de inmigración es imprescindible hacerla desde la óptica de los derechos humanos y no desde la perspectiva del mercado. ¿Libre circulación de capitales, servicios y mercancías? ¡Muy bien!, pero ¿y las personas y los derechos fundamentales? Si no los tenemos en cuenta, Europa será la de los mercaderes, pero no la Europa política caracterizada por la preeminencia de la persona y de los ideales democráticos”. El Papa Francisco ha dicho que se necesita con urgencia un consenso interno más amplio y un programa de asistencia para defender el Estado de Derecho y los derechos fundamentales en esta situación insostenible, proteger las minorías, combatir la trata de personas y eliminar las rutas inseguras. “La UE sólo tendrá éxito si se mantiene durante su existencia fiel al espíritu de solidaridad europea que la creó”. Madrid, 7 de noviembre de 2020