domingo, 16 de febrero de 2020

Sentencia lógica y sensata del TEDH


SENTENCIA LÓGICA Y SENSATA DEL TEDH

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó el pasado día 13 una sentencia, que ha sorprendido favorablemente a unos -entre los que me encuentro-, por rectificar una sentencia anterior de una de sus salas, y desfavorablemente a otros, por apartarse de la línea de lo políticamente correcto. En octubre de 2017, una Sala del Tribunal condenó a España a indemnizar por “daños morales” con 5.000 euros a un ciudadano de Costa de Marfil y a otro de Mali, quienes –tras haber entrado ilegalmente en Melilla saltando la valla fronteriza en un asalto masivo y violento protagonizado por unas 70 personas- fueron detenidos por la Guardia Civil y devueltos de inmediato a territorio marroquí. El Gobierno de Mariano Rajoy recurrió la sentencia y el de Pedro Sánchez –que hizo amagos de retirar el recurso- finalmente no lo hizo y mantuvo los argumentos expuestos por la Abogacía del Estado. Ahora, la Gran Sala del Tribunal ha casado la sentencia por unanimidad de los 17 magistrados que la componían y exonerado a España de la condena por violación de los derechos fundamentales de los asaltantes tras su “devolución en caliente”.

Devolución a Marruecos de dos inmigrantes ilegales

            El 13 de agosto de 2014, dos asaltantes de la valla melillense fueron entregados por las fuerzas de seguridad españolas a las marroquíes, sin haber sido previamente identificados, ni habérsele facilitado asistencia legal. La Sala estimó que los interesados habían sido entregados en contra de su voluntad en una “devolución colectiva”, sin ninguna medida administrativa o judicial previa, y se les había negado el derecho a presentar un recurso efectivo, lo que era contrario al Convenio de Roma de 1950 sobre la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y a su Protocolo nº 4.

            El Gobierno español recurrió la sentencia alegando que no se había producido una expulsión o devolución en caliente, sino una “privación de entrada” en territorio español. Los asaltantes –que formaban parte de “una ataque violento e ilegal al sistema de control fronterizo”- no habían logrado superar la línea policíal y no había entrado, por tanto, en la jurisdicción española. La actuación de las autoridades españolas estaba basada en una razonable disposición final de la Ley de 2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, que prevé que “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla, mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”. Ello se debería realizar respetando la normativa internacional sobre derechos humanos y las solicitudes  de protección internacional, que se deberían formalizar en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos o en los Consulados de España en el extranjero.

La Directora Política de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, Paloma Favières, ha afirmado que semejante disposición era irreal e impracticable, ya que ni un sólo ciudadano subsahariano ha podido acceder al puesto de seguridad de Melilla para realizar un solicitud de protección internacional. Sin embargo –según los datos facilitados por el Ministerio del Interior-, en el período comprendido entre 2015  y 2017, los Consulados en Costa de Marfil y en Malí –países de los que procedían los asaltantes- habían expedido 65 visados de trabajo, y los puestos fronterizos de Melilla habían concedido asilo a 6.873 extranjeros. Los demandantes se encontraban en un país seguro como Marruecos antes de intentar entrar en España y no habían presentado ninguna petición de protección internacional. Cabe señalar que el Consulado en Nador se encuentra a 13.5 kilómetros del puesto de Beni Enzar.

Los partidos de izquierda, en general, y el PSOE, en particular, criticaron acerbamente la Ley de Seguridad  –que denominaron “ley mordaza”- y anunciaron su derogación cuando accedieran al poder. El partido mantuvo en 2015 que las devoluciones en caliente vulneraban el derecho al asilo o a la protección internacional, y Pedro Sánchez rechazó rotundamente tales devoluciones y se comprometió en 2017 a suprimir la disposición final de dicha Ley . La CEAR pidió a Sánchez que fuera consecuente con sus compromisos y derogara cuanto antes la citada Ley, y lo criticó porque, en la primera ocasión que hubo, siguió aplicando la práctica de la devolución.

Pero una coa es estar en la Oposición y en otra bien distinta detentar el poder. Cuando accedió un juez al Ministerio del Interior, trajo consigo el respeto a la legalidad, principio cada día más en desuso en regiones como Cataluña. “Dura lex, sed lex”y –como señaló Fernando Grande-Marlaska-, mientras estuviera en vigor había que aplicarla. Así lo hizo en agosto de 2018 cuando –tras el asalto a la valla melillense de 700 personas, incluidos 110 marroquíes-, los devolvió a Marruecos en base a un Acuerdo concluido con el país vecino en 1992. Grande- Marlaska justificó la expulsión porque los inmigrantes rechazados no habían pisado suelo español y, por consiguiente, no se produjo una devolución en caliente. No deja de ser curiosa la concepción que tienen algunos políticos de lo que es el territorio español, como se ha puesto de manifiesto en la reciente farsa de la no visita a España de la Vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez. Frente a la opinión del Tribunal Constitucional o de cualquier estudiante de 1º de Derecho, los aeropuertos españoles y las áreas próximas a las vallas fronterizas no forman parte del territorio patrio. Lo determinante para fijarlo no es un criterio político, sino administrativo: el cruce de la línea de control policial.

El Gobierno de Sánchez se encontró con que estaba en marcha el recurso planteado ante el TEDH por su predecesor y –por una cuestión de coherencia política- se planteó la posibilidad de retirarlo o de modificar la línea argumental. A tales efectos solicitó una aplazamiento de la sentencia y el Tribunal aplazó su decisión hasta hace unos días. En el ínterin, debió pensarlo mejor y mantuvo la línea argumental expuesta al presentar el recurso. En este caso, los abogados que defendían a España actuaron como defensores del Estado y no del Gobierno.

Diferencias entre refugiados políticos y emigrantes económicos  

            Los medios de comunicación, la opinión pública y la mayor parte de la ciudadanía suelen confundir los conceptos de refugiados, personas acreedoras a protección subsidiaria o emigrantes por motivos económicos Cuando en 1951 se adoptó la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, sólo se  tuvo en cuenta la primera categoría, que se extendió posteriormente a la segunda, pero tampoco tomó en consideración la tercera. Así, entendía por refugiados a las personas que –debido a fundados temores a ser perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un determinado grupo social, de género o de orientación sexual- se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o quieran acogerse a la protección de su Estado, o que –careciendo de nacionalidad y  hallándose fuera del país de su residencia habitual- no puedan o quieran regresar a él.

            En 1982, la Comunidad Europea adoptó una Directiva sobre Refugiados y Personas Necesitadas de Protección Internacional, en la que se incluyó este nuevo concepto, referido a los extranjeros o apátridas que –sin cumplir con los requisitos requeridos para obtener asilo o ser considerado como refugiados- se enfrentaran a un riesgo real de de sufrir daños en caso de regresar a su país de origen. La Ley del 2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y la de 2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria están inspiradas en estos dos instrumentos internacionales.

            La tercera categoría –la más importante numéricamente- incluye a las personas calificadas de “emigrantes económicos”, que abandonan sus países y se trasladan a otro, legal o ilegalmente, para huir de la pobreza o para aumentar su nivel de vida, Éstos no gozan de ningún estatuto especial de conformidad con el Derecho Internacional o  Comunitario. Es un grave error mezclar y confundir estos tres conceptos y tratar a todos los emigrantes con el mismo patrón, cuando sus circunstancias son bien diferentes. Con ello salen perjudicados los refugiados y las personas que necesiten protección  internacional que –por su situación de vulnerabilidad- son acreedoras a un tratamiento especial por parte de la comunidad internacional. La emigración es un derecho de  las personas pero la admisión de los emigrantes no es una obligación para el Estado receptor, que, en el ejercicio de su soberanía, puede condicionar el acceso a su territorio al cumplimiento de determinados requisitos o negarse a acoger emigrantes económicos. Como declaró en su día el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, las personas que asaltaban las vallas fronterizas en Melilla o Ceuta y entraban ilegalmente en territorio español  no  tenían la consideración de refugiadas y podían ser devueltas a su lugar de procedencia sin necesidad de aplicarles el proceso individualizado requerido por las leyes. Tales declaraciones –jurídicamente impecables, aunque políticamente incorrectas- fueron duramente criticadas por el PSOE. Grande-Marlaska no lo dijo, pero actuó en consecuencia, con la conformidad del Presidente del Gobierno.

            En la Declaración de Nueva York -adoptada por la Asamblea General de la ONU en 2016-, los Estados se comprometieron a proteger los derechos humanos de todos  los emigrantes, cualesquiera que fuere su “status”, y reconocieron que debían abordar los problemas de unos y otros “de forma humana, sensible, compasiva y centrada en las personas”. Se trataba de una declaración voluntarista de intenciones que no vinculaba jurídicamente a los Estados y se convertía en una mera recomendación moral. El Tribunal de Justicia de la UE echó un jarro de agua fría sobre los defensores de estas tesis al afirmar que los Estados no estaban obligados a conceder visados humanitarios, ni siquiera cuando los solicitantes corrieran riesgo real y probado de persecución, de malos tratos e incluso de muerte. Los Convenios y las Directivas en vigor tan sólo los obligan a no devolver a los demandantes al país donde podrían sufrir tales daños. No están obligados a admitir a personas que vivan en situación catastrófica.

En los casos de invasión mediante  el asalto masivo a las verjas fronterizas se llegan a producir situaciones surrealistas. Cuando los asaltantes consiguen traspasar las barreras -de forma irregular y con frecuencia violenta-, y entrar en el recinto de Melilla o de Ceuta, ocurre como en el viejo juego del “pilla-pilla”, en el que, una vez que se llegaba a  “Casa”, el corredor era intocable. Los violadores de la soberanía española son de hecho libres de hacer lo que le plazca, desde abandonar los Centros de Internamiento Temporal a trasladarse ilegalmente a la península. Resulta chocante que cuando se han producido asaltos a las vallas –con o sin éxito-, los medios de comunicación se pusieran del lado de los asaltantes y denigraran a los miembros de las fuerzas de seguridad –a veces lesionados como consecuencia de la violencia de los inmigrantes-, que cumplen con el deber de defender la santidad de las fronteras hispanas y europeas, y que -incluso en alguna ocasión- han sido llevados ante los tribunales por repeler a los intrusos.

            La UE tiene escasas competencias en materia de emigración y, cuando ha tratado de adoptar algunas medidas en beneficio de los refugiados –especialmente con la fijación de cuotas de acogida para los refugiados sirios- ha fracasado por  el egoísmo y la falta de solidaridad de sus Estados  miembros. Es lamentable que a estas alturas siga sin haber una política común en materia de emigración y de asilo, pese a que las disposiciones del Convenio de Dublín se han mostrado del todo  insuficientes. Los Estados no tienen sólo el derecho de defender sus fronteras frente a las intromisiones ilegales, sino también el deber de hacerlo. En el caso de la UE,  España, Italia o Grecia forman parte de la frontera meridional de la Unión y lo que en ellas ocurra debería concernir a todos sus miembros -por alejados que estén geográficamente del Mediterráneo-, lo que lamentablemente no es el caso.

            Los emigrantes que tratan de llegar a España a forzando las vallas de Melilla o Ceuta son en su inmensa mayoría “emigrantes económicos” y no tienen derecho al mismo tratamiento debido a los refugiados o a las personas necesitadas de protección internacional. El modo de afrontar el problema de estos emigrantes se sitúa en otro plano. Por razones de solidaridad internacional, de conveniencia económica e incluso por la necesidad de frenar la avalancha de nacionales de países en desarrollo, la UE debería aplicar en África una sólida diplomacia económica, con mayores inversiones en infraestructuras, transferencia de tecnología, y eficiencia de los recursos y conocimientos técnicos agrícolas, industriales y de servicios. Se trataría de crear en estos países focos de riqueza “in situ”, que paliara la necesidad de emigrar que sienten sus nacionales. Al mismo tiempo, los Estados miembros deberían concertar acuerdos de repatriación con los Estados de origen o de tránsito, como ha hecho España

Sentencia de la Gran Sala del TEDH

               El TEDH se ha separado de su anterior doctrina un tanto populista influenciado por la presión de los medios de comunicación de izquierdas, y se han atenido estrictamente a la legalidad,- Ha estimado la responsabilidad personal de los individuos que participan en los asaltos, frente al síndrome de Fuenteovejuna y a la dilución en lo colectivo y considerado que los inmigrantes se habían situado en una posición de ilegalidad, cuando sortearon las vallas de Melilla usando la fuerza y el efecto de masa. No utilizaron los procedimientos previstos por la legislación de España para acceder de modo regular a su territorio  y hacer valer en él sus eventuales derechos. Tenían abierta la vía de las misiones consulares o de los centros fronterizos, pero no la utilizaron y prefirieron optar por soluciones de hecho. Al tener éxito en su entrada ilegal en España, situaban en una situación de discriminación a los inmigrantes que habían seguido las vías legales y aguardaban pacientemente la respuesta de la Administración a sus peticiones, que solía tardar en llegar porque  la burocracia y la falta de interés y de empatía alargaban los plazos. Resulta paradójico que, en un Estados que tiene unas bajas tasas de natalidad  y necesita imperativamente de la inmigración para mantener el nivel de su población, apenas se concedan asilo o permisos de residencia o de trabajo. En 2015, el 70% de las demandas de asilo fueron rechazadas y gran número de solicitantes quedaron indocumentados y sin permiso de residencia o de trabajo, por lo que –ante la dificultad material de expulsarlos del país-, se convierten en carne de explotación y en proclives a la delincuencia. Por puro interés egoísta, el Gobierno español debería revisar su política de inmigración –dando prioridad a los inmigrantes procedente de Iberoamérica, de Europa Oriental y del África no musulmana-, acelerar la tramitación de los expedientes y amentar la concesión de permisos

            Según el TEDH, desde el momento en que bajaron de las vallas los asaltantes se encontraron bajo el control continuo y exclusivo –al menos “de facto”- de las autoridades españolas. Su arresto y devolución inmediata fue “consecuencia de su propia conducta”. Por otra parte, no se podía hacer al Estado responsable de la falta de posibilidad en Melilla de recursos que les permitieran impugnar su expulsión. La ausencia de una decisión individualizada cabía ser atribuida al hecho de que no utilizaran los cauces legales previstos. El argumento –compartido por las ONG y los partidos de izquierda- de que, una vez en territorio español, podrían disfrutar de todo tipo de derechos chocaba con un principio básico del Derecho, sea Internacional o interno: ”Ex iniuria nec oritur ius” –“de la injusticia no nace el derecho”-. La presencia de unos inmigrantes en España gracias a la infracción de la ley en modo alguno puede constituir una fuente de derecho para los infractores.

            La reacción crítica a la sentencia del TEDH por parte de los partidos de izquierda, las ONG humanitarias y algunos medios de comunicación era de esperar y se ha producido conforme a lo previsto. Lo sorprendente es que se haya extendido a un órgano profesional y supuestamente neutral, como el Consejo General de la Abogacía, que ha descalificado el fallo sin paliativos. Ha afirmado que la sentencia vulnera las disposiciones de la Convención de Ginebra sobre los Refugiados al permitir la expulsión sumaria de inmigrantes, privarles del derecho a solicitar protección internacional y socavar los cimientos del principio de no devolución –piedra angular de la Convención-, ya que marca “una nueva concepción legal de las devoluciones en caliente que choca con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las garantías procesales debidas a cualquier persona”.

 Semejantes críticas carecen de rigor jurídico y resultan impropias de un organismo que representa a todos los abogados de España. Resulta paradójico que culpe de contribuir a la violación de derechos humanos a la institución encargada por el Convenio de Roma de 1950 de velar por su cumplimiento. El principio de no devolución se aplica a los refugiados y a las personas necesitadas de protección internacional pero no a los emigrantes económicos, y –en cualquier caso- la prohibición de entrega se refiere al país de origen de los refugiados donde corran riesgos de daños y no a un país de tránsito, como Marruecos un, país seguro en el que no asumen ese riesgo. La prohibición de entrega afecta a los refugiados y a las personas internacionalmente protegidas y no a desplazados por motivos económicos, que, además, han accedido a territorio español violando las leyes e incluso habiendo cometido delitos para lograrlo. A nadie se le impide solicitar la protección internacional, siempre que lo haga a través de  los cauces previstos en la ley.

La sentencia es lógica y sensata, y sienta el principio de la legalidad, frente a los buenismos de ciertas entidades y personas que anteponen a ella los supuestos derechos de ciertas personas, que carecen de ellos. La UE y sus Estados miembros deberían potenciar los derechos de los refugiados y de las personas necesitadas de protección subsidiaria, y regular debidamente el acceso a, y la estancia en, sus territorios de los emigrantes económicos. La Unión  tienen aún mucho que hacer en este campo y –como ha dicho el Papa Francisco- “sólo tendrá éxito si se mantiene durante su existencia fiel al espíritu de solidaridad europea que la creó”

Madrid, 15 de febrero de 2020
.

martes, 4 de febrero de 2020

La surrealista no estancia de Delcy Rodríguez en España


LA SURREALISTA NO ESTANCIA DE DELCY RODRIGUEZ EN ESPAÑA

            Sigue la ceremonia  de la confusión en torno a no visita a Madrid de la Vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez. MienteN sistemáticamente José Luis Ábalos y otros miembros del Gobierno, que tratan de cubrir una mentira con otra aún Mayor y niegan la evidencia. Mienten reiterada e innecesariamente, pero mienten mal. Como decía Giulio Andreotti, a los españoles nos “manca finessa”. Al equipo gubernamental le pasa como a Juvenal, que se preguntaba angustiado ¿Qué puedo hacer en Roma si no sé mentir? La bien engrasada maquinaria del PSOE –de la que es en buena parte responsable el susodicho Ministro de Transportes y Secretario de Organización del partido- debería organizar cursos intensivos de verano para que sus dirigentes se especializaran en el arte de bien mentir. Lo más indignante, sin embargo, no es ya que nos mientan –algo que está en el ADN de los políticos de hoy día y es inherente a las promesas electorales, como reconocía beatíficamente el Maestro Enrique Tierno-, sino que encima nos tomen por bobos.

            En medio de este galimatías y para tratar de levantar la niebla de este confusionismo provocado por el Gobierno, voy a tratar de aclarar puntos  tales como de dónde ha salido la prohibición impuesta a la lideresa venezolana de visitar España o sobrevolar su territorio, cómo es posible pisar tierra o cemento de Madrid sin hollar suelo español o quién es responsable de esta anómala situación.

Prohibición a Delcy Rodríguez de entrar en un país miembro de la Unión Europea

            El 13 de Noviembre de 2017, el Consejo Europeo adoptó, en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común, la decisión PESC 2017/2074, “relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela”. En su artículo 6 se establece que los Estados miembros de la UE adoptarán las medida necesarias para impedir que entren en su territorio o transiten por él “las personas físicas responsables de violaciones o abusos de los derechos humanos, o de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela” o “cuya actuación política o actividades menoscaben de otro modo la democracia o el Estado de Derecho”.

            La decisión prevé que un Estado podrá exonerar de estas sanciones cuando sea anfitrión de una Organización Internacional o de una Conferencia Internacional auspiciada por la ONU, o esté obligado por un  acuerdo multilateral a conceder privilegios e inmunidades. También podrá hacerlo cuando el viaje de la persona sancionada esté justificado por razones humanitarias urgentes o en razón a la asistencia a reuniones de organismos intergubernamentales promovidas por la UE o celebradas en el territorio de un Estado miembro que ostente la presidencia de la OSCE, “en la que se mantenga una diálogo político que fomente directamente la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en Venezuela”. En estos casos, los  Estados deberán notificarlo al Consejo para su debida aprobación. Ninguno de estos supuestos se da en el presente caso y el Gobierno español no ha hecho notificación alguna al Consejo.

            Ese mismo día, el Consejo aprobó el Reglamento 2017/2063 para la aplicación de la decisión, conforme al cual, los Estados establecerán las normas sobre las sanciones a aplicar a las infracciones del Reglamento y establecerán las medidas necesarias para su cumplimiento. Las disposiciones del Reglamento son de aplicación en el territorio de los Estados miembros de la Unión, incluido su espacio aéreo. La eficacia de la Decisión y del Reglamento es de un año, prorrogable a su término por periodos adicionales de igual duración, como así se ha hecho en el caso de Venezuela. En los Anejos se deberían incluir los nombres de las personas físicas afectadas y las razones por las que fueran incluidas en la “lista negra”.

En la decisión PESC 2018/901, de 25 de junio de 2018, el Consejo incluyó en sus Anejos los nombres de los dirigentes venezolanos afectados. Se adujo para ello que las elecciones celebradas el 20 de mayo de 2018 no fueron libres ni justas y que sus resultados carecían de la mínima credibilidad, porque el proceso electoral no ofreció las necesarias garantías para unas elecciones democráticas inclusivas. Citaba el informe del Alto Comisario de la ONU para los Derechos Humanos, que describía de forma detallada la gravedad de las violaciones de los derechos humanos en Venezuela, la erosión del Estado de Derecho y el desmantelamiento de las instituciones democráticas. En la lista figuraba Delcy Eloina Rodríguez Gómez, debido a que -en su calidad de Presidenta de la Asamblea Constituyente ilegítima- había menoscabado la democracia y el Estado de Derecho, “en especial mediante la usurpación de  las competencias de la Asamblea Nacional y su utilización para atacar a la oposición e impedirle su participación en el proceso político”. La Sra. Rodríguez estaba perfectamente al tanto de la sanción que le había impuesto el Consejo y, si viajó a Madrid y estuvo varias horas en el aeropuerto de Adolfo Suárez, lo hizo bajo su exclusiva responsabilidad y asumiendo las consecuencias.

Las decisiones del Consejo se adoptan por consenso y son vinculantes para los Estados miembros, pero la normativa comunitario deja su cumplimiento en manos de los Estados, que se supone actúan de buena fe y aseguran su ejecución, y no prevé ningún sistema de control, inspección o eventual sanción en caso de incumplimiento. Por supuesto, el Consejo o la Comisión pueden pedir explicaciones a los Estados, pero de ahí no se pasa. El Alto Representante para los Asuntos Exteriores y Vicepresidente de la Comisión, Josep Borrell, dijo a los periodistas que no estaba informado del asunto y un periodista alemán le preguntó si había solicitado información. Creo que el Alto Comisario, en su doble condición de miembro del Consejo y de la Comisión, no puede ponerse de perfil y decir que no sabe nada del asunto.

Por la decisión PESC 2019/1983, de 11 de noviembre de 2018 –por la que se extendió la prohibición hasta el 14 de noviembre de 2020, el Consejo añadió un artículo al Reglamento en el que se preveía que el Consejo y su Alto Representante podían procesar datos personales para llevar a cabo su tarea de conformidad con la decisión y utilizar los datos pertinentes relativos a las infracciones penales cometidas por las personas incluidas en las listas en relación con las sanciones –“convictions”- de tales personas o a las “medidas de seguridad” relativas a las mismas. Tanto el Consejo como su Alto Representante son designados “controladores” para asegurar que las personas afectadas puedan ejercer sus derechos. Algo tendrá que decir Borrell, tanto más cuanto que es nacional del Estado presuntamente infractor de la decisión del Consejo y ha sido hasta hace bien poco Ministro de Asuntos Exteriores de España.

Tan sólo el Parlamento Europeo podría debatir el tema  a petición de cualquier eurodiputado -me extraña que ninguno lo haya planteado hasta ahora- y adoptar un resolución sobre el tema, que sólo tendría consecuencias políticas. La cuestión escapa al control jurídico que ejerce el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las actividades de la Unión y de sus miembros.
¿Forma el aeropuerto de Barajas parte del territorio español?

            La pregunta puede parecer incongruente, pero hay razones para formularla, por haber quienes -incluso en el Gobierno- ponen en duda lo que resulta más que evidente. Es curioso como la concepción de que los aeropuertos o partes de los mismos no  forman propiamente parte del Estado o gozan de una extraterritorialidad que se remonta a la época de las capitulaciones entre Bizancio y el Imperio Otomano se ha mantenido con anterioridad. Precisamente hoy nos cuenta Luis María Ansón en su columna de “El Mundo” una anécdota que hace al caso. Cuando en 1973 acudió a Barajas a saludar a Claudio Sánchez Albornoz, Presidente del Gobierno de la República en el exilio,  le expresó su alegría por verlo en España y el ilustre historiador le replicó que no estaba en España, sino en la zona internacional del aeropuerto en tránsito hacia París, por lo que no había entrado en el país. Resulta curioso que desde el Gobierno se mantenga una tesis similar, al señalar que la Vicepresidenta venezolana había permanecido en todo momento en la zona previa al control de fronteras y no había pisado, por tanto, suelo español.

            El Gobierno –que cuenta con una catedrática de Derecho Constitucional como Vicepresidenta primera y tres Ministros jueces- debería conocer el auto del Tribunal Constitucional de 1996, que afirma taxativamente que las zonas internacionales de los aeropuertos y el espacio aéreo son territorio español. No hay ninguna parte de un aeropuerto -delante o detrás del control policíaco o aduanero de fronteras- que no forme parte del territorio español o que goce de un extraño régimen de extraterritorialidad. El hecho de que  la Rodríguez no pasara el control policial por gentileza del Ministro de Transportes y pudiera recorrer, en vehículo o a pie, los kilómetros que separan la Terminal 1 de la 4, no le impidieron pisar territorio patrio, con lo que se saltó a la torera la prohibición del Consejo Europeo, con la connivencia del Gobierno español. Ya había violado la prohibición del Consejo con anterioridad al aterrizaje al sobrevolar el territorio español, asimismo con la anuencia de las autoridades españolas, porque un avión extranjero de una línea no regular no puede atravesar el espacio aéreo de un Estado sin la correspondiente autorización. ¿Quién autorizó que un avión privado venezolano sobrevolara el espacio aéreo español y aterrizara en Barajas llevando a bordo a una pasajera que tenía prohibida su entrada en España?

            El Secretario General del Grupo Socialista en el Congreso, Rafael Simancas, aportó en defensa de la actuación de sus correligionarios un fino argumento jurídico. ¿Qué quería el PP, que hiciera el Gobierno, que no dejara aterrizar el avión o que lo derribara? Yo no sé lo que quería el PP, ni me importa, pero lo que el Gobierno debería haber hecho es lo que hizo al parecer el Gobierno portugués presidido por Antonio Costa, miembro del Partido socialista y cuyo Gobierno cuenta con el apoyo de los partidos de la extrema izquierda: negarle la autorización de sobrevuelo, en cumplimiento de la decisión del Consejo Europeo. El avión tuvo que desviar su ruta para entrar en España por Marruecos, por lo que podría haber aterrizado perfectamente en Rabat, Casablanca o Tánger, para permitir a la tripulación su merecido descanso, sin necesidad de forzar al Gobierno español a incumplir sus obligaciones como Estado miembro de la UE. El Gobierno siguió en sus trece al afirmar que lo importante era que “Delcy Rodríguez no entró en España”. No hay mayor ciego que el que no quiere ver.



Responsabilidad solidaria del Gobierno

            Hay infinidad de cuestiones que el Gobierno está obligada a aclarar, especialmente en sede parlamentaria. Lo sucedido es responsabilidad solidaria del Gobierno y no cabe utilizar como chivo expiatorio al voluntarioso Ábalos, que tiene buena parte de la culpa, pero no toda. Por ejemplo, según ha publicado la periodista venezolana Ibeyise Pacheco, el Vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, invitó a su contraparte venezolana a hacer escala en Madrid para entrevistarse con él y eventualmente con Pedro Sánchez. Nadie ha desmentido ni rectificado esta noticia, ni siquiera el lenguaraz Iglesias, siempre dispuesto a comparecer ante los medios de comunicación y que, en esta ocasión, no ha dicho ni pío. Cabría asumir que “el que calla otorga”. Resulta obligado que el Gobierno explique la participación en el “affaire Delcy” del Presidente-bis, que tantas “liaisons dangereuses” tiene con el bolivarianismo venezolano y boliviano.

            Según declaró Ábalos a “La Razón”, el Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, lo llamó por teléfono para decirle que la Ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, había recibido una comunicación de la Embajada de Venezuela en la que informaba de que en el avión fantasma –que a la sazón ya había despegado de Maiquetía- viajaba Delcy Rodríguez, y le pidió que, ya que iba a Barajas a ver a un amigo, procurara que la Vicepresidenta no bajara del avión. ¿Cómo sabia Grande-Marlaska que Ábalos había ido de madrugada en Barajas en un coche privado y sin escolta para recibir a un amigo? Si sabía que iba a llegar al aeropuerto una personalidad venezolana que tenía prohibida su entrada en España, ¿no era deber del Ministro del Interior velar por el cumplimiento de las normas de ingreso en el país y no delegar esta función en su colega de Transportes? ¿Cuándo recibió el Ministerio de Asuntos Exteriores la comunicación de la Embajada venezolana y qué medidas tomó para evitar que Delcy Rodríguez no violara la prohibición de entrar en España? ¿Por qué no cumplió Ábalos  la petición de Grande-Marlaska de que Rodríguez no bajara del avión y, antes al contrario, le facilitara el acceso a una sala VIP hasta que su avión siguió con destino a Doha? ¿Por qué mintió Ábalos de forma tan descarada una y otra vez y cómo pretendía ocultar unos hechos que habían sido presenciados por multitud de personas y habían quedado registrados en las cámaras de seguridad del aeropuerto?.

            La Ministra de Asuntos Exteriores ha dicho, con razón, que las autoridades de otros países no tienen que dar explicaciones sobre sus desplazamientos, pero, en el presente caso, no se trataba de la autoridad de un país cualquiera, sino la Vicepresidenta de un Estado al que el Consejo Europeo había prohibido su entrada en España. Ha dicho asimismo que Ábalos actuó “de la manera menos nociva para las relaciones entre los dos países y respetando la legalidad internacional”. Lamento no estar de acuerdo con semejante apreciación. No sé si ha sido  motu proprio” o a instancia de parte –léase Iglesias-, pero el Gobierno venezolano ha violado la legalidad internacional y forzado a hacer lo mismo al Gobierno español, actuado  de mala fe al informar de la llegada a Barajas de la Vicepresidenta cuando su avión ya se encontraba en ruta hacia España, exigido que las autoridades españolas concedieran autorización de sobrevuelo y derecho de aterrizaje en el aeropuerto de Barajas al avión que transportaba a la Vicepresidenta, quien impuso su entrada en España a pesar de tenerlo prohibido.

            Tampoco estoy de acuerdo con las confusas afirmaciones de Pedro Sánchez de que la actuación de Ábalos había evitado que se produjera un incidente diplomático. No se sabe bien si el incidente felizmente evitado era con Venezuela, con el Gobierno “de facto” de Juan Guaidó, o con la UE. Arancha González ha afirmado que cree que el Gobierno español ha cumplido con la decisión del Consejo (¿?) y que lo importantes es “dar un poquito de crédito a la manera en que se ha gestionado esto”. No puede menos  que mostrar mi desacuerdo con esta afirmación. La cuestión de la visita ilegal de Delcy Rodríguez a España con el consentimiento del Gobierno español -que ha incumplido sus obligaciones como Estado miembro de la UE- no ha podido gestionarse de peor manera y ha supuesto un garrafal desatino, obra de la actuación coral del Gobierno de Sánchez. Se ha montado un espectáculo que es un híbrido poco logrado de sainete, astracanada y esperpento, que nos ha hecho ser una vez más el hazmerreír de la comunidad internacional. Y el colmo del surrealista disparate es la afirmación de que una parte de un aeropuerto español no forma parte del territorio de España y de que Delcy Rodríguez no ha pisado suelo español.

Madrid, 3 de enero de 2020

           

lunes, 3 de febrero de 2020

Good bye Mr. Johnson


GOOD BYE, Mr. JOHNSON

            Al fin se fue Gran Bretaña de la Unión Europea, tras  un espectacular portazo dado por el Gobierno de Boris Johnson. Hhan proliferado al mismo tiempo las expresiones de júbilo de los partidarios del Brexit y de tristeza de los que son contrarios a él, así como de los antiguos socios de la Unión. Yo le he sentido, porque siempre he preferido sumar a restar y la decisión de Johnson ha sido un auténtico disparate, un acto ucrónico que carece de sentido, porque el Reino Unido hace tiempo que dejó de ser la “Britania” que gobernaba las olas y  no puede regresar al “statu quo ante” de las pasadas grandezas victorianas, y porque el mundo globalizado en que vivimos deja poco margen de actuación a un país aislado para encontrar un lugar en el sol en el foro de las naciones frente a las potencias globales, sus grandes protagonistas.

Obstruccionismo de Gran Bretaña en el seno de la CE/UE

            Como se canta en la popular sevillana, “algo se muere en el alma, cuando un amigo se va”, pero la cuestión está en saber si el fugitivo es realmente un amigo, pues bien que se ha esforzado en probar  lo contrario. Aunque Winston Churchill fuera el inventor de lo que hoy es la UE, el Reino Unido no se incorporó a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, ni a la Comunidad Económica Europea, y creó la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA) para contrarrestarla. Como su intento fracasó, siguió el lema de “if you cannot beat them, join them” –si no puedes derrotarlos, únete a ellos”- y pidió  en 1961 su ingreso en la CEE. Charles de Gaulle no permitió el ingreso de Gran Bretaña en la Comunidad y la tuvo en la sala de espera hasta 1973, fecha en que Georges Pompidou levantó el vetó y permitió su ingreso.

            El Reino Unido fue un auténtico caballo de Troya dentro del fortín comunitario y trató de lograr desde dentro lo que no había conseguido desde fuera: dificultar el proceso de integración europea y reducir la CEE a un simple mercado común. Cuando no podía parar la adopción de una decisión, conseguía ser exonerada de las nuevas obligaciones que establecía mediante la introducción de una cláusula de “opting out”.En paralelo, alentó la extensión de la Unión a los países de Europa Oriental, aunque no cumplieran los requisitos mínimos de los criterios de Copenhague, para que -al aumentar el número de miembros- se dificultara el proceso de integración.

Los hitos principales de esta maquiavélica política fueron los siguientes: En 1973, Harold Wilson convocó un referéndum para consultar al pueblo si Gran Bretaña debería continuar en la Comunidad y el 67% respondió de forma afirmativa; en 1984, Margaret Thatcher consiguió que la Comisión Europea le devolviera parte de sus contribuciones mediante el “cheque británico”; en 1992, John Major obtuvo varias exenciones en la aplicación del Tratado de Maastricht; en 1995, Gran Bretaña  no participó en el Acuerdo Schengen sobre supresión de fronteras interiores de la Unión; en 2002 se excluyó del euro y de la Unión Económica y Monetaria; en 2009 rebajó el alcance de algunas disposiciones del Tratado de Lisboa y consiguió nuevas exenciones; en 2012, David Cameron se negó a firmar el Tratado para la Estabilidad, la Coordinación y  la Gobernanza de la UEM y, en 2013, se opuso al Pacto Europeo para reforzar la disciplina fiscal; en 2016, Cameron obtuvo nuevas concesiones, que no se llegaron a aplicar al haber votado el pueblo británica la salida de la UE; tras invocar Theresa May el artículo 55 del TUE para salir de la Unión, el Parlamento británico rechazó en tres ocasiones el acuerdo por ella negociado con la Comisión Europea; tanto May como Boris Johnson se negaron a celebrar un nuevo referéndum, pese a las  múltiples irregularidades producidas durante una consulta, basada en las mentiras de los “brexiter” y las “fake news”…Con semejante amigo, la UE no necesitaba enemigos.

En opinión de Jean-Claude Juncker, difícilmente podía producirse un divorcio amistoso cuando nunca había existido una historia de amor. La relación entre Gran Bretaña y la/UE ha sido la de un matrimonio de conveniencia y era natural que concluyese con un divorcio conflictivo, salvo que el consorte comunitario hubiera accedido a las exigencias de la pareja que abandonaba el hogar conyugal y cedido hasta la hijuela de sus 27 hijos. Afortunadamente –gracias a San Monnet- la familia comunitaria se ha mantenida unida y no ha cedido a las presiones de la Pérfida Albión.

Según Miriam González de Clegg, las Partes están condenadas a debilitarse mutuamente y empieza ahora un camino de sudor y hierro, en el que ambas van a salir malparadas. El Brexit es responsabilidad de quienes dieron una mayoría absoluta a Cameron -cuando llevaba en su programa el referéndum de salida de la UE-, una mayoría simple a May -a pesar de su incapacidad para solucionar el problema, con su “Brexit is Brexit”- y una mayoría absoluta a Johnson -a pesar de sus inmensas mentiras-. Todo ello constituye un ejemplo claro del daño tan brutal que puede infligirse a sí misma una sociedad, cuando sus ciudadanos se desentienden de su responsabilidad política y se aletargan.

José Ignacio Torreblanca ha observado que los británicos son como los ratones que siguen al flautista de Hamelín, cuando toca la melodía de “recuperemos el control”. Los “brexiter” basaron su campaña en que había llegado la hora de que Gran Bretaña se librara del agobiador control de la burocracia de Bruselas y pudiera tomar sus propias decisiones. Los argumentos claves se centraron en la inmigración, la seguridad y la sanidad pública, pese a que las dos primeras nunca estuvieron en manos de la UE y la tercera sirvió de base a la mayor sarta de mentiras sobre las ingentes ventajas que obtendría cuando el Gobierno británico dejara de abonar las astronómicas sumas que debía pagar a la Unión. Ahora, el control de la inmigración sigue en manos del Gobierno -que ha propiciado la xenofobia y el menosprecio del inmigrante-, la criminalidad ha alcanzado sus cuotas más elevadas –poniéndose de manifiesto que la inmensa mayoría de los delitos son cometidos por ciudadanos británicos- y la sanidad pública está de capa caída por el déficit de médicos y personal sanitario, y acabará por ser controlada por las grandes empresas médico-sanitarias estadounidenses. Como ha observado Guillermo Iñiguez, la victoria del Brexit ha supuesto el triunfo del chovinismo sobre la tolerancia, de la nostalgia imperial sobre el cosmopolitismo y de las medias verdades sobre los hechos.

Negativas consecuencias del Brexit para Gran Bretaña

            El Brexit va a producir nefastas consecuencias para el Reino Unido y para la UE, aunque más para el primero que para la segunda, pues –mientras ésta sólo perderá un mercado-, aquél perderá 27, entre los que se encuentran siete de sus diez principales clientes y proveedores  Johnson ha saludado al Brexit como el amanecer de una nueva era y anunciado que la labor primordial de su Gobierno será unir al país. Falta le hace, pues los “brexiter ”lo han dejado dramáticamente dividido en dos mitades y, aunque cuantitativamente se haya producido una situación de “fifty-fifty”, no ha sido así cualitativamente, ya que, mientras en el 50% del campo ”brexista” hay una mayoría de personas de la tercera edad –que están en período de caducidad- y una población predominantemente rural -que es la que menos valor añadido aporta al progreso del país-, en el 50% “anti-brexista” figuran la mayor parte de las nuevas generaciones y los habitantes de las grandes ciudades cosmopolitas, como Londres.

            El proceso ha dejado dos poderosa bombas con espoleta retardada en Escocia y en Irlanda del Norte. La primera ha recibido con pesar la noticia y se ha fortalecido el movimiento secesionista- El Gobierno regional y el Parlamento escocés han pedido la celebración de un segundo referéndum de autodeterminación, a lo que Johnson se ha opuesto. so pretexto de que los escoceses ya han expresado su opinión contraria a la secesión y habrá que esperar al menos una década para que se celebre una nueva consulta. Johnson ha ignorado, sin embargo, una norma básica del Derecho, cual es la cláusula “rebus sic stantibus” o cambio de circunstancias. Cuando los escoceses votaron, Escocia estaba dentro de la UE al estar integrada en una  Gran Bretaña formaba parte de la misma, y ahora se ve expulsada de ella en contra de su voluntad por la decisión del Gobierno británico. La Presidenta, Nicola Sturgeon, ha afirmado que no impulsará un referéndum sin el apoyo del Gobierno británico, pues la consulta debe ser legal y vinculante para que sea reconocida por la comunidad internacional. De pasada, ha propinado un pellizco a las autoridades catalanas al manifestar que Cataluña es la prueba de que, si el proceso no tiene legalidad, no puede conducir a la independencia.

            Mayor aún ha sido la reprobación en Irlanda del Norte, donde ambos bandos temen que se vuelva a establecer una frontera física entre las dos Irlandas. Johnson, el Partido Unionista Democrático y el Parlamento británico -en amor y discordia- se cargaron la cláusula negociada por May con la UE para garantizar que no se produjera esta anomalía, pero ahora la situación no está clara y el DUP  -que ha roto su alianza con el Partido Conservador- tampoco está satisfecho con la situación. La líder del Sinn Fein, Mary Lou McDonald, ha hecho un llamamiento  para la reunificación de Irlanda y pedido la celebración del referéndum previsto en los Acuerdos del Viernes Santo.

            Los líderes británicos han pasado por alto que el sentimiento antieuropeo que ha llevado a la ruptura con la UE es minoritario en Escocia y en Irlanda del Norte, y no son conscientes que, con su frivolidad e irresponsabilidad, pueden provocar la reducción del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda a una Federación entre Inglaterra y Gales. Como ha editorializado “El País”, el eslogan reiterado por los “brexiter” y presentado como una liberación, podría traducirse en su irrelevancia internacional. Gran Bretaña ha abandonado la UE en virtud de argumentos que no distinguen la verdad de la mentira y el coste de sustentar en falsedades una decisión de tanta transcendencia lo están pagando las instituciones británicas. La vida democrática que éstas albergaban ha abierto las puertas a partidos extremistas y a líderes excéntricos, en cuyas manos queda el futuro de un Reino Unido precipitado por su propia decisión en la intemperie.

            Gran Bretaña ha cometido un grave error de apreciación con su decisión, pues, mientras en la UE era un “primus inter pares” –si no más-, ahora, al echarse en los brazos del primo americano y de su alma gemela –el autocrático y estrafalario Donald Trump, que desgobierna al mundo a golpe de “twiter”-, a lo más que podrá aspirar es a ser un fiel escudero del Tío Sam. Cifra todas sus esperanzas en la conclusión de un acuerdo comercial con Estados Unidos  y pronto se dará cuenta que no será nada fácil negociar con un líder cuyo lema es “América first”.Ya han surgido discrepancias en relación con la concesión a Huawei de parte de la infraestructura del sistema 5-G británico. Personalmente, me satisface que la propia Gran Bretaña haya decidido salir de la UE, con lo que ha levantado así la hipoteca que sobre ella tenía. Aunque lamente el abandono, no voy a derramar por ello ni una lágrima, pues –como decía el poeta- “las lágrimas son agua y van al mar”, aunque sea en el Canal de la Mancha.

Negativas consecuencias del Brexit para la UE
             
            Jonhson ha presentado la salida de la UE como un éxito de Gran Bretaña al considerar que la Unión es un proyecto fallido y ssus dirigentes han puesto al mal tiempo buena cara. Según Úrsula van der Leyen,”nuestra experiencia nos ha enseñado que la fuerza no se encuentra en el espléndido aislamiento, sino en la singularidad de nuestra unidad. Trabajaremos juntos en nuestras prioridades comunes para volver a mostrar que el proyecto europeo sigue siendo positivo”. Ha expresado su deseo de tener las mejores relaciones posibles con el Reino Unido, pero éstas no serán obviamente tan buenas como lo eran hasta ahora. Normalmente, los Estados negocian con otros Estados para obtener una situación más favorable en sus relaciones, pero en el presente caso se da la paradoja de que se va a negociar para lograr una situación más desfavorable. El 3 de febrero, la Comisión presentará el proyecto de instrucciones para la delegación negociadora presidida por Michel Barnier. Tras más de tres años de lamentable pérdida de tiempo por la falta de un criterio claro de lo que el Gobierno británico quería, a Johnson le han entrado las prisas y –con su habitual prepotencia “trumpiana- pretende imponer que se negocie el acuerdo en once meses, pero Barnier ya le ha advertido que ello será prácticamente imposible. El Premier ha expresado sus preferencias por un Acuerdo similar al firmado por la UE con Canadá, pero olvida que la negociación con dicho país se prolongó durante varios años.

            A corto plazo, la estampida del Reino Unido va a ser perjudicial para la UE política, económica y  moralmente. Según “El País”, puede que, tras el desplante británico, se sienta lesionada en su autoestima, pero no han sido cuestionados sus fundamentos, ni comprometidas las razones para seguir con el proceso de integración europea. La Unión está basada en unos valores, que son justamente lo contrario de los exhibidos por los líderes británicos, impregnados de nacionalismo y de una falsa idea de superioridad. La UE tendrá que definir sus futuras relaciones con el Reino Unido, pero sus objetivos transcienden esta situación coyuntural y debería dirigirse a reforzar las instituciones comunitarias y las políticas comunes, y a afrontar nuevos desafíos como el cambio climático o la revolución digital.

            Además del problema de las pérdidas económicas que se produzcan, por la reducción de los intercambios, existe el de la presencia de cientos de miles ciudadanos de países comunitarios en Gran Bretaña y de británicos en Estados miembros de la UE, que es de esperar se solucione en el nuevo Acuerdo que regule las relaciones entre las dos Partes, pues, si no, habría que dejarlo para los acuerdos bilaterales. España está en una posición ventajosa –como también lo está en el caso de Gibraltar-, pues el número de británicos en España –unos 350.000- es superior al de españoles en el Reino Unido y su situación es más precaria, pues suelen ser personas de edad avanzada, frente a los emigrantes españoles que son más bien jóvenes y generan pocos gastos sociales.

            Uno de los aspectos más negativos será la disminución del potencial defensivo de la UE, como consecuencia de la retirada de una de las dos naciones en la Unión que posee armamento nuclear. Ello no es, sin embargo, tan importante, porque Gran Bretaña y la mayor parte de los Estados miembros de la UE siguen vinculados a través de la OTAN. Generará un disminución de su peso específico como candidato a jugar un papel de  protagonista en el mundo globalizado, junto a Estados Unidos, Rusia y China.

El Brexit tendrá consecuencias negativas a corto plazo, pero positivas a medio y largo plazo. La salida del Reino Unido puede servir de acicate contra la desunión de los Estados miembros, quienes –pese a las discrepancias internas - se han mantenido hasta ahora firmemente unidos en las negociaciones. Como ha señalóçado Joseph Weiler, ha costado demasiado crear la UE –que es un proyecto existencial y no sólo económico- como para echarlo a perder.

Si los movimientos populistas triunfaran –ha opinado Josep  Borrell-, correríamos el riesgo de que se pusiera fin a la UE tal como la hemos conocido, así como al proyecto de una globalización justa y gobernada por las normas, en marcos de cooperación e integración multilateral. Esa eventual quiebra no se produciría en el vacío, sino que se inscribiría en un contexto más amplio, con la aparición en Eurasia de centros de poder no pro-europeos ni pro-atlánticos, como Rusia y China, y la concentración de recursos e influencia en grandes corporaciones tecnológicas con capacidad para manipular los procesos democráticos y la convivencia en el seno de nuestra sociedad. El Brexit ha elevado en varios grados la preocupación por el momento que atraviesa la integración europea. Por primera vez en la historia de la UE, un Estado miembro se ha autoexcluido del proceso y preferido desandar el camino emprendido en las últimas décadas ¿Habrá otros países miembros que quieran seguir el mal ejemplo británico?... Esperemos que no.

 A juicio de T.G. Ash, las crisis también ofrecen oportunidades y el elemento común a todas ellas está en el peligro que corre la existencia del proyecto europeo. Según Borrell, dicho  proyecto sigue siendo clave para nuestro porvenir. Podemos criticar sus insuficiencias, pero si la UE no existiera, habría que inventarla, porque -pese a sus defectos- ha conseguido establecer un gran sistema de regulación, con la dimensión adecuada para encontrar soluciones a los desafíos globales, desde los flujos migratorios a los retos de la economía digital, pasando por la protección de los ciudadanos en una globalización caótica y por la seguridad en un área estratégica inestable. “Los europeos nos jugamos nuestra supervivencia como civilización, aquélla que combina mejor, a pesar de sus carencias, la libertad política, la prosperidad económica y la justicia social”.    

Parara Joaquín Almunia, la respuesta a la pregunta sobre el futuro de la UE dependerá de cómo resuelvan los líderes políticos europeos el dilema de hacer frente a los problemas ofreciendo una serie de reformas enmarcadas en una estrategia para consolidar y profundizar un proyecto común, o de dejarse llevar por la alternativa que ofrecen los populismos alentando el proteccionismo, rechazando la inmigración o intentando reavivar la soberanía nacional Los políticos necesitan abordar las cuestiones básicas de la legitimidad democrática de las decisiones que se adopten en el ámbito comunitario, así como la dimensión social de esas decisiones y de sus consecuencias. La tarea es difícil y los resultados no se verán a corto plazo, pero la alternativa sería la vuelta a un pasado que una Europa unida nos ha ayudado a dejar atrás y al que nadie querría volver.

La UE necesita continuar su proceso de integración, aunque sea a distintas velocidades y con geometrías variables, pero no puede detenerse en espera de tiempos mejores. Jacques Delors comparó la Unión con una bicicleta –“L´Europe c´est comme le vélo; quand on arrête de pédaler, on tombe-”.El ciclista debe seguir dándole a los pedales para no caerse.´Sin embargo –a juicio de Ignacio Molina-, la UE se encuentra en una especie de milagroso equilibrio tenso, que ni el ciclista más hábil sería capaz de mantener por mucho tiempo. Ya existen las bases y procede desarrollarlas hasta alcanzar un estado sostenible. El Mercado Único debe extenderse a la economía digital, a la energía y a los mercados de capitales, y la UEM ha de ser completada con un pilar fiscal y dotada de capacidad para hacer frente a nuevas crisis económicas. Entre otras cosas, hay que revisar las reglas fiscales del euro  mediante cambios que las simplifiquen, interpretar más flexiblemente el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, convertir el Mecanismo Europeo de Estabilidad en un auténtico Fondo Monetario Europeo, establecer un presupuesto para la UE y crear un Ministerio de Economía.

¿Es irreversible la salida de Gran Bretaña la UE?  

La salida del Reino Unido de la UE no es irreversible. Un Gobierno, apoyado por una mayoría muy ajustada, ha tomado la decisión de separarse de la UE. Tendrá que asumir las consecuencias del divorcio y los cónyuges deberán llevar durante algún tiempo vidas separadas. ¿Se tratará de una separación temporal de cuerpos o de un divorcio definitivo sin vuelta atrás? Eso lo podría decidir el pueblo británico, si lo dejaran expresarse libremente y en unas mínimas condiciones de transparencia. Si un Gobierno ha decidido salir, otro Gobierno podría decidir regresar, como ya ha ocurrido con anterioridad. Un Gobierno decidió no entrar en la CEE y otro  –reconociendo con pragmatismo el error- optó años después por solicitar el ingreso de Gran Bretaña en la Comunidad. La salida ha sido un inmenso error y su mantenimiento lo continuará siendo y, si otro Gobierno reconociese ese error y decidiese volver al redil, siempre encontrará abierta la puerta de la Unión. Como ha señalado Miriam González, a la UE corresponde ayudarle a comprender que estará mejor dentro que fuera, pero no es algo que se pueda imponer desde fuera, sino que  tendrán que ser el Gobierno, la sociedad y el pueblo británico quienes lleguen a esta conclusión a través de sus experiencias.

Una canción del Trío los Panchos decía: “No comprendo que todo acabó, que este sueño de amor terminó, que la vida nos separó sin querer. Caminemos, tal vez nos veremos después […] yo sigo caminado sin saber si, alguna vez, la vida nos vuelve a juntar”. Según Weyler, ”dado que los británicos no se consideran conciudadanos europeos, si quieren irse de la Unión, yo les diría bon voyage ¡Que se vayan!”. Han decidido marcharse porque han estimado erróneamente que  estarán mejor fuera que dentro de la UE, pero -como señaló Alfonso Dastis, ”¡Allá ellos! La UE nació sin el Reino Unido y seguirá adelante sin él”.

Aquí viene a cuento la historieta del sevillano que, sentado tomando el fresco a la puerta de su casa en un callejón sin salida del barrio de Santa Cruz, vio  pasar a unos turistas que le dijeron “adiós” y él les respondió, con sorna, “hasta la vista”. Cuando  a los pocos minutos regresaron, uno de  ellos le echó en cara que no les hubiera advertido que no había salida y el buen hombre le replicó: ”Yo ya les dije que hasta la vista”. Será muy difícil que Gran Bretaña regrese a la UE,  pero no imposible. Ahora sólo me queda decir, “Good bye, Mr. Johnson”, que le vaya bien y hasta la vista.
Madrid, 2 de febrero de 2020