sábado, 12 de febrero de 2022
Malvinas se parece a Gibraltar, pero el Gobierrno español no se parece al argentino
MALVINAS SE PARECE A GIBRALTAR, PERO EL GOBIERNO ESPAÑOL NO SE PARECE AL ARGENTINO
El 3 de febrero asistí por invitación del Embajador argentino en Madrid, Ricardo Alfonsín ,a una Mesa redonda sobre las Islas Malvinas, en las que intervinieron el catedráticos de Derecho Internacional de la UAM, Antonio Remiro, el profesor del Instituto de Altos Estudios Internacionales de Ginebra, Marcelo Cohen, y el embajador Guillermo Carmona, secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur. Se trataba de una cuestión de gran interés, especialmente por su paralelismo con Gibraltar.
Datos sobre Malvinas
Malvinas es un pequeño archipiélago de más de cien islas, situadas en el Océano Atlántico del Sudoeste entre los paralelos 51º y 53º latitud Sur, y los meridianos 57º y 62º de longitud Oeste, situado a 550 kilómetros de la entrada del estrecho de Magallanes. Tiene una extensión de 12.173 kilómetros cuadrados y una población –según datos de 2016- de 3.398 habitantes y miles de ovejas. Es un territorio británico de ultramar presidido por la reina Isabel II a través de un Gobernador, y –pese a su insignificancia- cuenta con una Constitución aprobada en 1985, una Asamblea Legislativa, una Corte Suprema de Justicia y un Gobierno. En 2013 celebró un referéndum democrático a la búlgara, en el que el 98.8% de la población se mostró favorable a mantener la soberanía del Reino Unido sobre el territorio.
El archipiélago perteneció al Virreinato del Río de la Plata y, tras la independencia de Argentina en 1810, España se lo cedió junto con los demás territorios del Virreinato. El Gobierno argentino tomó posesión de las Malvinas en 1820, pero -en 1833- la fragata “Clio”, comandada por John Oslow, desembarcó en el archipiélago y se apoderó de él tras derrotar a la pequeña guarnición argentina allí establecida. El embajador argentino en el Reino Unido, Manuel Moreno, presentó una nota de protesta alegando que las Malvinas pertenecían a Argentina, porque le habían sido cedidas por la Corona española, pero el primer ministro inglés, Lord Palmesrton, le contestó que SM Católica había reconocido la soberanía de SM Británica sobre las citadas islas. Inglaterra estableció una base naval en Puerto Stanley, desde donde dominaba el tráfico por el Atlántico suroccidental y el acceso al estrecho de Magallanes y a la Antártida.
En 1945, el Gobierno argentino planteó ante la ONU el caso de las Malvinas, que fueron incluidas por Gran Bretaña un año después en la lista de territorios no autónomos y, desde entonces, está pendiente de descolonización, de conformidad con la “Declaración sobre la concesión de independencia de los países y pueblos coloniales”, adoptada en 1960 por la Asamblea General en su resolución 1514(XV). La Asamblea adoptó en 1965 la resolución 2065(XX), en la que invitaba a los Gobiernos de Gran Bretaña y de Argentina a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité especial encargado de la aplicación de la citada Declaración, con el fin de encontrar una solución pacífica al problema de la descolonización de las Malvinas, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta y la resolución 1514(XV), y los intereses de la población de las islas. Como el Gobierno británico se negaba a negociar y la situación se encontraba en punto muerto, la Asamblea adopto en 1973 la resolución 3160(XXVIII), en la que instaba a las partes en el conflicto a que se abstuvieran de adoptar decisiones que empeoraran la situación mientras las islas estuvieran en proceso de negociación.
Agravamiento del conflicto de las Malvinas
El 2 de abril de 1982, la Junta Militar presidida por el general Leopoldo Galtieri envió por sorpresa una expedición naval a las Malvinas y las ocupó sin causar víctimas, tras la rendición de la pequeña guarnición británica. Al día siguiente, el Consejo de Seguridad adoptó la resolución 502(1982) que pedía el inmediato cese de las hostilidades y la retirada de las fuerzas argentinas de las isla, e instaba a los Gobiernos de Argentina y del Reino Unido a que procuraran hallar una solución diplomática al conflicto. El Gobierno de Margaret Thatcher reaccionó con el lanzamiento de la “Operatión Corporate” y el envío de una importante flota aeronaval de 2 portaviones, 15 fragatas, 8 destructores, 6 submarinos –uno de ellos nuclear-, 3 dragaminas, 2 buques de asalto, 25 petroleros y 117 aviones. El 2 de mayo fue hundido el crucero “General Belgrano”- que causó numerosas víctimas- y el 26 , el Consejo de Seguridad adoptó la resolución 505(1982), por la que nombraba como mediador al Secretario General, Javier Pérez de Cuéllar, quien presentó un plan de alto el fuego y de retirada de tropas, que fue rechazado por las dos partes. Las fuerzas británicas se impusieron fácilmente a las argentinas y el 14 de junio tuvo lugar la rendición de Argentina, tras 74 días de guerra que provocaron 650 muertos en el bando argentino y 255 en el británico, así como miles de heridos por ambas partes.
La frivolidad e inconsciencia con las que la Junta Militar se lanzó a la guerra fue desastrosa para la dictadura argentina. Galtieri fue sustituido por el general Reynaldo Bignone, quien convocó elecciones que pusieron fin al Gobierno militar. Las consecuencias diplomáticas, sin embargo, no fueron tan graves. La Asamblea General adoptó la resolución 37/9 en la que afirmaba que la guerra no había alterado la vigencia de la naturaleza de la disputa, y reiteraba a los dos Gobiernos la necesidad de que reanudaran las negociaciones para resolver el contencioso. Las consecuencias del conflicto armado se resolvieron mediante negociaciones celebradas en Madrid. En 1989 se firmó una Declaración conjunta –Madrid I- por la que se acordó el fin de las hostilidades, la renuncia por ambas partes a reclamar compensaciones por la guerra, la eliminación de zona de protección establecida por Gran Bretaña, el restablecimiento de las relaciones consulares, la reanudación de las comunicaciones aéreas y marítimas, y la aceptación del “paraguas de soberanía”, por el que ambas partes mantenían sus posiciones sobre el conflicto las Malvinas, Un año después, se firmó otra Declaración –Madrid II-, por la que se reanudaban las relaciones diplomáticas, se suprimían los visados, se normalizaban las relaciones comerciales y financieras, y se tomaban medidas para la seguridad de la navegación marítima y aérea.
La guerra por las Malvinas perjudicó a España en relación con Gibraltar. Tras la firma por Marcelino Oreja y Peter Carrington de la Declaración de Lisboa de 1980, España y Gran Bretaña se habían comprometido a resolver el conflicto de Gibraltar de forma negociada de conformidad con las resoluciones de la ONU, pero el incidente de las Malvinas provocó un endurecimiento en la posición de Thatcher, que destituyó al conciliador Lord Carrington y suspendió las negociaciones sobre Gibraltar.
Cuestiones jurídicas
Cohen puso de manifiesto que –a diferencia de en el caso de Gibraltar- no se había concluido ningún tratado entre Argentina y Gran Bretaña sobre las Malvinas, que habían sido ocupadas en 1833 por la fuerza de las armas, que los Gobiernos argentinos habían planteado el caso a la ONU y solicitado la celebración de negociaciones con el Reino Unido sobre la cuestión de la soberanía del archipiélago a lo que éste se había negado de forma sistemática, que todos los Gobiernos argentinos habían exigido de forma continuada e insistente desde el primer momento la devolución del territorio y adoptado al respecto una política de Estado, que se habían mostrado abiertos al diálogo y a cualquier forma de solución de controversias –incluida la solución judicial o el arbitraje-, y que el error que supuso el ataque de la Junta Militar a las Malvinas había perjudicado políticamente a Argentina, pero no jurídicamente.
Carmona afirmó que la cuestión de las Malvinas era un punto clave en la política exterior de Argentina, que contaba con el apoyo de todos los partidos políticos, las fuerzas sociales y la opinión pública de Argentina, e hizo un llamamiento a los Gobiernos para que respaldaran la justa causa argentina y presionaran al Reino Unido para que accediera a negociar de buena fe sobre la descolonización del territorio. Expresó su agradecimiento a España por la creación en 2018 de un Grupo de Apoyo a Argentina, en el que participaban los ex–presidentes del Gobierno Felipe González, José María Aznar, José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy, y otras destacadas personalidades como Javier Solana o José Manuel García-Margallo, quienes habían hecho una Declaración a favor de la reivindicación argentina sobre el archipiélago.
Quien más se extendió en el examen de las cuestiones jurídicas que afectaban a las Malvinas fue el profesor Remiro, quien analizó los puntos fundamentales de la población de las colonias y del uso de la fuerza.
1.-Población de las colonias
Señaló Remiro que había que tener en cuenta la existencia de diversos tipos de población en una colonia: los ciudadanos de la potencia colonial ocupante, los habitantes del país ocupado, los deportados del territorio ocupado, y los importados en dicho territorio. La actuación de Gran Bretaña en sus colonias –fuera Malvinas o Gibraltar- seguía un método programado al milímetro: ocupación por la fuerza de las armas y creación de una base militar, expulsión de la población nativa, importación de una población de aluvión, concesión a esta población artificial del derecho a la libre determinación –negada a los nativos expulsados de la colonia-, otorgamiento de una Constitución y establecimiento de órganos de Gobierno –ejecutivo, legislativo y judicial-, celebración de un referéndum a la búlgara para que la población importada aceptara con entusiasmo la dominación colonial de la metrópoli -en el caso de Malvinas, el referéndum celebrado en 2013 fue aprobado por el 98.8% de los votos-, y creación de un ente ficticio con apariencias de constitucionalidad y democracia bajo el control remoto del Gobierno de su Graciosa Majestad.
Esto lo ha hecho Gran Bretaña en Malvinas o en Gibraltar, pero no en Hong Kong, porque se hace grande con los pequeños y empequeñece ante los grandes, como la República Popular de China. En una ocasión, José Virgilio Conchero le preguntó al Secretario del Foreign Office -en una conversación “off the records”- cuándo iba el Reino Unido a devolver Gibraltar, como había hecho con Hong Kong, y el ministro le contestó –con una mezcla de cinismo y candor- que cuando España fuera como China.
En una hábil estratagema, Gran Bretaña ha convertido lo que es un problema de descolonización en una cuestión de ejercicio de libre determinación de los pueblos, saltándose a la torera la “Declaración Colonial”, en especial el párrafo 6 de la resolución 1514(XV) que establece que “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”. Por tanto –como señaló Remiro-, una población artificialmente importada en una colonia no tenía derecho a ejercer la libre determinación para pronunciarse sobre el futuro de dicho territorio. Sí deberían, en cambio, poder ejercer dicho derecho los habitantes nativos deportados al continente argentino o a la Línea, desde las islas Malvinas o desde Gibraltar, o sus descendientes. Sin embargo, en el preámbulo de la Constitución otorgada por Gran Bretaña a Gibraltar, el Gobierno británico se ha comprometido a no concertar acuerdo alguno por el que la colonia pasara a depender de la soberanía de otro Estado contra su voluntad libre y democráticamente expresada. Ello equivale a conceder a una población artificialmente importada un veto al cumplimiento de la disposición del Tratado de Utrecht de 1717 que prevé la devolución de Gibraltar a España,
2.-Uso de la fuerza
Respecto al uso de la fuerza, reconoció Remiro que –de conformidad con el artículo 2-4 de la Carta- los Estados se debían abstener de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas, lo que suponía la prohibición de la guerra y de cualquier conflicto armado, y del recurso a la fuerza. Esta prohibición, sin embargo, se estableció en 1945 y, con anterioridad a esa fecha –que era cuando habían surgido conflictos como los de Malvinas o Gibraltar- ciertas guerras o el uso de la fuerza no estaban prohibidas por el Derecho Internacional. España, recurrió a la guerra y al uso de la fuerza en los siglos XVIII y XIX para intentar recuperar Gibraltar.
La Carta también reconoce el derecho a la libre determinación de los países y pueblos coloniales, que ha sido desarrollado por la resolución 1514(XV) y por la resolución 2625(XXV) de 1970, que contiene una “Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de la ONU”. Según esta Declaración, cualquier Estado tiene el deber de promover la aplicación del principio de libre determinación de los pueblos con el objeto de “poner fin rápidamente al colonialismo”, y de tener en cuenta que “el sometimiento de los pueblos a la subyugación, dominación y explotación extranjera constituye una violación del principio, así como una denegación de los derechos humanos”. Todo Estado tiene el deber de abstenerse de recurrir a cualquier medida de fuerza que prive a dichos pueblos de su derecho a la libre determinación y a la independencia. “En los actos que realicen y en la resistencia que opongan contra esas medidas de fuerza con el fin de ejercer su derecho a la libre determinación, a la libertad y a la independencia, tales pueblos podrán pedir y recibir apoyo, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta”.
Según la “Declaración sobre el mejoramiento de la eficacia del principio de la abstención de a amenaza o de la utilización de la fuerza en las relaciones internacionales” -contenida en la resolución 42/22 de la Asamblea General de 1992-, nada de lo dispuesto en dicha Declaración podía redundar en detrimento del derecho a la libre determinación de los pueblos sometidos a regímenes coloniales o a otras formas de dominación extranjera, “ni del derecho de esos pueblos a luchar con tal fin”. Resulta obvio que la resistencia que estos pueblos ofrezcan o la lucha que realicen no será exclusivamente pacífica y que alguna fuerza tendrán que utilizar. De hecho, muchos de los Estados que han accedido a la independencia como consecuencia del proceso descolonizador han tenido que recurrir a la violencia para conseguir su objetivo.
Semejanzas y diferencias entre Malvinas y Gibraltar
Durante el debate se planteó la cuestión de cuáles eran las semejanzas y las diferencias existentes entre el conflicto de Malvinas y el de Gibraltar. La semejanzas eran obvias: Ocupación de un territorio que formaba parte de un Estado por Gran Bretaña mediante el recurso a la fuerza, expulsión de la población local y sustitución por otro grupo poblacional importado del extranjero, otorgamiento de una Constitución y de los elementos estructurales de un Estado –poderes ejecutivo, legislativo y judicial-, reconocimiento a la población importada del derecho a la libre determinación de la colonia, celebración de un referéndum para confirmar el dominio colonial británico, sustitución de la descolonización por el ejercicio del derecho a la libre determinación, petición de la ONU para que se celebren negociaciones a fin de decidir sobre la descolonización del territorio, renuencia del Reino Unido a negociar, y negativa a hablar sobre quién ostenta la soberanía sobre la colonia.
Para Remiro, las principales diferencias radican en la inexistencia de un tratado entre Gran Bretaña y Argentina sobre las Malvinas, la proximidad de Gibraltar a España y la lejanía de las islas del continente argentino, y la total dependencia de Malvinas de la potencia colonial y de la empresa que monopoliza la actividad económica en el archipiélago. A ellas cabe añadir -a mi juicio- la existencia de un compromiso del Reino Unido –plasmado en un tratado- de devolver el Peñón a la Corona de España, y la distinta actitud de los Gobiernos de Argentina y de España –al menos de sus últimos Gobiernos socialistas- respecto a la reivindicación de soberanía sobre sus territorios sometidos a dominación colonial.
La inexistencia de un tratado anglo-argentino sobre las Malvinas ha hecho imposible la inclusión de una cláusula como la contenida en el Tratado Utrecht –única base jurídica para la soberanía del Reino Unido sobre el Peñón- por la que “si en algún tiempo la Corona de la Gran Bretaña le pareciera conveniente dar, vender o enajenar de cualquier forma la propiedad de la dicha ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este tratado que se dará a la Corona de España la primera opción antes que a otros para redimirla”. Esta inequívoca disposición hace jurídicamente inviable la concesión de la independencia a Gibraltar, si bien los Gobiernos británicos interpretan a su antojo el citado Tratado, aplican las cláusulas que les interesan e ignoran las que les perjudican, como la prohibición de comunicación terrestre entre el Peñón y el hinterland hispano del istmo, la mitad del cual ha sido ocupada por Gran Bretaña sin gozar de título jurídico alguno.
Pero la principal divergencia radica en la diferente actitud de los respectivos Gobiernos en relación con la reivindicación histórica de la soberanía sobre los territorios ocupados por el Reino Unido mediante el uso de la fuerza. Ello se basa en el distinto talante social de uno y otro país, como se pone claramente de manifiesto con la actitud de los pueblos de Argentina y de España hacía sus respectivas enseñas nacionales. Los argentino se sienten orgullosos de su bandera albiceleste, que suele ondear en sus domicilios. Los colegios abren cada día su actividad escolar con una solemne ceremonia en la que se iza el pabellón nacional, y es un honor para los estudiantes ser su postaestandarte –algunos de mis nietos gozaron de este privilegio durante su etapa escolar en Buenos Aires-. Cabe imaginar la que armarían los biempensantes “progres” si ocurriera algo semejante en España, donde sus ciudadanos sólo osan mostrar la bandera rojigualda en los espectáculos deportivos, salvo los nacionalistas catalanes y vascos, que bien que alardean de sus enseñas regionales.
Todos los Gobiernos argentinos han mantenido ininterrumpidamente desde 1833 la reivindicación de la recuperación de las Malvinas. Los Gobiernos españoles de la Monarquía, la República, el franquismo y la democracia también han mantenido –salvo algún que otro agujero fruto de la debilidad política del Gobierno de turno- la reclamación de la devolución de Gibraltar, hasta el infeliz advenimiento al poder de José Luis Rodríguez Zapatero. Como afirmó en 1992 el ministro de Asuntos Exteriores socialista, Francisco Fernández Ordóñez, “la reintegración del territorio de Gibraltar a España es un objetivo permanente de todos los Gobiernos españoles sobre el que están de acuerdo todas las fuerzas políticas por encima de las ideología y partidos […] Al servicio de este objetivo político irrenunciable, la estrategia del Gobierno español se puede resumir así: España ha renunciado a la violencia como medio para conseguir la descolonización de Gibraltar –que según las Naciones Unidas no puede consistir nada más que en la reintegración a España- debe conseguirse mediante negociaciones entre España y el Reino Unido”.
El también socialista Rodríguez Zapatero rompió con esta trayectoria histórica, dio protagonismo en el conflicto al “Gobierno” de Gibraltar en pie de igualdad con los signatarios del Tratado de Utrecht, y admitió que se tuvieran en cuenta a la hora de llegar a un acuerdo para la descolonización del territorio, no ya los “intereses”, sino también a las “aspiraciones” de la población gibraltareña –el 94% de la cual había apoyado la continuidad del dominio británico en un domesticado referéndum-. Pedro Sánchez ha seguido lamentablemente esta táctica entreguista y -en momentos en que España ha sumado a su bien asentada posición jurídica una situación política favorable tras el Brexit- ha dilapidad esta favorable coyuntura y llegado a un lamentable acuerdo con el Reino Unido el último día del año 2020 para aplicar los beneficios del régimen de Schengen a Gibraltar, que es sumamente favorable para los gibraltareños y perjudicial para los españoles. La UE le ha echado un cable al fortalecer la posición de España en las negociaciones que está celebrando con Gran Bretaña para firmar un Acuerdo al respecto, pero el Gobierno de Sánchez no parece dispuesto a recogerlo e insiste en su política de gratuitas concesiones a Gibraltar.
Argentina ha hecho de las Malvinas una cuestión de Estado y mantenido de forma constante e ininterrumpida su reivindicación sobre el archipiélago. El actual Gobierno español ha dejado de considerar Gibraltar como una cuestión de Estado y quebrado la irrenunciable línea reivindicadora de España. Aunque Malvinas y Gibraltar se parezcan bastante, los Gobiernos de España apenas se parecen a los de Argentina en esta cuestión.
Madrid, 12 de febrero de 2022
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