sábado, 17 de octubre de 2020

Un vicepresidente vulnerable presiona al gobierno para que controle el poder judicial

UN VICEPRESIDENTE VULNERABLE PRESIONA AL GOBIERNO PARA QUE CONTROLE EL PODER JUDICIAL El vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, es el político más falso, fatuo y prepotente que ha producido la democracia española. Bajo el síndrome “Peter Pan” de penene universitario, es una contradicción permanente, pues pretende ser al mismo tiempo Gobierno y oposición, sistema y antisistema, Convencido partidario de la ley del embudo, ha establecido un Código ético, que sólo se aplica paradójicamente a quienes no son militantes de Podemos. Así, aunque los militantes de Ps han renunciado a cualquier privilegio jurídico o material derivado de su condición de representantes y al “acogimiento a cualquier figura de aforamiento judicial”, cuando Iglesias se ha visto afectado por la propuesta del juez Manuel García Castellón al Tribunal Supremo para que lo investigue por una serie de delitos, se ha aferrado como una lapa a la roca del aforamiento, que tanto ha criticado si lo piden otros. Ante la imposibilidad de seguir la investigación en el “caso Dina” por afectar a un aforado, el instructor ha elevado al Supremo una exposición razonada para que continúe la investigación sobre Iglesias, al existir indicios razonables de que ha podido cometer los delitos de denuncia falsa, simulación de delito, revelación de secretos –con agravante de género-, producción de daños informáticos y falso testimonio. Actuación de Iglesias en el “caso Dina” La antigua asistente de Iglesias, Dina Bousselham, denunció a la policía en noviembre de 2015 el robo de su teléfono móvil. El 20 de enero de 2016, el presidente del Grupo Z, Antonio Asensio, entregó al líder de Ps la tarjeta del extraviado teléfono, cuyo contenido en perfecto estado pudo ser escuchado por éste en su presencia. Iglesias no entregó la tarjeta a su propietaria, pese a que contenía imágenes personales de carácter íntimo so pretexto de protegerla, ya que era muy joven y no podría resistir tanta presión. La retuvo durante varios meses y, cuando finalmente se la devolvió, estaba inservible. Bousselham trató de recuperar el contenido de la tarjeta a través de una empresa inglesa, pero no lo consiguió. Sin embargo, declaró ante el juez que la tarjeta que le entregó Iglesias estaba en perfectas condiciones. Asensio también entregó una copia de la tarjeta al comisario José Manuel Villarejo, quien –con fecha de 14 de abril- incluyó su contenido en sendos dispositivos informáticos, que denominó DINA-1 y DINA-2. Durante el mes de junio de 2016, el digital “OK-Diario” publicó partes del contenido de la tarjeta, incluidas las afirmaciones de Iglesias de que azotaría a la periodista Mariló Montero hasta que sangrase. “Vais a ver –pontificaba Iglesias- lo que es un macho alfa cuando acosan a alguien de su grupo…un marxista algo perverso convertido en psicópata”. Semejante aserto no casaba demasiado bien con el compromiso sumido en el Código ético de Ps de defender “una política de tolerancia cero con cualquier expresión o comentario machista”. La propia Bousselham reconoció en marzo de 2019 en sede judicial que, con anterioridad al robo de su móvil, ella misma había hecho pantallazos de algunas de las imágenes contenidas en la tarjeta a diversos miembros del partido, por lo que cualquiera de ellos podría haberlas hecho llegar a “OK-Diario”. El 3 de noviembre de 2017, el instructor de “caso Támdem” ordeno un registro en el domicilio del comisario Villarejo, en el que se encontraron los “pendrives” sobre DINA. García Castellón abrió entonces una pieza separada, que denominó “Dina”, para investigar si la policía había investigado a Ps y conspirado contra Iglesias. Como los sondeos no ofrecían buenas perspectivas a su partido en las elecciones generales de abril de 2019, Iglesias aprovechó la ocasión para tratar de mejorar la situación. Ps amplió la demanda formulada por Bousselham contra el digital e Iglesias se personó en la causa como perjudicado, alegando que el Gobierno del PP había encargado a Villarejó que publicara las controvertidas imágenes para perjudicarlo a él y, por ende, a su partido. García Castellón le reconoció el status de “perjudicado”. El jefe de los servicios jurídicos de Ps, José Manuel Calvente, advirtió a sus superiores de que la denuncia no tenía base jurídica, sino que era un montaje orquestado por Gloria Elizo y Flor Mar por instrucciones de Iglesias. No sólo no le hicieron caso, sino que Flor le acusó de acoso sexual y Calvente fue destituido. García Castellón siguió con la investigación y llegó a la conclusión de que Villarejo no había sido el autor de la filtración y de que la demanda de Ps y la personación de Iglesias eran una maniobra para mejorar las perspectivas electorales del partido, al hacerse pasar por víctimas de las “cloacas del Estado”, por lo que el 17 de junio de 2020 le retiró la condición de perjudicado. Iglesias recurrió el auto del instructor y la sala tercera de lo penal de la Audiencia Nacional, en su auto de 16 de septiembre, le devolvió la condición de perjudicado. El tribunal estimó que el juzgado carecía de competencia para investigar otras hipótesis alternativas a los hechos de la autoría y la naturaleza de los desperfectos de la tarjeta, al haber sido cometidos por personas ajenas a la organización criminal investigada -la “policía patriótica”-, por lo que deberían ser investigados por otro órgano judicial. Estimó la improcedencia de la investigación realizada por García Castellón en el marco del “caso. Dina” de la alternativa de comisión del delito por parte de los propios recurrentes. De ahí que al instructor sólo le quedaran dos opciones: tirar la toalla o elevar al Tribunal Supremo una exposición razonada para que continuara la investigación sobre Iglesias, dada su condición de aforado. Acusación a Iglesias por la supuesta comisión de varios delitos La culpabilidad política de Iglesias es más que evidente. Amén de haber contradicho la obligación de no recurrir a los aforamientos, ha incumplido asimismo el compromiso asumido en el Código ético de Ps de que los cargos públicos renunciarían a ellos, a los cargos internos o a cualquier candidatura a dichos cargos, cuando hubieran sido acusados de cometer algunos delitos o faltas de corrupción, de tipo económico, de acoso sexual o de violencia machista. El líder de Ps ha condonado la actuación delictiva de militantes como Isabel Serra –condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por atentado contra agentes públicos-, criticado acerbamente a los jueces cuando han dictado sentencias que no eran de su agrado, y tratado de condicionar la actuación de los órganos judiciales. Con el “caso Dina”, Iglesias ha batido su propio récord de interferencia en la acción de la justicia. Sin embargo, en el ámbito estrictamente jurídico, no es tan fácil probar su culpabilidad, pues –como ha observado José María de Pablo- existen problemas de procesabilidad que obstaculizan la iniciación de la acción penal, especialmente en los casos de denuncia falsa, falso testimonio o revelación de secretos. Según Melitón Cardona, hacía tiempo que no había leído un texto judicial tan contundente, bien argumentado, estructurado y correctamente redactado como el de García Castellón, que le hacía pensar que ni el Ministerio Fiscal ni los magistrados del Tribunal Supremo podrían rechazar fácilmente rechazar la solicitud presentada por el instructor,tras haber detectado indiciariamente la comisión de varios delitos. Arcadi Espada ha estimado, en cambio, que el juez no ha demostrado que Bousselham fuera el origen de la publicación de la tarjeta y que, para descartar el papel de Iglesias como víctima de una mafia policial y periodística, el auto de García Castellón era de una “corrosiva insolvencia”. El portavoz de Ps, Pablo Echenique, ha afirmado que García Castellón se ha saltado a la Audiencia Nacional y a la Fiscalía, porque contra Ps y Pablo Iglesias, vale todo. Pero la reacción más estrafalaria ha sido la de la juez y Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, que ha afirmado que el instructor se había inventado una historia contra Iglesias, y dejado en las redes sociales la siguiente perla: “Yo cada vez que veo estas barbaridades, y teniendo en cuenta lo poco que se ve de lo que está haciendo Podemos en el Gobierno, me pregunto que estarán realmente haciendo para que todos los sinvergüenzas no paren de inventar mierdas cada vez más increíbles para pararlos […] Lo de la justicia en España es una farsa/basura/chiste desde hace décadas […] Un juez es un señor que hace lo que se le pone en los huevos y punto, de forma impune, como el emérito o su hijo”. Así, Vicky hace méritos para que el Ps la presente como candidata a las elecciones del próximo CGPJ. Los comandos mafiosos y “kalebarrokeños” de Ps ya han lanzado sus improperios y amenazas de muerte contra García Castellón –como ya habían hecho con anterioridad contra Calvente-, hasta el punto de que el instructor ha tenido que pedir amparo al CGPJ. Yo creo que la resolución de García Castellón está bien fundada, aunque no sea perfecta. Ante la posibilidad de que puedan quedar impunes una serie de delitos, se ha limitado a proponer al Tribunal competente para enjuiciar a los aforados que continúe la investigación por él ha iniciada y que se ha visto truncada por la –en mi opinión- desacertada opinión de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional. Examinemos las bases jurídicas de la acusación realizada por el instructor por la posible comisión por parte de Iglesias de una serie de delitos. 1.-Denuncia falsa: Según el artículo 456-1 del Código Penal, los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal si la imputación se hiciera ante un funcionario judicial que tenga el deber de proceder a su investigación, incurrirán en el delito de acusación y denuncia falsas, y serán sancionados con penas de prisión de seis meses a dos años. Para García Castellón, Iglesias, a sabiendas del origen de las imágenes publicada en “OK-Diario” -dado que conocía el contenido de la tarjeta desde principios de 2016- instó a los servicios jurídicos de Ps a que ampliaran la denuncia inicial de Bousselham, tratando de simular falsariamente una conexión entre las imágenes publicadas y la desaparición del móvil. Este intento fraudulento y la personación de Iglesias obedecieron a una causa de estricta oportunidad política. Existe el problema de que –de conformidad con el párrafo 2 del artículo 456- sólo podrá procederse contra el denunciante falso tras sentencia firme o auto de sobreseimiento del tribunal que haya conocido de la infracción imputada y, hasta ahora, no se ha producido ni una ni otro. Por ello, aunque haya bases suficientes para enjuiciar a Iglesias, el Tribunal Supremo tendría que esperar para hacerlo a que se dictaran la sentencia o el sobreseimiento. 2.-Simulación de delito: Según el artículo 457, el que ante funcionario judicial simulare ser víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente incurrirá en simulación de delito y será castigado con multa de seis a doce meses, y esto es precisamente lo que hizo Iglesias. Pese a saber que la filtración no procedía de Villarejo sino del interior de Ps, simuló que había sido realizada por aquél a instancias del Gobierno para perjudicarle a él y a su partido, y se presentó como víctima de las torpes maniobras de las “cloacas del Estado”. Tras conocer el hallazgo en la casa del comisario de las cintas sobre Dina que contenían datos e imágenes de la tarjeta, Iglesias aprovechó la ocasión para sacar rédito de su victimización por la policía patriótica y obtener un botín electoral. Calvente describió ante el juez cómo el equipo dirigente de Ps orquestó con minuciosidad la maniobra de simulación de delito, pese a sus advertencias de que era ilegal, lo que le costó el puesto. La propia sala de lo penal de la Audiencia ha reconocido implícitamente que Villarejo no realizó la filtración, al prohibir a García Castaño que continuara la investigación, ya que los autores no pertenecían a la cuadrilla criminal dirigida por el comisario. El Tribunal Supremo debería atender la petición del instructor y completar la investigación. Aunque se trate de un delito menor que sólo lleva aparejada una multa máxima de un año, menos da una piedra y lo importante es que se produzca la condena. 3.-Revelación de secretos: El artículo 197-2 establece que quien, sin estar autorizado, se apodere o modifique, en perjuicio de terceros, datos reservados de carácter personal de otro, que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos o telemáticos, o los altere en perjuicio del titular de los datos o de un tercero, incurrirá en el delito de descubrimiento y revelación de secretos, y podrá ser castigado a pena de prisión de uno a cuatro años, que podría ser elevada a cinco años si se difundieran, revelaran o se cedieran a terceros los datos o las imágenes captados. Iglesias incurrió en estas actividades con el agravante además de “razones de género”, como actuar por motivo del sexo de la víctima –artículo 22-4-. Retuvo el móvil de Bousselham durante varios meses, sin informar de su hallazgo a la propietaria, para supuestamente protegerla. Para que el tribunal pueda actuar en este caso, sería necesaria –conforme al artículo 201-1- la denuncia de la persona agraviada. Bousselham presentó una denuncia genérica y no específica contra Iglesias, por lo que el Tribunal Supremo podría iniciar la investigación en base a esa denuncia. Ahora bien, el párrafo 3 del artículo prevé que el perdón de la persona ofendida, extinguiría la acción penal. El instructor deja al Supremo que decida sobre la posibilidad de citar a la agraviada para que manifieste si exculpa a su ofendedor y, si tal ocurriere, es harto probable que ésta lo perdonara. 4.-Daños informáticos: Es el supuesto en que está más expedita la acción judicial. Conforme al artículo 264-1, el que por cualquier medio, sin autorización y de manera grave, borrase, dañase, deteriorase o hiciese inaccesibles datos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cometerá un delito de daños informáticos. Cuando el resultado producido sea grave, podrá ser castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. Iglesias retuvo la tarjeta de Bousselham sin su conocimiento durante varios meses, en los que no hay constancia de que nadie accediera a ella. Cuando la recibió estaba en buen estado –como afirmó Asensio y reconoció el propio Iglesias- y, cuando la devolvió a su dueña, estaba inservible. Ergo, existen –a juicio de García Castellón- elementos de cargo suficientes para atribuir a Iglesias los daños sufridos por la tarjeta.. La Fiscalía Anticorrupción ha señalado que no se pueden concluir las diligencias sobre la comisión del delito, porque los informes de la policía científica no han arrojado luz sobre cómo pudo deteriorarse las tarjeta. Sin embargo, lo importante es que la tarjeta fuera dañada y el saber cómo se deterioró era secundario, si bien el Supremo podría tratar de averiguar en el curso de la investigación cómo se produjo el daño. García Castellón ha concluido que la única explicación posible para entender la inoperatividad de la tarjeta era que los daños se habían producido mientras estuvo en poder de Iglesias. 5.-Falso testimonio: Según el artículo 458-1, el testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial cometerá un delito de falso testimonio y podrá ser condenado a pena de prisión de seis meses a dos años. Esta más que probado que tanto Iglesias como Bousselham dieron versiones contradictorias y mintieron durante sus declaraciones en sede judicial. Ahora bien -como en el caso de denuncias falsas- no podrá procederse contra un autor de falso testimonio mientras no se haya dictado sentencia firme o auto de sobreseimiento, por lo -aunque haya motivos suficientes para enjuiciar a Iglesias por este delito- el Tribunal Supremo tendría que esperar hasta que se produjera el fallo o se sobresyera la causa. Por otra parte, conforme al artículo 462, quedará exento de la pena el que se retracte en tiempo y forma, y manifieste la verdad, para que surta efecto antes que se dicte la sentencia correspondiente. Queda, pues abierto este portillo para la exoneración con tal de decir digo donde antes se dijo diego. Reacciones ante la posible imputación de Iglesias Según Carlos Cue, en el Ps no dan crédito al giro judicial que ha dado un caso en el que se personaron como víctimas y han acabado como posibles imputados. El principal interesado ha tenido una reacción de soberbia luzbeliana y afirmado que, ni como mera hipótesis, admitía la posibilidad de que el Tribunal Supremo abriera una causa penal contra él, que era “intocable”, y que estaba tranquilo porque ya sabía lo que decidiría el tribunal. Que ande con cuidado no vaya a surgir algún Eliot Ness que lo enchiquere, aunque sea por un delito de menor cuantía como la simulación. Pese a sus muestras de suficiencia, Iglesias no las tiene todas consigo porque le ha visto los dientes al lobo y desconfía de los jueces, por lo que –como medida preventiva- ha forzado a Sánchez a que los grupos parlamentarios del PSOE y de Ps presenten una proposición de ley para modificar la LOPJ, con el fin de rebajar la mayoría de tres quintos para elegir a los miembros del CGJ a mayoría simple, y con el objetivo de controlar el Consejo y, en último término, el poder judicial. Con alevosía y nocturnidad, el Gobierno ha impuesto una reforma exprés, que elude el pronunciamiento preceptivo del propio CGPJ, del Consejo Fiscal y del Consejo de Estado. Aparte de implicar una ruptura del espíritu y de la letra de la Constitución, supone una monumental chapuza jurídica, pues al estar fijade en la Carta Magna la mayoría cualificada para la elección de los ocho miembros elegidos por las Cortes entre juristas, las rebajas de otoño sólo se aplicarían a los otros doce miembros elegidos entre los jueces, estableciéndose en un mismo organismo miembros de primera y de segunda clase, de conformidad con el método por el que fueron elegidos. La falta de principios y la volubilidad de Sánchez se han puesto de manifiesto con el súbito cambio de criterio con respecto a lo afirmado en un documento enviado a la Comisión Europea el pasado 28 de abril, en el que afirmaba que la exigencia de una mayoría de tres quintos para elegir a los miembros del CGPJ garantizaba, “a la par que la absoluta coherencia con el carácter general del sistema democrático, la convergencia de fuerzas políticas diversas y evita la conformación de un Consejo que responda a una mayoría parlamentaria concreta y coyuntural, reforzando su independencia frente al poder político”, ¿Qué ha provocado este giro copernicano? Pues la propuesta de García Castellón al Tribunal Supremo de investigar a Iglesias y el riesgo de imputación del vicepresidente. Consigna: Había que salvar como fuera al soldado Iglesias/Ryan y, `para ello, era preciso acogotar al poder judicial. La decisión corresponde al Tribunal Supremo y, como es de temer, la Fiscalía General -actuando como “la voz de su amo”- apoyará este intento de subordinación del poder judicial al ejecutivo, como ya ha puesto de manifiesto, como primicia, el informe del fiscal-jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, que ha estimado que no procede que el Tribunal Supremo investigue a Iglesias. La fiscal general, Dolores Delgado, se ha tenido que abstener por razones obvias y ha delegado la faena en su “sobresaliente de navajas”, quien ha encomendado el correspondiente informe a la fiscal del Supremo, Pilar Fernández Valcárcel, pero ésta –con buen criterio- ha sugerido que el informe sea elaborado conjuntamente por los ocho fiscales de sala del Tribunal, y Luis Navajas –ya suficientemente desprestigiado por su informe en contra de tramitar las demandas contra el Gobierno por su gestión de la pandemia del Covid-19, ha tenido que transigir, lo que abre vía a que se elabore un informe jurídico y no político. Como ha editorializado “ABC”, se trata de la primera fase de de un asalto fraudulento al poder judicial, una maniobra “made in Moncloa” –Iván Redondo- para avanzar en la resolución de la “crisis constituyente” –Juan Carlos Campo-. De un plumazo se eliminaría de la ecuación a la mitad de las Cortes y el Gobierno asumiría el control absoluto de los nombramiento judiciales, en una operación de derribo de la judicatura independiente, al imponer una mayoría inventada que permita al presidente Sánchez nombrar a jueces a su conveniencia, como en Venezuela o –añado yo- en Cataluña con la Ley de 2017 de transitoriedad jurídica y fundacional de la República. Olvida que, durante un Gobierno socialista, se prolongó el mandato del CGPJ cerca de dos años, y que, en 2008, se inventó la “enmienda Casas”, que permitió a esta profesora mantenerse durante siete años en la presidencia del Tribunal Constitucional –en vez de los tres que le correspondían-, en un momento crítico en el que se debatía en el tribunal la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña.. “Es un golpe en la nuca de la justicia –concluye- para controlar a capricho los tribunales, pero sobre todo la prostitución ideológica de un sistema creado para que nadie se adueñara de los jueces”. Las tres principales asociaciones judiciales –Profesional de la Magistratura, Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente- han criticado en una declaración conjunta la iniciativa del Gobierno, que ahonda en la politización del CGPJ y se aleja der los estándares de independencia que son exigibles conforme al principio de separación de poderes que caracteriza a un Estado de Derecho. Sánchez y su Gobierno han apoyado plenamente a Iglesias. Cabe, no obstante, señalar que a la sesión del Congreso en la que se presentó la propuesta de reforma no asistió ninguno de los tres ministros que son jueces de profesión. No sé si es casualidad o vergüenza propia. La ola de críticas ha llegado hasta Europa, pues Sánchez ha tenido la torpeza de anunciar la reforma en vísperas de que el Consejo Europeo dé luz verde al Fondo de Recuperación y Resiliencia, que se encuentra políticamente paralizado por la exigencia de los países del norte de que Polonia y Hungría respeten la independencia judicial. Mas, -como ha preguntado el viceministro polaco de Asuntos Exteriores, Pavel Jablondki-, si la UE condena a Polonia por elegir al poder judicial por una mayoría de tres quintos del Parlamento, ¿qué hará si en España se nombra a los miembros de CGPJ por la mitad más uno?. El Gobierno de Sánchez tendrá ahora que apoyar las posiciones intervencionistas de Polonia y de Hungría en la justicia para justificar los cambios que ahora propone .La Comisión ha expresado su preocupación y ha sacado a España una tarjeta amarilla de advertencia. El portavoz de Justicia ha señalado que la Comisión está al corriente del nuevo proyecto legislativo y lo sigue de cerca, y recordado que hay que reducir la la influencia de los poderes legislativo y ejecutivo sobre el judicial y que es importante que, antes de realizar cualquier reforma, se consulte a todos los actores relevantes. Pablo Casado ha enviado un escrito a la Comisión en la que le pide que evalúe el proyecto de reforma, que considera va contra la independencia judicial. Otra consecuencia nefasta de la cacicada de Sánchez es su posible incidencia negativa en la concesión de ayuda a España, pues –como ha observado Luis Garicano- “la reforma del CGPJ pone en peligro que España reciba los €140.000 de la UE”, y –como ha advertido Esteban González Pons, “con el fondo de recuperación en juego, es suicida no medir la consecuencia de los actos”. Aunque Sánchez se ha dado por enterado del aviso a navegantes y se ha mostrado dispuesto a negociar con el PP, no acepta que se excluya a Ps de la negociación, lo que hará difícil llegar a un acuerdo. La investigación inacabada de García Castelló ha puesto de manifiesto que hay indicios racionales de que Iglesias ha podido cometer varios delitos. Es de esperar que –a pesar de las presiones desde el Gobierno- el Tribunal Supremo, asuma la investigación sobre el aforado y solicite a las Cortes el debido suplicatorio para procesarlo. Cabe, no obstante, la posibilidad de que -dada su composición y la solidaridad del Gobierno Frankenstein y sus aliados- el Parlamento se niegue a concederlo. Sería ir demasiado lejos, pero es, lamentablemente, una alternativa que no cabe descartar. Es esencial que el Supremo condene a Iglesias –aunque se por el menor de los delitos- para que podamos librarnos de un grave escollo para el desarrollo de la democracia en España. Madrid, 16 de octubre de 2020

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