lunes, 14 de mayo de 2012

¡Alto a la impunidad argentina!

¡ALTO A LA IMPUNIDAD ARGENTINA! (8-V-12)




Al igual que el Senado, la Cámara de Diputados de Argentina aprobó el día 3, por abrumadora mayoría, la ley que permite la expropiación de un 51% de las acciones que REPSOL posee en YPF, con lo que se cierra el ciclo jurídico interno del expolio de la empresa española. El Gobierno argentino no ha respetado las disposiciones nacionales ni las normas del Derecho Internacional en la materia, por lo que –en vez de expropiación- se ha producido un caso flagrante de confiscación.



Peligro de mimetismo ante la impunidad



Los malos ejemplos cunden y el Presidente de Bolivia, Evo Morales, emulando a su vecina, decidió el 1 de Mayo, de forma sorpresiva, expropiar las acciones de Red Eléctrica Internacional, filial de la empresa española REE, en parte de propiedad estatal. Aunque el punto de partida sea el mismo –nacionalización por decreto de las acciones de una empresa extranjera en contra de las normas sobre comercio internacional, so pretexto de insuficiente inversión-, existen diferencias entre ambos casos. La expropiación boliviana parece atenerse a las disposiciones nacionales y a las normas internacionales previstas en el Acuerdo hispano-boliviano de promoción y protección recíproca de inversiones, de 29 de Octubre de 2001 –que, por cierto, fue denunciado a primeros de año por Bolivia-, pues no ha sido discriminatoria y el Presidente Morales ha reconocido las inversiones de REE y prometido pagarle una adecuada indemnización. Esperemos, pues, que no acabe en una confiscación.



REPSOL tiene abierta la vía del arbitraje ante el Centro Internacional sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. La actuación del Gobierno argentino ha sido tan claramente ilegal, que resulta harto probable que la empresa –si se decide a recurrir- obtenga un laudo favorable. El problema es que ello llevará bastante tiempo, el CIADI suele conceder indemnizaciones más bien bajas y, aún así, el Gobierno argentino incumple habitualmente sus decisiones. Esta actitud trasgresora afecta no sólo a España, sino también a muchos otros países como Estados Unidos. Así, en 2005 y en 2006, el Centro condenó a Argentina –que ha sido demandada en 49 ocasiones- a pagar $133 y 165 millones por las expropiaciones de las empresas CMS Gas y Azurix respectivamente, pero el laudo no ha sido todavía ejecutado y el Gobierno norteamericano ha retirado al país austral el beneficio de las preferencias generalizadas.



España está en una situación delicada en el conflicto al ser el primer inversor en Argentina -más de €23.000 millones- y haber más de 400 empresas españolas operando en el país. Existe el riesgo de que Cristina Fernández siga su demagógica “huida hacia delante” y, tras RESPSOL, le toque el turno a Endesa, Gas Natural, Telefónica, Banco Santander o BBVA. De ahí que el Gobierno se haya visto obligado a reaccionar con cautela y mesura. El Profesor Jiménez Piernas le ha sugerido que adopte una aproximación fría y pragmática, y evite a toda costa excesos patrióticos similares a los de la clase política argentina, y ha auspiciado la negociación entre RESPSOL y el Gobierno argentino con vista a lograr una transacción mutuamente satisfactoria. Como la Sra Kirchner no va a dar marcha atrás en la expropiación, el Gobierno español debe presionar diplomáticamente para que se llegue a un acuerdo que ofrezca a REPSOL- que reclama €8.000 millones por sus acciones- una indemnización justa y adecuada.



Asimismo debe dejar claro al Gobierno argentino que no puede seguir violando impunemente las normas del Derecho Internacional relativas a las inversiones y al comercio. Ha de huir de acciones unilaterales y encuadrar su actuación en el marco comunitario, haciendo ver a la UE que no se trata de un conflicto bilateral hispano-argentino, sino de un problema de seguridad jurídica global que afecta a todos los Estados miembros y a sus empresas. De conformidad con el artículo107 del TFUE, las inversiones europeas en terceros Estados son un elemento fundamental de la política comercial de la Unión y forman parte intrínseca de su acción exterior. El Tratado de Lisboa, a su vez, ha atribuido a la UE la competencia en materia de protección de inversiones, por lo que la Unión deberá hacer frente a sus responsabilidades.



Reacción favorable de la UE



Hasta ahora, la UE ha reaccionado bien, aunque sin excesivo entusiasmo. La Alta Representante de la Comisión, Catherine Ashton, condenó la acción del Gobierno argentino y canceló la prevista reunión de la Comisión Mixta de Cooperación UE-Argentina. El Comisario de Comercio, Karel de Gucht, envió una carta al Ministro argentino de Asuntos Exteriores, Héctor Timerman, en la que le indicaba que la expropiación de REPSOL enviaba una señal muy negativa a los inversores internacionales, se añadía a la “creciente lista de decisiones problemáticas adoptadas últimamente en materia de comercio e inversiones”- incompatibles con las normas de la OMC-, y era inconsistente con el espíritu de la negociación del Acuerdo de Asociación entre la Unión y MERCOSUR. Hacía un llamamiento a una solución negociada y al respeto de los compromisos internacionales, y advertía que la UE mantenía abierta todas las opciones para hacer frente al asunto en los ámbitos bilaterales y multilaterales.



La postura más firme ha sido adoptada por el Parlamento Europeo, que –en su resolución de 19 de Abril- condenó la decisión argentina por arbitraria, discriminatoria y atentatoria al ejercicio de la libre empresa y al principio de seguridad jurídica, solicitó al Consejo y a la Comisión que intervinieran ante las autoridades argentinas en defensa del interés comunitario, y les instó a que adoptaran cuantas medidas fueran necesarias para evitar que se reprodujeran estas situaciones,”incluida la posibilidad de una suspensión parcial de las preferencias arancelarias unilaterales”. Les pidió asimismo que colaboraran con sus socios en foros internacionales, como el G-20 y la OMC, para “lograr un consenso de oposición” a las medidas del Gobierno argentino.



Argentina no ha sido insensible a estas críticas y, en su respuesta a de Gucht, Timerman –aún calificando de inadmisible que una decisión soberana sobre una multinacional fuera utilizada en foros multilaterales para condenar la política de desarrollo de su Gobierno- se ha comprometido, por primera vez, a compensar a REPSOL en el marco de la normativa argentina y del Acuerdo con España de 1991.



Conclusión



España y la UE han de mantener una posición firme e inequívoca ante las arbitrariedades de Argentina y no tolerar la impunidad de su conducta, para impedir que su mal ejemplo -seguido por Bolivia- se extienda a otros países problemáticos de la región como Venezuela o Ecuador. La UE debe proponer que la OMC abra un panel de prácticas desleales que aborde conjuntamente las denuncias presentadas por 41 países contra Argentina, excluirla del previsto Acuerdo con MERCOSUR, y revocarle el régimen de preferencias arancelarias. Ha de procurar que las empresas de sus Estados miembros no inviertan financiera, industrial o tecnológicamente en la explotación y desarrollo de los yacimientos de Argentina, mientras su Gobierno no garantice la seguridad jurídica de las inversiones, de modo que el país -sumido en el populismo y la autarquía- se cueza en su propia salsa petrolífera. Las empresas españolas, a su vez, deberán sopesar la conveniencia de ir retirando gradualmente sus inversiones de un escenario jurídicamente inseguro y políticamente hostil.

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