domingo, 13 de marzo de 2016

El éxodo de refugiados aumenta la crisis moral de la UE

EL ÉXODO DE REFUGIADOS A EUROPA AUMENTA LA CRISIS MORAL DE LA UNIÓN EUROPEA La Unión Europea (UE) ha seguido en los últimos años una política errática sobre materia de refugiados y derecho de asilo, firme en los principios y normas en la materia, pero laxa en su cumplimiento. El pasado 7 de Marzo se hizo público el increíble pre-acuerdo entre la UE y Turquía para supuestamente resolver el grave problema planteado por el aflujo creciente a la Unión de un sinfín de refugiados. En 2015 llegaron a las costas europeas más de un millón de refugiados y, en lo que va de año, 140.000 más, el 88% de los cuales procedían de Siria y -en menor medida- de Irak y Afganistán, territorios inmersos en prolongados conflictos armados y guerras civiles. Como ha señalado el periódico “El Mundo” en un editorial, la crisis de refugiados está enfrentando a la UE con sus propias debilidades y contradicciones. El principio de acuerdo al que han llegado los socios comunitarios con Turquía es el reconocimiento explícito de la incapacidad europea para encontrar una solución a un problema político y humanitario ante el que la Unión se muestra “impotente, paralizada y dividida”. Normativa internacional sobre refugiados El instrumento internacional básico sobre el tema es la Convención de Ginebra de 1951 sobre Estatuto de los Refugiados, complementado por el Protocolo de Nueva York de 1967. La Convención reconoce como refugiados a las personas que -por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política- se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o no quieran acogerse a la protección de ese país, o que –careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes hubieran tenido su residencia habitual, no puedan o quieran regresar a él . Prevé que el Estado al que arriban no podrá expulsarlos al país de donde procedan. Los Estado Partes se comprometen a no devolver o expulsar a un refugiad a un país donde su vida o su libertad peligren. Todos o algunos de los Estados miembros de la UE han firmado tratados internacionales en la materia, como el Acuerdo de Schengen y su Convenio de aplicación de 1985, relativos a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, o el Convenio de Dublín de 1990 para la determinación del Estado responsable de examinar las demandas de asilo presentadas en un Estado miembro. Conforme al primero, los Estados Partes se comprometen a examinar cualquier solicitud de asilo presentada por un extranjero en el territorio de cualquiera de los Estados miembros y, si el solicitante hubiera entrado ilegalmente, deberá hacerlo el Estado por cuya frontera aquél hubiera entrado en el “espacio Schengen”. Por el segundo, las demandas de asilo deberán ser presentadas en la frontera del primer Estado miembro de la UE al que los refugiados accedan, el cual deberá decidir sobre la solicitud, lo que ha provocado la proliferación de precarios campos de refugiados en la periferia de Europa. En caso de que el demandante se trasladara a otro Estado, éste deberá transferirlo al Estado comunitario al que accedió por primera vez, salvo que –como ha declarado el Tribunal de Justicia de la UE- dicho Estado diera a los refugiados un trato degradante o inhumano. La UE ha creado un Sistema Unificado de Documentación (EURODAC) para que los Estados miembros intercambien información sobre los refugiados. Este criterio ha sido criticado especialmente por los demandante de asilo que en numerosas ocasiones no están interesados en recibir asilo en el país al que se han visto obligados a acceder. Muchos de ellos recurren a la denominada “compra del derecho de asilo”, para escoger el Estado del que esperan recibir mejor trato como Alemania. Normativa de la UE El Consejo Europeo ha adoptado diversas disposiciones para regular el problema de los refugiados. En la cumbre de Tampere de 1999, decidió crear un sistema europeo común de asilo basado en la Convención de Ginebra de 1951 –piedra angular del régimen jurídico internacional de protección a los refugiados-, con el fin de establecer un espacio de libertad, seguridad y justicia, abierto a los que, impulsados por las circunstancias, busquen legítimamente protección, y un régimen capaz de responder de forma solidaria a las necesidades de tipo humanitario. Reiteró la importancia de que la UE y su Estados miembros concedieran respeto absoluto al derecho de solicitar asilo y garantizaran el principio de no devolución a un país en el que el solicitante sufriera persecución. Instó a que se lograra un acuerdo para la protección temporal de las personas desplazadas, basado en la solidaridad de los Estados miembros. En 2004 adoptó la directiva 2004/83 que establecíó normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o de apátridas como refugiados. Según reconoce en su Preámbulo, la disposición respeta los derechos fundamentales, observa los principios reconocidos en la Carta de Derechos Humanos Fundamentales de la UE y tiene por fin garantizar el pleno respeto de la dignidad humana y el derecho de asilo de los solicitantes del mismo y de sus familiares acompañantes. Reconoce la condición de refugiados a toda persona que -debido a fundados temores a ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un determinado grupo social- se encuentre fuera del país de su nacionalidad y, a causa de esos temores, no pueda o no quiera acogerse a la protección de dicho país, y no esté incurso en causas de exclusión, denegación o revocación del asilo. Quedan excluidas las personas que hubieran cometido delitos contra la paz, de guerra o de lesa humanidad u otros delitos grave o realizado actos contra los principios de la ONU, o que constituyan un peligro para la seguridad interior o exterior del Estado de acogida. La directiva incluye el supuesto de “protección subsidiaria”, que se dispensa a los extranjeros o apátridas que –sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidos como refugiados- se enfrenten a un riesgo real de sufrir graves daños en caso de regresar a sus países de origen. Tales daños pueden ser los derivados de una condena a pena de muerte, de torturas o tratos degradantes, o de amenazas graves contra la vida o integridad de civiles, motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno. La evaluación de la solicitud de asilo o de protección deberá efectuarse de manera individual. Pese a las bellas palabras consagradas en los textos comunitarios, los Estados miembros de la UE no han establecido un política común en materia de emigración y asilo y, ante el éxodo de refugiados a Europa, han actuado de forma unilateral e insolidaria, en función de sus intereses egoístas. Para paliar la situación, la Comisión Europea estableció un Plan de Acogida, que fue aceptado por la mayoría del Consejo, con la radical oposición de Hungría y de Eslovaquia, que ha denunciado el sistema de cuotas obligatorias ante el Tribunal de Justicia de la UE. En Mayo del pasado año acordó reubicar a 40.000 personas procedentes de Grecia e Italia y dar asilo a 20.000 más y, en Septiembre, elevó la cifra a 160.000 personas, de las que sólo 885 han encontrado refugio en Estados miembros de la Unión, 18 de ellos en España. Éstos, no sólo se han negado a aceptar el Plan o han arrastrado los pies a la hora de llevarlo a cabo, sino que muchos de ellos han tomado medidas unilaterales en violación de las normas internacionales y comunitarias. Así, Hungría, Eslovaquia, Croacia y Austria han establecido controles fronterizos y construido vallas para impedir el paso de refugiados; Hungría, Eslovenia, Eslovaquia y Polonia se han negado a acoger a refugiados musulmanes; varios Estados han fijado ridículas cuotas de acceso a sus respectivos territorios; la liberal Dinamarca h adoptado leyes que permiten incautar los bienes de los refugiados…¿Qué ha quedado de la Europa de tradición judeo-cristiana, la Europa del humanismo cristiano defendido por Emmanuel Mounier, Jacques Maritain o Pierre Teilhard de Chardin, que inspiró a los padres fundadores de la CEE: Monnet, Schumann, Adenauer o De Gasperi?. Como ha observado con crudeza Antonio Lucas, Europa se exhibe como una propiedad privada en la que pisarla sin permiso constituye delito. La UE no quiere más gente de fuera, más pobres, más delincuentes. No se pueden regalar así como así los beneficiosa de haber nacido en el primer mundo, No es lo mismo andar por la vida con papeles que sin ellos. “Resulta vergonzosa esta nueva querella local”. Pre-acuerdo entre la UE y Turquía La afluencia de refugiados a Europa no cesa y ha aumentado tras los bombardeos de la Federación Rusa y de la aviación siria sobre objetivos civiles rebeldes en zonas no ocupadas por el Estado Islámico (EI). Frente a la tacañería y la insolidaridad de muchos Estados comunitarios, la Canciller Ángela Merkel ha dado muestras de generosidad adoptando una actitud favorable a la acogida de refugiados, pero ha sido objeto de duras críticas desde dentro de su propio partido. Ante el empeoramiento de la situación y el aumento del sentimiento anti-refugiados en Alemania y la proximidad de elecciones regionales, la “dama de hierro” ha puesto sordina a su hasta ahora ejemplar actitud y ha recurrido a Rezep Erdogan para que Turquía le saque las castañas del fuego a la UE, prometiéndole el oro -€6.000 millones, por el momento- y el moro –supresión de visados a los ciudadanos turcos y reactivación de las negociaciones para el ingreso de Turquía en la Unión-. En connivencia con el Presidente de la Comisión, Jean-Claude Juncker, y del Presidente de la UE en ejercicio, el holandés Mark Rutte, llegó el 7 de Marzo con el Primer Ministro turco Ahmet Davutoglu a un principio de acuerdo, que ha calificado de “salto cualitativo positivo” y que fue respaldado unos días más tarde por el Consejo Europeo, pese a las serias objeciones jurídicas de su texto y de las severas críticas de la Organizaciones Internacionales y de ONGs humanitarias. No conozco el texto del pre-acuerdo, pero –según los medios de comunicación- Turquía acogerá a partir de ahora en su territorio, sin efectos retroactivos, a los “migrantes irregulares” expulsados de la UE, ya sean refugiados por motivos políticos o emigrantes económicos. Por cada refugiado repatriado a Turquía, los Estados miembros de la Unión acogerán a un ciudadano sirio refugiado en dicho país. Erdogan ha trapicheado con el sufrimiento de los refugiados y se ha dejado comprar por una mercantilista UE, que cree que todo se arregla con dinero y prescinde de sus principios. Turquía recibirá €6.000 millones para costear los campamentos de refugiados –mas de 3 millones- y la protección de sus fronteras. A mi juicio, este acuerdo viola las normas de Derecho Internacional –especialmente la Convención de Ginebra de 1951- y de Derecho Comunitario –especialmente la directiva 2004/83-, porque los demandantes de asilo tienen derecho a una admisión temporal en el Estado de acogida y no pueden ser expulsado de él hasta que dicho Estado no haya decidido sobre la solicitud de asilo, y las peticiones deberán ser evaluadas de forma individualizada. Según el Protocolo nº 4 del Convenio Europeo de 1950 para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1993, “quedan prohibidas las expulsiones colectivas de extranjeros”. Con el inexplicable pre-acuerdo turco-comunitario, la persona individual se diluye en el magma colectivo de la categoría de “migrantes irregulares”, en desprecio flagrante del humanismo, cristiano o no cristiano. Como ha señalado el responsable de Relaciones Externas de “Médicos sin Fronteras”, Carlos Ugarte, este burdo acuerdo reduce las personas a meros números, negándoles un trato humano y desechando su derecho a buscar protección. A cristiano-demócratas como Jean-Claude Juncker o Ángela Merkel, y a quiees han cocinado este esperpento jurídico y ético se les debería caer la cara de vergüenza. ¿Es Turquía un país seguro? A falta de mejores argumentos jurídicos, Juncker ha mantenido que Turquía es un “país seguro”. El diputado del partido pro-kurdo HDP, Faysal Sariyildiz, ha afirmado que la UE debería explicar con qué criterio aplica a Tuquía semejante calificativo. Estamos siendo testigos de ataques del Ejército turco sobre numerosas poblaciones de la región kurda con artillería y tanques, y son centenares los desplazados por este conflicto. “Nunca antes en este país hemos sufrido tal falta de seguridad”. El co-Presidente del HDP, Selahattin Demirtas, ha advertido con cierta sorna a la UE de que “si esta guerra continúa, tendréis refugiados de Turquía en Europa. Según la Fundación Turca de Derechos Humanos, desde que se rompieron el pasado Junio las negociaciones de paz entre el Gobierno turco y las milicias del PKK han muerto más de 200 civiles. A ello hay que sumar los conflictos del Gobierno turco con las milicias kurdas de Siria –que están colaborando activa y eficazmente con la Coalición Internacional liderada por Estados Unidos en la lucha contra el EI-, que le ha llevado a bombardear las posiciones de éstas en territorio sirio. ¿Qué seguridad puede tener un sirio de origen kurdo repatriado contra su voluntad de Grecia a Turquía?...Como ha advertido Amnistía Internacional, el Gobierno turco ha devuelto forzosamente refugiados a Siria. Turquía se encuentra además en la diana del terrorismo del EI, que ha realizado últimamente diversos atentados con coches-bomba en varias ciudades turcas. En el plano interno también es cuestionable la seguridad de los ciudadanos residentes en Turquía. La deriva autocrática de Erdogan ha llevado a la restricción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y provocado la encarcelación injustificada de activistas políticos y de periodistas. También el creciente proceso de islamización iniciado por Erdogan ha provocado situaciones e discriminación contra los no musulmanes y cabe recordar que muchos de los refugiados son cristianos iraquíes y sirios que huyen de las atrocidades del EI. El acuerdo no aporta una solución, pues, mientras no se acabe con los conflictos armados en Siria y en Irak y se doblegue al EI, miles de personas seguirán huyendo de las bombas, sean sirias, rusas, norteamericanas o islámicas. Por otra parte, el acuerdo sólo prevé la reubicación por la UE de los nacionales sirios, por lo que los refugiados de otras nacionalidades –especialmente iraquíes y afganos- quedarán en un limbo legal. Con una celeridad digna de mejor causa, las autoridades griegas expulsaron el día 10 a Turquía 81 refugiados procedentes de Pakistán, Marruecos, Argelia y Túnez. Establecimiento de rutas alternativas En caso de que se produjera el cierre de la “ruta de los Balcanes” que persigue el pre-acuerdo, la afluencia de refugiados a Europa no cesaría necesariamente porque se trasladaría a otros lugares. El joven refugiado afgano, Gulwali Passarlay -finalmente asentado en Gran Bretaña tras múltiples peripecias y penalidades- ha descrito de forma dramática su periplo hacia la libertad en su libro “The Lightless Sky” –“El cielo sin luz”-. En él afirma que la gente está tan desesperada, que está dispuesta a pagar lo poco que tiene para escapar. Si hubiera otra manera de de salir, si Europa aceptara más refugiados, no necesitarían pagar a los contrabandistas. Y, si Europa intentara de verdad encontrar una solución diplomática y pacífica para poner fin a todas las guerras en Oriente Medio “eso también ayudaría”. Los refugiados están pagando un precio muy alto por los intereses geopolíticos de otros. “¡Ojalá la gente en Europa entienda que nuestro deber moral es tratar a los que huyen de los conflictos con dignidad y respeto!.¡No perdamos nunca nuestra humanidad!”. Passarlay tiene en gran medida razón, aunque no es justo echarle la culpa sólo a Europa. Tanta o más culpa tienen los países y pueblos de Medio Oriente –especialmente Afganistán, Siria, Irak, Irán y Arabia Saudita-, Estados Unidos y la Federación de Rusia. Esta última -amén de tratar de preservar lógicamente sus intereses estratégicos, políticos y económicos en Siria- está utilizando el conflicto civil serio como baza para presionar a Occidente con el fin de recuperar su estatuto político de gran potencia en un mundo multipolar y de mejorar su situación económica, seriamente dañada por las sanciones occidentales tras su intervención en Ucrania y por el desplome de los precios del petróleo y del gas. Cuando la olla está a plena presión, el vapor, si no se escapa por un lado, lo hace por otro. El pre-acuerdo con Turquía puede tener efectos secundarios no deseados y producir daños colaterales a terceros. Las poderosas mafias de traficantes de personas –turcas, balcánicas e italianas- ya están planeando rutas alternativas: Hacia Finlandia a través de Rusia hacia, a Italia desde Albania, Libia –reavivando la ruta hacia Lampedusa actualmente en declive- o directamente desde Turquía o Chipre por vía marítima, y a España desde el Norte de África, lo preocupa a los Gobierno español e italiano. Así, el Ministro del Interior, Jorge Fernández-Díaz, ha señalado a la Comisión Europea que, si bien el acuerdo “es una buena noticia” (¿?), había que tener mucho cuidado porque cualquier acción unilateral o relajación de los protocolos podría llevar a que decenas de miles de personas traten de, tras el cierre de la ruta del Mediterráneo Oriental, entrar en Europa por el Occidental, a través de España o de Italia. Actitud de España La normativa española es la materia se encuentra en la Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, que sustituyó a la Ley 5/1984, para tener en cuentas las innovaciones introducidas por las normas comunitarias, en especial la directiva 2004/83 sobre normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento de extranjeros y apátridas como refugiados, la 2003/86 sobre el derecho a la reagrupación familiar y la 2005/85 sobre normas mínimas para que los Estados concedan o retiren la condición de refugiado. La Ley española sigue casi al pie de la letra la directiva 2004/83, aunque introduce algunas novedades –como la inclusión entre las personas con derecho a ser reconocidas como refugiados de los miembros de un grupo “de género y orientación sexual”. Recoge las reglas básicas de que la concesión del asilo o de la protección subsidiaria obliga a la no devolución ni expulsión de las personas a las que se les haya reconocido, que la presentación de la solicitud conlleva la valoración de las circunstancias justificativas del reconocimiento de la condición de refugiado y la concesión de protección subsidiaria, y que el solicitante no podrá ser objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que no se haya resuelto su solicitud. Una vez presentada ésta, el solicitante tendrá derecho a documentación, asistencia jurídica gratuita e intérprete; a autorización de residencia y a permiso de trabajo; a la comunicación de su solicitud a la ACNUR; a la suspensión de cualquier proceso en curso de devolución, expulsión o extradición; al conocimiento del contenido de su expediente; y a asistencia sanitaria y percepción de prestaciones sociales específicas. Si careciera de recursos económicos, se le facilitarán los servicios sociales necesarios para la satisfacción de sus necesidades básicas. Desde el punto de vista jurídico, España es parte en la Convención de Ginebra de 1951, del Acuerdo de Schengen de 1985, del Convenio de Dublín de 1990 y del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950 y de su Protocolo de 1993, y debe cumplir por ende con sus disposiciones, y como miembro de la UE está obligada por sus directivas y sus declaraciones. Por consiguiente, en caso de endosar el pre-acuerdo, violaría normas de Derecho Internacional, directivas comunitarias y sus propias leyes. Desde el punto de vista ético, incumpliría las normas del Derecho Internacional, General y Humanitario, y normas comunitarias como la Declaración de Tempere, que consagra solemnemente principios como la seguridad jurídica, la protección de los más débiles, la solidaridad o el bien común. En consecuencia, el pre-acuerdo está jurídicamente infundado y es éticamente reprobable. El Gobierno español debería reflexionar sobre el tema y rectificar, para lo que aún está a tiempo pues el Consejo no tomará una decisión hasta su reunión de mañana. Me reconforta saber que algunos grupos parlamentarios -como el socialista- hayan expresado su oposición al pre-acuerdo y que la Vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría haya afirmado que el Gobierno en funciones buscará el consenso de las Cortes al respecto y que, de no conseguirlo, España no lo apoyaría. En cualquier caso, la UE ha dado una prueba más de la crisis de valores por la que atraviesa al haber dado la espalda a los principios fundamentales sobre los que los padres fundadores construyeron la Unión. Madrid, 13 de Marzo de 2016

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