domingo, 5 de abril de 2020

Marruecos dispone a su antojo de las aguas saharianas


85.-MARRUECOS DISPONE  A SU A NTOJO DE LAS AGUAS SAHARIANAS

            Ha culminado el proceso legislativo para la adopción por parte de Marruecos de sendas leyes que fijan las líneas de base y la extensión de su  mar territorial, su zona económica exclusiva (ZEE) y su plataforma continental, desde Uxda, en la frontera con Argelia, hasta La Güera, en la frontera del Sáhara Occidental con Mauritania.  Las Leyes 37/17 y 38/17 fueron aprobadas por unanimidad por la Cámara de Representantes en enero y por la Cámara de Consejeros en febrero, firmadas por el Presidente del Gobierno el 20 de marzo y publicadas en la Gaceta Oficial marroquí  el 30 de ese mes.

Nueva regulación de los espacios marítimos de Marruecos

            La Ley 37/17 completa el Dahir 1.73.213, de 1973 sobre el mar territorial, estableciendo las líneas de base a partir de las cuales se mide éste, hasta una extensión de 12 millas. La Ley 38/17 complementa la Ley 1/81 sobre ZEE y Plataforma Continental, confirmando el límite de la primera en 200 millas y estableciendo el de la segunda en hasta 350 millas. La Ley modifica los criterios en materia de delimitación de los espacios marítimos con los países vecinos, sustituyendo la equidistancia por la equidad, “de acuerdo con los artículos 74 y 83 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”. Esta norma servirá de base para la delimitación de estos espacios en el Océanos Atlántico con España, Portugal y Mauritania.

            Se ha producido en parte de la prensa española una injustificada reacción de preocupación y de rechazo similares a los que tuvo lugar en enero, tras la aprobación por la Cámara de Representantes de los respectivos proyectos de ley. Así, “ABC” ha titulado “Marruecos hace oficial su nueva delimitación marítima en aguas españolas: Las dos leyes han suscitado una gran preocupación en España por los eventuales solapamientos en el espacio marítimo español que supondría”. Según el diario digital  20 minutos.es”, Marruecos ha hecho oficial la extensión de sus espacios marítimos hacia aguas españolas y se atribuye aguas pertenecientes a Canarias. Para “Europapress”, esta decisión ha provocado honda preocupación en España, especialmente en las Islas Canarias, porque la ZEE declarada se solapa con la española en esa zona. “El Español” ha estimado que, con esta ampliación, Marruecos se apodera del Monte Tropic, una elevación submarina situada al sur de las Isla del Hierro.

Lo afirmado por “ABC” y por los otros periódicos citados está lleno de inexactitudes, pues –como ya expuse el pasado 24 de enero en mi artículo sobre “Expansionismo marroquí a las aguas saharianas”-, no se trata de leyes de delimitación, sino de fijación de los límites de los espacios marítimos de Marruecos –incluidos los correspondientes al Sáhara Occidental-; una cosa es la fijación de los espacios marítimos nacionales, que es un acto unilateral, y otra distinta su delimitación, que es un acto bilateral; la decisión no afecta directamente a las aguas españolas; no se producen solapamientos que no se hubieran producido ya con anterioridad; no hay motivos para la preocupación, salvo en lo relativo al apoderamiento por Marruecos de las aguas saharianas sobre las que no tiene derecho alguno; y, respecto a la extensión de la plataforma continental hasta 350 millas, Marruecos se ha limitado a indicar su intención de solicitar la autorización para la ampliación a la Comisión de Límites de la ONU sobre la Plataforma Continental

            La Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Arancha González, ha tratado de tranquilizar a la opinión pública y afirmado que su Ministerio ya conocía la nueva legislación y no había nada nuevo en ella, y ha señalado que “España y Marruecos están de acuerdo en que la delimitación marítima exigirá resolver el eventual solapamiento de espacios de mutuo acuerdo y conforme al Derecho Internacional”. La Ministra no ha estado demasiado fina con esa observación, porque esa eventualidad ya se ha producido desde 1982. Las negociaciones hispano-marroquíes de delimitación de la ZEE y de la plataforma continental en el Océano Atlántico quedaron interrumpidas tras el punto muerto al que se llegó ante la disparidad de posiciones existentes sobre el criterio delimitador: equidistancia o principios equitativos.

Apropiación por Marruecos de las aguas del Sáhara Occidental

            La adopción de estas leyes no van directamente contra España, aunque si  indirectamente, porque afectan a una antigua colonia/provincia/territorio no autónomo del que sigue siendo jurídicamente responsable de conformidad con el Derecho Internacional. El problema radica en que España abandonó a los saharauis a su sino de forma unilateral en 1975, entregó el territorio del Sáhara Occidental a Marruecos y a Mauritania por el Acuerdo de Madrid y se lavó las manos como Pilatos. Este abandono de su responsabilidad internacional no fue aceptado por Naciones Unidas, que sigue considerando a España como la potencia administradora “de iure” del territorio, aunque haya dejado de serlo “de facto”. Como afirmó en 2002 el Subsecretario General de la ONU para Asuntos Jurídicos, Hans Corell, “el Acuerdo de Madrid no transfirió  la soberanía sobre el territorio, ni confirió a ninguno de los signatarios la condición de  potencia administradora, condición que España, por sí sola, no podía haber transferido. La transferencia de la administración sobre el territorio a Marruecos y a Mauritania en 1975 no afectó a la condición internacional del Sáhara Occidental como territorio no autónomo”. Sin embargo, esto es justamente lo que ha hecho Marruecos con sus nuevas leyes, al afirmar su soberanía sobre las aguas saharianas. Como ha observado el Ministro de Asuntos Exteriores, Nasser Burita, estas leyes constituyen un pilar esencial para la consolidación de la soberanía marroquí sobre sus espacios marítimos y el restablecimiento de su soberanía sobre todos sus territorios ocupados. “La soberanía no tiene ya que ser demostrada”.

 Rania Tensamani, doctora en Derecho por la Universidad de Jaén, ha tratado de dar apoyatura jurídica a está desmesurada pretensión, partiendo del principio de que “la tierra domina el mar”. Dado que Marruecos domina de hecho los territorios situados entre Tarfaya y la frontera mauritana, hay que adaptar a la realidad esta situación de soberanía de Marruecos sobre el territorio del Sáhara Occidental y extenderla a sus aguas adyacentes. Se ha referido –sin nombrarlos explícitamente- el “principio de efectividad” y a la doctrina del “estópel”. El problema es que, pese a la existencia de esa realidad fáctica, no se ha producido una anuencia -activa o pasiva- de la comunidad internacional que le dé sustento jurídico, pues no ha habido ni un solo Estado que haya reconocido la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara, y la ONU –a través de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y el Secretario General- se ha negado a reconocer efectos jurídicos a la ocupación militar del Sáhara y ha instado en reiteradas ocasiones a Marruecos a que se retire del territorio.

Reacción, o falta de la misma, de los Estados y Organizaciones Internacionales especialmente implicados

            Los Estados más directamente interesados son España, Marruecos y la República Árabe Socialista Democrática (RASD) y, entre las Organizaciones Internacionales se encuentran la ONU, la Unión Europea y la Unidad Africana.

1--España

En el artículo citado me preguntaba si el Gobierno de Pedro Sánchez sería capaz de condenar la actuación del Parlamento marroquí y me contestaba a mí mismo que era de temer que la respuesta fuera negativa. Ahora la consagración formal de la soberanía marroquí sobre las aguas del Sáhara Occidental es ya un acto formal y me sigo maliciando que el Gobierno español no hará absolutamente nada al respecto. El Ministerio de Asuntos Exteriores se ha limitado a decir que “está valorando la medida”.

¿Qué debería hacer el Gobierno español? En su calidad de potencia administradora “de iure”, debería denunciar esta decisión unilateral de Marruecos en flagrante violación del Derecho Internacional. Incluso, dando por buena la argumentación del Gobierno de que España dejó de tener responsabilidades en el Sáhara el 26 de febrero de 1976, cabe recordar que en la carta al Secretario General de la ONU en la que le comunicaba que España se consideraba desligada de toda responsabilidad de carácter internacional con relación a la administración del Sáhara Occidental, el Embajador Jaime de Piniés afirmaba –en nombre del Gobierno español- que la descolonización del territorio no se culminaría hasta que su población no se hubiera expresado válidamente. Es evidente que el pueblo saharaui no ha podido expresar su voluntad sobre su futuro, especialmente por la oposición sistemática de la potencia ocupante, por lo que el Sáhara sigue siendo un territorio no autónomo pendiente de descolonización.

Dado que no tiene título jurídico alguno para ocupar militarmente el Sáhara y carece, por tanto, de soberanía sobre el territorio, es evidente que Marruecos ha violado una vez más el Derecho Internacional al declarar su soberanía sobre las aguas saharianas. Como ya  escribí en 2011 en un artículo sobre “La descolonización del Sáhara Occidental” –y me excuso por la auto-cita-, España era algo más que un “amigo del Sáhara”. Era “la madre de un hijo discapacitado al que abandonó en manos del vecino, quien ocupó la casa materna e instaló en ella parte de su familia. La desnaturalizada madre puede abandonar al menor, pero –por el hecho de informar de ello a la policía-, no queda exonerada de sus responsabilidades ante la Justicia. España sigue figurando como potencia administradora y sigue teniendo en la actualidad una responsabilidad histórica, jurídica y –sobre todo- moral”. Por ello, España debería, no ya en su condición de potencia administradora “de iure” de territorio, sino como “amiga del Sáhara”, e incluso como simple Estado miembro de la ONU respetuoso del Derecho Internacional, denunciar públicamente la acción del Gobierno de Marruecos. Sin embargo, el Gobierno de Sánchez ni está, ni se le espera.




2.-RASD

            De Marruecos poco cabe decir dado que sido el principal protagonista de la historia. Poniéndose por montera el Derecho Internacional, las resoluciones de las Naciones Unidas y la opinión pública internacional, ha dado un golpe sobre el tablero mundial declarando su soberanía sobre el Sáhara Occidental –del que sólo es potencia ocupante- y sobre sus aguas jurisdiccionales.

            La RASD pondrá el grito en el cielo, como es natural, pero su voz no tiene suficiente eco, ya que, aunque ha sido reconocida por unos 85 Estados de África, Asía y Latinoamérica y es miembro de la Unidad Africana, no lo ha sido por ningún Estado occidental salvo Albania, que lo hizo en su época comunista y que probablemente ahora se habrá olvidado de su existencia, en un momento en el que corteja a la OTAN y a la UE para ingresar en sus filas. España no reconoce al Frente Polisario como Estado y sólo lo hace como movimiento de liberación nacional, y le permite que tenga una oficina en Madrid sin estatuto diplomático.

            No conozco la reacción oficial de la RASD a la escalada de Marruecos en su órdago sahariano, pero cabe imaginársela. Ya a finales de enero, cuando se conoció la adopción de los proyectos de ley por parte de la Comisión competente de la Cámara de Representantes marroquí, el delegado en Canarias del Frente Polisario, Handi Mansur, afirmó que la nueva delimitación de las aguas territoriales de Marruecos revelaba su intención de involucrar a los Estados que no reconocían su soberanía sobre el Sáhara –especialmente a España-, para que ésta fuera aceptada como un hecho consumado, lo que suponía una forma clara de chantaje a la comunidad internacional. Señaló que el Sáhara era un territorio no autónomo pendiente de su descolonización y de que el pueblo saharaui ejerciera su derecho a la libre determinación a través de un referéndum bajo los auspicios de la ONU. En consecuencia, Marruecos carecía de legitimidad para aprobar unas leyes que reconocían su soberanía sobre las agua saharianas. El responsable de relaciones exteriores del Frente Polisario, Mahamud Jadad, señaló que la decisión se producía en el marco de una campaña desesperada de Marruecos para legitimar su ocupación ilegal de partes del Sáhara e implicaba una apropiación ilícita de unos recursos naturales que pertenecían al pueblo saharaui.

3.-Organización de las Naciones Unidas

            La ONU tiene una especial responsabilidad en facilitar la descolonización del Sáhara Occidental, de conformidad con las  numerosas resoluciones que ha adoptado para exigir que el pueblo saharaui ejerciera su derecho de libre determinación a través de un referéndum bajo los auspicios de la Organización. En 1979 y 1980, la Asamblea General denunció la ocupación persistente del Sáhara Occidental por parte de Marruecos y le exigió abandonase el territorio. El Secretario General, Ban ki-Moon calificó la ocupación marroquí de tragedia humanitaria.

            En los últimos años, sin embargo, el principio de libre determinación ha ido perdiendo visibilidad y quedado un tanto difuminado en el ámbito de Naciones Unidas y, aunque la Organización sigue hablando de autodeterminación, apenas menciona la palabra “ referéndum”.  La ONU ha ido acercándose paulatinamente a las tesis marroquíes que pretenden realizar la descolonización del Sáhara Occidental mediante la concesión al territorio de un régimen de autonomía dentro del Reino de Marruecos. El actual Secretario General, Antonio Guterres -que en su época de Primer Ministro de Portugal defendió a ultranza, y con éxito, la autodeterminación e independencia de Timor Oriental- no parece ser tan entusiasta en aplicar este principio al caso del Sáhara. Su falta de interés se manifiesta en que, pese a haberse producido el pasado mes de mayo la dimisión de Horst Köhler como su Enviado Especial para el Sáhara por las dificultades que encontraba para lograr la libre determinación del pueblo saharaui, aún no haya designado a su sustituto.

            Si fuera consecuente con sus principios y sus resoluciones, la ONU debería condenar la proclamación marroquí de soberanía sobre las aguas saharianas. En el orden práctico, podría hacerlo mediante el rechazo por parte del Secretario General de la comunicación que el Gobierno marroquí le haga sobre la fijación de los límites de sus espacios marinos del Sáhara Occidental. Asimismo, la Comisión de Límites de la Plataforma Continental debería rechazar la solicitud que le haga el Gobierno marroquí para ampliar el límite de la plataforma del Sáhara hasta 350 millas, por no ser Marruecos competente para ello.

4.-Unión Europea

            El Parlamento Europeo ha condenado en diversas ocasiones la ilegal ocupación del Sáhara Occidental por Marruecos y las reiteradas violaciones de los derechos humanos de los saharauis por parte de las autoridades marroquíes. Sin embargo, la Comisión Europea ha firmado con Marruecos diversos Convenios de Pesca en los que reconoce implícitamente la jurisdicción del Reino sobre las aguas territoriales del Sáhara en las que podían faenar los barcos de los países miembros  de la UE.

            El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado en diversas ocasiones que las aguas  saharianas no estaban bajo la soberanía de Marruecos. Así, en una sentencia de 2018, el Tribunal afirmó que el territorio del Sáhara Occidental no estaba comprendido en el territorio de Marruecos y, en consecuencia, tampoco lo estaban las aguas adyacentes al mismo, por lo que no se las podía incluir en la zona pesquera marroquí, ni en las “aguas bajo soberanía o jurisdicción de Marruecos”. En un auto de ese mismo año, el TJUE señaló que el espacio geográfico sobre el que Marruecos ejercía su plenitud de competencias no comprendía el Sáhara Occidental, por lo que la Unión había violado las normas del Derecho Internacional al incluir las aguas saharianas en el ámbito de aplicación de los Convenios comunitario-marroquíes.

Pese a estas decisiones del Tribunal, la Comisión Europea ha seguido incluyendo en los Convenios pesqueros con Marruecos la referencia a las aguas saharianas, que son reguladas por las normas marroquíes y en las que las autoridades marroquíes fijan las cuotas para el acceso a las mismas de los barcos bajo pabellón de los Estados miembros de la Unión, con lo que está reconociendo tácitamente la jurisdicción –cuando no la soberanía- de Marruecos en esas zonas. Habrá que ver la reacción de la Comisión y del Consejo Europeos, pero –en el caso de que se produzca- no creo que lleguen a formular una condena, para que no se enoje el socio preferente de la UE en el norte de África.




5.-Unidad Africana

La Unidad Africana -sucesora de la Organización de la Unidad Africana- se encuentra en una situación difícilmente sostenible, porque cuenta entre sus miembros a Marruecos y a la RASD, partes en una larga guerra tras la retirada de España del Sáhara, y en otra larga fase pre-negociadora para conseguir una paz, que no acaba de materializarse por la actitud intransigente de Marruecos. A éste le favorece el “statu quo” actual, porque goza del “uti possidetis” y del apoyo de Francia y Estados Unidos, que le protegen de cualquier sobresalto que pueda producirse en el seno de la ONU.

Marruecos abandonó la OUA en 1984, cuando  ésta admitió a la RASD como  Estado miembro, aunque nunca se fue del todo, ya que contaba con un grupo de fieles –como Túnez, Senegal, Costa de Marfíl o Gabón- que le cubrían las espaldas y evitaban cualquier condena por parte de la Organización. No obstante, se dio cuenta que era mejor estar dentro que fuera -porque “les absents ont toujours tort- y regreso 32 años más tarde al seno de la UA, donde recuperó su posición como un  Estado influyente.
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En 2015, el Asesor Jurídico de la UA presentó un informe en el que mantenía que Marruecos nunca había adquirido la condición de potencia administradora del Sáhara Occidental y no poseía la soberanía permanente sobre los recursos naturales del territorio, La presencia de Marruecos en el Sáhara era considerada como una ocupación, que estaba en contradicción con los principios consagrados en la Carta de la Organización. No obstante, Marruecos se reincorporó a la UA y el Sáhara  pasó de ser un problema de descolonización a una cuestión de disputa territorial entre dos Estados miembros. En esta coyuntura de guerra civil interna, es poco probable que la Organización se pronuncie sobre el hecho de que uno de sus Estados miembros se apropie los recursos naturales de otro. La UA ha sido incapaz de solucionar el conflicto regional existente en su propio seno, por lo que la Organización se encuentra en un estado de semi-parálisis.

Se da la paradoja de que los medios de comunicación –que se supone reflejan la opinión de la ciudadanía- se preocupan por un problema inexistente, supuestamente provocado por la adopción de las dos nuevas leyes marroquíes, ya que la situación no ha cambiado en lo esencial en lo relativo a la delimitación de los espacios marítimos, y se despreocupa de un problema real, cual es la apropiación ilegal por parte de Marruecos de las aguas territoriales del Sáhara Occidental y de sus recursos naturales. Y cabe llegar a la conclusión de que Marruecos puede violar impunemente la normativa internacional mientras cuente con el apoyo incondicional de Estados Unidos y de Francia


Maadrid, 2 de abril de 2020

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