85.-MARRUECOS DISPONE
A SU A NTOJO DE LAS AGUAS SAHARIANAS
Ha
culminado el proceso legislativo para la adopción por parte de Marruecos de
sendas leyes que fijan las líneas de base y la extensión de su mar territorial, su zona económica exclusiva
(ZEE) y su plataforma continental, desde Uxda, en la frontera con Argelia,
hasta La Güera, en la frontera del Sáhara Occidental con Mauritania. Las Leyes 37/17 y 38/17 fueron aprobadas por
unanimidad por la Cámara de Representantes en enero y por la Cámara de Consejeros
en febrero, firmadas por el Presidente del Gobierno el 20 de marzo y publicadas
en la Gaceta Oficial marroquí el 30 de
ese mes.
Nueva regulación de los espacios marítimos de Marruecos
La Ley
37/17 completa el Dahir 1.73.213, de 1973 sobre el mar territorial,
estableciendo las líneas de base a partir de las cuales se mide éste, hasta una
extensión de 12 millas. La Ley 38/17 complementa la Ley 1/81 sobre ZEE y
Plataforma Continental, confirmando el límite de la primera en 200 millas y
estableciendo el de la segunda en hasta 350 millas. La Ley modifica los
criterios en materia de delimitación de los espacios marítimos con los países
vecinos, sustituyendo la equidistancia por la equidad, “de acuerdo con los artículos 74 y 83 de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar”. Esta norma servirá de base para la
delimitación de estos espacios en el Océanos Atlántico con España, Portugal y
Mauritania.
Se ha
producido en parte de la prensa española una injustificada reacción de preocupación
y de rechazo similares a los que tuvo lugar en enero, tras la aprobación por la
Cámara de Representantes de los respectivos proyectos de ley. Así, “ABC” ha titulado “Marruecos hace oficial su nueva delimitación marítima en aguas
españolas: Las dos leyes han suscitado una gran preocupación en España por los
eventuales solapamientos en el espacio marítimo español que supondría”. Según
el diario digital “20 minutos.es”, Marruecos ha hecho oficial la extensión de sus
espacios marítimos hacia aguas españolas y se atribuye aguas pertenecientes a
Canarias. Para “Europapress”, esta
decisión ha provocado honda preocupación en España, especialmente en las Islas
Canarias, porque la ZEE declarada se solapa con la española en esa zona. “El Español” ha estimado que, con esta
ampliación, Marruecos se apodera del Monte Tropic, una elevación submarina
situada al sur de las Isla del Hierro.
Lo afirmado por “ABC” y por los otros periódicos citados
está lleno de inexactitudes, pues –como ya expuse el pasado 24 de enero en mi
artículo sobre “Expansionismo marroquí a
las aguas saharianas”-, no se trata de leyes de delimitación, sino de
fijación de los límites de los espacios marítimos de Marruecos –incluidos los
correspondientes al Sáhara Occidental-; una cosa es la fijación de los espacios
marítimos nacionales, que es un acto unilateral, y otra distinta su
delimitación, que es un acto bilateral; la decisión no afecta directamente a
las aguas españolas; no se producen solapamientos que no se hubieran producido
ya con anterioridad; no hay motivos para la preocupación, salvo en lo relativo
al apoderamiento por Marruecos de las aguas saharianas sobre las que no tiene
derecho alguno; y, respecto a la extensión de la plataforma continental hasta
350 millas, Marruecos se ha limitado a indicar su intención de solicitar la
autorización para la ampliación a la Comisión de Límites de la ONU sobre la
Plataforma Continental
La Ministra
de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Arancha González, ha tratado de tranquilizar
a la opinión pública y afirmado que su Ministerio ya conocía la nueva legislación
y no había nada nuevo en ella, y ha señalado que “España y Marruecos están de acuerdo en que la delimitación marítima
exigirá resolver el eventual solapamiento de espacios de mutuo acuerdo y conforme al Derecho
Internacional”. La Ministra no ha estado demasiado fina con esa observación,
porque esa eventualidad ya se ha producido desde 1982. Las negociaciones
hispano-marroquíes de delimitación de la ZEE y de la plataforma continental en
el Océano Atlántico quedaron interrumpidas tras el punto muerto al que se llegó
ante la disparidad de posiciones existentes sobre el criterio delimitador:
equidistancia o principios equitativos.
Apropiación por Marruecos de las aguas del Sáhara
Occidental
La adopción
de estas leyes no van directamente contra España, aunque si indirectamente, porque afectan a una antigua
colonia/provincia/territorio no autónomo del que sigue siendo jurídicamente
responsable de conformidad con el Derecho Internacional. El problema radica en
que España abandonó a los saharauis a su sino de forma unilateral en 1975,
entregó el territorio del Sáhara Occidental a Marruecos y a Mauritania por el
Acuerdo de Madrid y se lavó las manos como Pilatos. Este abandono de su
responsabilidad internacional no fue aceptado por Naciones Unidas, que sigue
considerando a España como la potencia administradora “de iure” del territorio, aunque haya dejado de serlo “de facto”. Como afirmó en 2002 el
Subsecretario General de la ONU para Asuntos Jurídicos, Hans Corell, “el Acuerdo de Madrid no transfirió la soberanía sobre el territorio, ni confirió
a ninguno de los signatarios la condición de
potencia administradora, condición que España, por sí sola, no podía
haber transferido. La transferencia de la administración sobre el territorio a
Marruecos y a Mauritania en 1975 no afectó a la condición internacional del
Sáhara Occidental como territorio no autónomo”. Sin embargo, esto es justamente
lo que ha hecho Marruecos con sus nuevas leyes, al afirmar su soberanía sobre
las aguas saharianas. Como ha observado el Ministro de Asuntos Exteriores,
Nasser Burita, estas leyes constituyen un pilar esencial para la consolidación
de la soberanía marroquí sobre sus espacios marítimos y el restablecimiento de
su soberanía sobre todos sus territorios ocupados. “La soberanía no tiene ya que ser demostrada”.
Rania Tensamani, doctora en Derecho por la
Universidad de Jaén, ha tratado de dar apoyatura jurídica a está desmesurada
pretensión, partiendo del principio de que “la
tierra domina el mar”. Dado que Marruecos domina de hecho los territorios
situados entre Tarfaya y la frontera mauritana, hay que adaptar a la realidad esta
situación de soberanía de Marruecos sobre el territorio del Sáhara Occidental y
extenderla a sus aguas adyacentes. Se ha referido –sin nombrarlos
explícitamente- el “principio de
efectividad” y a la doctrina del “estópel”. El problema es que, pese a la existencia
de esa realidad fáctica, no se ha producido una anuencia -activa o pasiva- de
la comunidad internacional que le dé sustento jurídico, pues no ha habido ni un
solo Estado que haya reconocido la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara, y la
ONU –a través de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y el Secretario
General- se ha negado a reconocer efectos jurídicos a la ocupación militar del
Sáhara y ha instado en reiteradas ocasiones a Marruecos a que se retire del
territorio.
Reacción, o falta de la misma, de los Estados y
Organizaciones Internacionales especialmente implicados
Los Estados
más directamente interesados son España, Marruecos y la República Árabe
Socialista Democrática (RASD) y, entre las Organizaciones Internacionales se
encuentran la ONU, la Unión Europea y la Unidad Africana.
1--España
En el artículo citado me
preguntaba si el Gobierno de Pedro Sánchez sería capaz de condenar la actuación
del Parlamento marroquí y me contestaba a mí mismo que era de temer que la respuesta
fuera negativa. Ahora la consagración formal de la soberanía marroquí sobre las
aguas del Sáhara Occidental es ya un acto formal y me sigo maliciando que el
Gobierno español no hará absolutamente nada al respecto. El Ministerio de
Asuntos Exteriores se ha limitado a decir que “está valorando la medida”.
¿Qué debería hacer el Gobierno
español? En su calidad de potencia administradora “de iure”, debería denunciar esta decisión unilateral de Marruecos
en flagrante violación del Derecho Internacional. Incluso, dando por buena la
argumentación del Gobierno de que España dejó de tener responsabilidades en el
Sáhara el 26 de febrero de 1976, cabe recordar que en la carta al Secretario
General de la ONU en la que le comunicaba que España se consideraba desligada
de toda responsabilidad de carácter internacional con relación a la
administración del Sáhara Occidental, el Embajador Jaime de Piniés afirmaba –en
nombre del Gobierno español- que la descolonización del territorio no se
culminaría hasta que su población no se hubiera expresado válidamente. Es
evidente que el pueblo saharaui no ha podido expresar su voluntad sobre su
futuro, especialmente por la oposición sistemática de la potencia ocupante, por
lo que el Sáhara sigue siendo un territorio no autónomo pendiente de
descolonización.
Dado que no tiene título jurídico
alguno para ocupar militarmente el Sáhara y carece, por tanto, de soberanía
sobre el territorio, es evidente que Marruecos ha violado una vez más el
Derecho Internacional al declarar su soberanía sobre las aguas saharianas. Como
ya escribí en 2011 en un artículo sobre
“La descolonización del Sáhara Occidental”
–y me excuso por la auto-cita-, España
era algo más que un “amigo del Sáhara”. Era “la madre de un hijo discapacitado al que abandonó en manos del vecino,
quien ocupó la casa materna e instaló en ella parte de su familia. La
desnaturalizada madre puede abandonar al menor, pero –por el hecho de informar
de ello a la policía-, no queda exonerada de sus responsabilidades ante la
Justicia. España sigue figurando como potencia administradora y sigue teniendo
en la actualidad una responsabilidad histórica, jurídica y –sobre todo- moral”. Por ello, España debería, no ya
en su condición de potencia administradora “de
iure” de territorio, sino como “amiga del Sáhara”, e incluso como simple
Estado miembro de la ONU respetuoso del Derecho Internacional, denunciar
públicamente la acción del Gobierno de Marruecos. Sin embargo, el Gobierno de
Sánchez ni está, ni se le espera.
2.-RASD
De Marruecos poco cabe decir dado que sido el principal
protagonista de la historia. Poniéndose por montera el Derecho Internacional,
las resoluciones de las Naciones Unidas y la opinión pública internacional, ha
dado un golpe sobre el tablero mundial declarando su soberanía sobre el Sáhara
Occidental –del que sólo es potencia ocupante- y sobre sus aguas
jurisdiccionales.
La RASD
pondrá el grito en el cielo, como es natural, pero su voz no tiene suficiente
eco, ya que, aunque ha sido reconocida por unos 85 Estados de África, Asía y
Latinoamérica y es miembro de la Unidad Africana, no lo ha sido por ningún
Estado occidental salvo Albania, que lo hizo en su época comunista y que probablemente
ahora se habrá olvidado de su existencia, en un momento en el que corteja a la
OTAN y a la UE para ingresar en sus filas. España no reconoce al Frente
Polisario como Estado y sólo lo hace como movimiento de liberación nacional, y
le permite que tenga una oficina en Madrid sin estatuto diplomático.
No conozco
la reacción oficial de la RASD a la escalada de Marruecos en su órdago
sahariano, pero cabe imaginársela. Ya a finales de enero, cuando se conoció la
adopción de los proyectos de ley por parte de la Comisión competente de la
Cámara de Representantes marroquí, el delegado en Canarias del Frente
Polisario, Handi Mansur, afirmó que la nueva delimitación de las aguas
territoriales de Marruecos revelaba su intención de involucrar a los Estados
que no reconocían su soberanía sobre el Sáhara –especialmente a España-, para
que ésta fuera aceptada como un hecho consumado, lo que suponía una forma clara
de chantaje a la comunidad internacional. Señaló que el Sáhara era un
territorio no autónomo pendiente de su descolonización y de que el pueblo
saharaui ejerciera su derecho a la libre determinación a través de un
referéndum bajo los auspicios de la ONU. En consecuencia, Marruecos carecía de
legitimidad para aprobar unas leyes que reconocían su soberanía sobre las agua
saharianas. El responsable de relaciones exteriores del Frente Polisario,
Mahamud Jadad, señaló que la decisión se producía en el marco de una campaña
desesperada de Marruecos para legitimar su ocupación ilegal de partes del
Sáhara e implicaba una apropiación ilícita de unos recursos naturales que
pertenecían al pueblo saharaui.
3.-Organización de
las Naciones Unidas
La ONU tiene una especial
responsabilidad en facilitar la descolonización del Sáhara Occidental, de
conformidad con las numerosas
resoluciones que ha adoptado para exigir que el pueblo saharaui ejerciera su
derecho de libre determinación a través de un referéndum bajo los auspicios de
la Organización. En 1979 y 1980, la Asamblea General denunció la ocupación
persistente del Sáhara Occidental por parte de Marruecos y le exigió abandonase
el territorio. El Secretario General, Ban ki-Moon calificó la ocupación
marroquí de tragedia humanitaria.
En los
últimos años, sin embargo, el principio de libre determinación ha ido perdiendo
visibilidad y quedado un tanto difuminado en el ámbito de Naciones Unidas y,
aunque la Organización sigue hablando de autodeterminación, apenas menciona la
palabra “ referéndum”. La ONU ha ido
acercándose paulatinamente a las tesis marroquíes que pretenden realizar la
descolonización del Sáhara Occidental mediante la concesión al territorio de un
régimen de autonomía dentro del Reino de Marruecos. El actual Secretario
General, Antonio Guterres -que en su época de Primer Ministro de Portugal
defendió a ultranza, y con éxito, la autodeterminación e independencia de Timor
Oriental- no parece ser tan entusiasta en aplicar este principio al caso del
Sáhara. Su falta de interés se manifiesta en que, pese a haberse producido el
pasado mes de mayo la dimisión de Horst Köhler como su Enviado Especial para el
Sáhara por las dificultades que encontraba para lograr la libre determinación
del pueblo saharaui, aún no haya designado a su sustituto.
Si fuera
consecuente con sus principios y sus resoluciones, la ONU debería condenar la
proclamación marroquí de soberanía sobre las aguas saharianas. En el orden
práctico, podría hacerlo mediante el rechazo por parte del Secretario General
de la comunicación que el Gobierno marroquí le haga sobre la fijación de los
límites de sus espacios marinos del Sáhara Occidental. Asimismo, la Comisión de
Límites de la Plataforma Continental debería rechazar la solicitud que le haga
el Gobierno marroquí para ampliar el límite de la plataforma del Sáhara hasta
350 millas, por no ser Marruecos competente para ello.
4.-Unión Europea
El Parlamento Europeo ha
condenado en diversas ocasiones la ilegal ocupación del Sáhara Occidental por
Marruecos y las reiteradas violaciones de los derechos humanos de los saharauis
por parte de las autoridades marroquíes. Sin embargo, la Comisión Europea ha
firmado con Marruecos diversos Convenios de Pesca en los que reconoce
implícitamente la jurisdicción del Reino sobre las aguas territoriales del
Sáhara en las que podían faenar los barcos de los países miembros de la UE.
El Tribunal
de Justicia de la Unión Europea ha declarado en diversas ocasiones que las
aguas saharianas no estaban bajo la
soberanía de Marruecos. Así, en una sentencia de 2018, el Tribunal afirmó que
el territorio del Sáhara Occidental no estaba comprendido en el territorio de
Marruecos y, en consecuencia, tampoco lo estaban las aguas adyacentes al mismo,
por lo que no se las podía incluir en la zona pesquera marroquí, ni en las “aguas bajo soberanía o jurisdicción de
Marruecos”. En un auto de ese mismo año, el TJUE señaló que el espacio
geográfico sobre el que Marruecos ejercía su plenitud de competencias no
comprendía el Sáhara Occidental, por lo que la Unión había violado las normas
del Derecho Internacional al incluir las aguas saharianas en el ámbito de
aplicación de los Convenios comunitario-marroquíes.
Pese a estas decisiones del
Tribunal, la Comisión Europea ha seguido incluyendo en los Convenios pesqueros
con Marruecos la referencia a las aguas saharianas, que son reguladas por las
normas marroquíes y en las que las autoridades marroquíes fijan las cuotas para
el acceso a las mismas de los barcos bajo pabellón de los Estados miembros de
la Unión, con lo que está reconociendo tácitamente la jurisdicción –cuando no
la soberanía- de Marruecos en esas zonas. Habrá que ver la reacción de la
Comisión y del Consejo Europeos, pero –en el caso de que se produzca- no creo
que lleguen a formular una condena, para que no se enoje el socio preferente de
la UE en el norte de África.
5.-Unidad Africana
La Unidad Africana -sucesora de
la Organización de la Unidad Africana- se encuentra en una situación
difícilmente sostenible, porque cuenta entre sus miembros a Marruecos y a la
RASD, partes en una larga guerra tras la retirada de España del Sáhara, y en
otra larga fase pre-negociadora para conseguir una paz, que no acaba de
materializarse por la actitud intransigente de Marruecos. A éste le favorece el
“statu quo” actual, porque goza del “uti possidetis” y del apoyo de Francia y
Estados Unidos, que le protegen de cualquier sobresalto que pueda producirse en
el seno de la ONU.
Marruecos abandonó la OUA en
1984, cuando ésta admitió a la RASD
como Estado miembro, aunque nunca se fue
del todo, ya que contaba con un grupo de fieles –como Túnez, Senegal, Costa de
Marfíl o Gabón- que le cubrían las espaldas y evitaban cualquier condena por
parte de la Organización. No obstante, se dio cuenta que era mejor estar dentro
que fuera -porque “les absents ont
toujours tort- y regreso 32 años más tarde al seno de la UA, donde recuperó
su posición como un Estado influyente.
.
En 2015, el Asesor Jurídico de la
UA presentó un informe en el que mantenía que Marruecos nunca había adquirido
la condición de potencia administradora del Sáhara Occidental y no poseía la
soberanía permanente sobre los recursos naturales del territorio, La presencia
de Marruecos en el Sáhara era considerada como una ocupación, que estaba en
contradicción con los principios consagrados en la Carta de la Organización. No
obstante, Marruecos se reincorporó a la UA y el Sáhara pasó de ser un problema de descolonización a
una cuestión de disputa territorial entre dos Estados miembros. En esta coyuntura
de guerra civil interna, es poco probable que la Organización se pronuncie
sobre el hecho de que uno de sus Estados miembros se apropie los recursos
naturales de otro. La UA ha sido incapaz de solucionar el conflicto regional
existente en su propio seno, por lo que la Organización se encuentra en un
estado de semi-parálisis.
Se da la paradoja de que los
medios de comunicación –que se supone reflejan la opinión de la ciudadanía- se
preocupan por un problema inexistente, supuestamente provocado por la adopción
de las dos nuevas leyes marroquíes, ya que la situación no ha cambiado en lo
esencial en lo relativo a la delimitación de los espacios marítimos, y se
despreocupa de un problema real, cual es la apropiación ilegal por parte de
Marruecos de las aguas territoriales del Sáhara Occidental y de sus recursos
naturales. Y cabe llegar a la conclusión de que Marruecos puede violar
impunemente la normativa internacional mientras cuente con el apoyo incondicional
de Estados Unidos y de Francia
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