LA SURREALISTA NO ESTANCIA DE DELCY RODRIGUEZ EN ESPAÑA
Sigue la
ceremonia de la confusión en torno a no
visita a Madrid de la Vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez. MienteN
sistemáticamente José Luis Ábalos y otros miembros del Gobierno, que tratan de
cubrir una mentira con otra aún Mayor y niegan la evidencia. Mienten reiterada
e innecesariamente, pero mienten mal. Como decía Giulio Andreotti, a los
españoles nos “manca finessa”. Al
equipo gubernamental le pasa como a Juvenal, que se preguntaba angustiado ¿Qué puedo hacer en Roma si no sé mentir?
La bien engrasada maquinaria del PSOE –de la que es en buena parte responsable
el susodicho Ministro de Transportes y Secretario de Organización del partido-
debería organizar cursos intensivos de verano para que sus dirigentes se
especializaran en el arte de bien mentir. Lo más indignante, sin embargo, no es
ya que nos mientan –algo que está en el ADN de los políticos de hoy día y es
inherente a las promesas electorales, como reconocía beatíficamente el Maestro
Enrique Tierno-, sino que encima nos tomen por bobos.
En medio de
este galimatías y para tratar de levantar la niebla de este confusionismo
provocado por el Gobierno, voy a tratar de aclarar puntos tales como de dónde ha salido la prohibición impuesta
a la lideresa venezolana de visitar España o sobrevolar su territorio, cómo es
posible pisar tierra o cemento de Madrid sin hollar suelo español o quién es
responsable de esta anómala situación.
Prohibición a Delcy Rodríguez de entrar en un país miembro
de la Unión Europea
El 13 de
Noviembre de 2017, el Consejo Europeo adoptó, en el marco de la Política
Exterior y de Seguridad Común, la decisión PESC 2017/2074, “relativa a medidas restrictivas habida
cuenta de la situación en Venezuela”. En su artículo 6 se establece que los
Estados miembros de la UE adoptarán las medida necesarias para impedir que
entren en su territorio o transiten por él “las
personas físicas responsables de violaciones o abusos de los derechos humanos,
o de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en
Venezuela” o “cuya actuación política
o actividades menoscaben de otro modo la democracia o el Estado de Derecho”.
La decisión
prevé que un Estado podrá exonerar de estas sanciones cuando sea anfitrión de una
Organización Internacional o de una Conferencia Internacional auspiciada por la
ONU, o esté obligado por un acuerdo
multilateral a conceder privilegios e inmunidades. También podrá hacerlo cuando
el viaje de la persona sancionada esté justificado por razones humanitarias
urgentes o en razón a la asistencia a reuniones de organismos
intergubernamentales promovidas por la UE o celebradas en el territorio de un
Estado miembro que ostente la presidencia de la OSCE, “en la que se mantenga una diálogo político que fomente directamente la
democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en Venezuela”. En
estos casos, los Estados deberán
notificarlo al Consejo para su debida aprobación. Ninguno de estos supuestos se
da en el presente caso y el Gobierno español no ha hecho notificación alguna al
Consejo.
Ese mismo
día, el Consejo aprobó el Reglamento 2017/2063 para la aplicación de la
decisión, conforme al cual, los Estados establecerán las normas sobre las
sanciones a aplicar a las infracciones del Reglamento y establecerán las
medidas necesarias para su cumplimiento. Las disposiciones del Reglamento son
de aplicación en el territorio de los Estados miembros de la Unión, incluido su
espacio aéreo. La eficacia de la Decisión y del Reglamento es de un año,
prorrogable a su término por periodos adicionales de igual duración, como así
se ha hecho en el caso de Venezuela. En los Anejos se deberían incluir los
nombres de las personas físicas afectadas y las razones por las que fueran incluidas
en la “lista negra”.
En la decisión PESC 2018/901, de
25 de junio de 2018, el Consejo incluyó en sus Anejos los nombres de los
dirigentes venezolanos afectados. Se adujo para ello que las elecciones
celebradas el 20 de mayo de 2018 no fueron libres ni justas y que sus resultados
carecían de la mínima credibilidad, porque el proceso electoral no ofreció las
necesarias garantías para unas elecciones democráticas inclusivas. Citaba el
informe del Alto Comisario de la ONU para los Derechos Humanos, que describía
de forma detallada la gravedad de las violaciones de los derechos humanos en
Venezuela, la erosión del Estado de Derecho y el desmantelamiento de las
instituciones democráticas. En la lista figuraba Delcy Eloina Rodríguez Gómez,
debido a que -en su calidad de Presidenta de la Asamblea Constituyente
ilegítima- había menoscabado la democracia y el Estado de Derecho, “en especial mediante la usurpación de las competencias de la Asamblea Nacional y su
utilización para atacar a la oposición e impedirle su participación en el
proceso político”. La Sra. Rodríguez estaba perfectamente al tanto de la
sanción que le había impuesto el Consejo y, si viajó a Madrid y estuvo varias
horas en el aeropuerto de Adolfo Suárez, lo hizo bajo su exclusiva
responsabilidad y asumiendo las consecuencias.
Las decisiones del Consejo se
adoptan por consenso y son vinculantes para los Estados miembros, pero la normativa
comunitario deja su cumplimiento en manos de los Estados, que se supone actúan
de buena fe y aseguran su ejecución, y no prevé ningún sistema de control,
inspección o eventual sanción en caso de incumplimiento. Por supuesto, el
Consejo o la Comisión pueden pedir explicaciones a los Estados, pero de ahí no
se pasa. El Alto Representante para los Asuntos Exteriores y Vicepresidente de
la Comisión, Josep Borrell, dijo a los periodistas que no estaba informado del
asunto y un periodista alemán le preguntó si había solicitado información. Creo
que el Alto Comisario, en su doble condición de miembro del Consejo y de la
Comisión, no puede ponerse de perfil y decir que no sabe nada del asunto.
Por la decisión PESC 2019/1983, de
11 de noviembre de 2018 –por la que se extendió la prohibición hasta el 14 de
noviembre de 2020, el Consejo añadió un artículo al Reglamento en el que se
preveía que el Consejo y su Alto Representante podían procesar datos personales
para llevar a cabo su tarea de conformidad con la decisión y utilizar los datos
pertinentes relativos a las infracciones penales cometidas por las personas
incluidas en las listas en relación con las sanciones –“convictions”- de tales personas o a las “medidas de seguridad” relativas a las mismas. Tanto el Consejo como
su Alto Representante son designados “controladores”
para asegurar que las personas afectadas puedan ejercer sus derechos. Algo
tendrá que decir Borrell, tanto más cuanto que es nacional del Estado
presuntamente infractor de la decisión del Consejo y ha sido hasta hace bien
poco Ministro de Asuntos Exteriores de España.
Tan sólo el Parlamento Europeo
podría debatir el tema a petición de
cualquier eurodiputado -me extraña que ninguno lo haya planteado hasta ahora- y
adoptar un resolución sobre el tema, que sólo tendría consecuencias políticas.
La cuestión escapa al control jurídico que ejerce el Tribunal de Justicia de la
Unión Europea sobre las actividades de la Unión y de sus miembros.
¿Forma el aeropuerto de Barajas parte del territorio
español?
La pregunta
puede parecer incongruente, pero hay razones para formularla, por haber quienes
-incluso en el Gobierno- ponen en duda lo que resulta más que evidente. Es
curioso como la concepción de que los aeropuertos o partes de los mismos no forman propiamente parte del Estado o gozan de
una extraterritorialidad que se remonta a la época de las capitulaciones entre
Bizancio y el Imperio Otomano se ha mantenido con anterioridad. Precisamente
hoy nos cuenta Luis María Ansón en su columna de “El Mundo” una anécdota que hace al caso. Cuando en 1973 acudió a
Barajas a saludar a Claudio Sánchez Albornoz, Presidente del Gobierno de la
República en el exilio, le expresó su
alegría por verlo en España y el ilustre historiador le replicó que no estaba
en España, sino en la zona internacional del aeropuerto en tránsito hacia
París, por lo que no había entrado en el país. Resulta curioso que desde el
Gobierno se mantenga una tesis similar, al señalar que la Vicepresidenta
venezolana había permanecido en todo momento en la zona previa al control de
fronteras y no había pisado, por tanto, suelo español.
El Gobierno
–que cuenta con una catedrática de Derecho Constitucional como Vicepresidenta
primera y tres Ministros jueces- debería conocer el auto del Tribunal
Constitucional de 1996, que afirma taxativamente que las zonas internacionales
de los aeropuertos y el espacio aéreo son territorio español. No hay ninguna
parte de un aeropuerto -delante o detrás del control policíaco o aduanero de
fronteras- que no forme parte del territorio español o que goce de un extraño
régimen de extraterritorialidad. El hecho de que la Rodríguez no pasara el control policial por
gentileza del Ministro de Transportes y pudiera recorrer, en vehículo o a pie,
los kilómetros que separan la Terminal 1 de la 4, no le impidieron pisar
territorio patrio, con lo que se saltó a la torera la prohibición del Consejo
Europeo, con la connivencia del Gobierno español. Ya había violado la
prohibición del Consejo con anterioridad al aterrizaje al sobrevolar el
territorio español, asimismo con la anuencia de las autoridades españolas,
porque un avión extranjero de una línea no regular no puede atravesar el
espacio aéreo de un Estado sin la correspondiente autorización. ¿Quién autorizó
que un avión privado venezolano sobrevolara el espacio aéreo español y
aterrizara en Barajas llevando a bordo a una pasajera que tenía prohibida su
entrada en España?
El
Secretario General del Grupo Socialista en el Congreso, Rafael Simancas, aportó
en defensa de la actuación de sus correligionarios un fino argumento jurídico.
¿Qué quería el PP, que hiciera el Gobierno, que no dejara aterrizar el avión o que
lo derribara? Yo no sé lo que quería el PP, ni me importa, pero lo que el
Gobierno debería haber hecho es lo que hizo al parecer el Gobierno portugués presidido
por Antonio Costa, miembro del Partido socialista y cuyo Gobierno cuenta con el
apoyo de los partidos de la extrema izquierda: negarle la autorización de
sobrevuelo, en cumplimiento de la decisión del Consejo Europeo. El avión tuvo
que desviar su ruta para entrar en España por Marruecos, por lo que podría
haber aterrizado perfectamente en Rabat, Casablanca o Tánger, para permitir a
la tripulación su merecido descanso, sin necesidad de forzar al Gobierno
español a incumplir sus obligaciones como Estado miembro de la UE. El Gobierno
siguió en sus trece al afirmar que lo importante era que “Delcy Rodríguez no entró en España”. No hay mayor ciego que el que
no quiere ver.
Responsabilidad solidaria del Gobierno
Hay
infinidad de cuestiones que el Gobierno está obligada a aclarar, especialmente en
sede parlamentaria. Lo sucedido es responsabilidad solidaria del Gobierno y no
cabe utilizar como chivo expiatorio al voluntarioso Ábalos, que tiene buena
parte de la culpa, pero no toda. Por ejemplo, según ha publicado la periodista
venezolana Ibeyise Pacheco, el Vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias,
invitó a su contraparte venezolana a hacer escala en Madrid para entrevistarse
con él y eventualmente con Pedro Sánchez. Nadie ha desmentido ni rectificado esta
noticia, ni siquiera el lenguaraz Iglesias, siempre dispuesto a comparecer ante
los medios de comunicación y que, en esta ocasión, no ha dicho ni pío. Cabría
asumir que “el que calla otorga”. Resulta
obligado que el Gobierno explique la participación en el “affaire Delcy” del Presidente-bis, que tantas “liaisons dangereuses” tiene con el bolivarianismo venezolano y
boliviano.
Según
declaró Ábalos a “La Razón”, el
Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, lo llamó por teléfono para
decirle que la Ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, había
recibido una comunicación de la Embajada de Venezuela en la que informaba de
que en el avión fantasma –que a la sazón ya había despegado de Maiquetía-
viajaba Delcy Rodríguez, y le pidió que, ya que iba a Barajas a ver a un amigo,
procurara que la Vicepresidenta no bajara del avión. ¿Cómo sabia
Grande-Marlaska que Ábalos había ido de madrugada en Barajas en un coche
privado y sin escolta para recibir a un amigo? Si sabía que iba a llegar al
aeropuerto una personalidad venezolana que tenía prohibida su entrada en
España, ¿no era deber del Ministro del Interior velar por el cumplimiento de
las normas de ingreso en el país y no delegar esta función en su colega de
Transportes? ¿Cuándo recibió el Ministerio de Asuntos Exteriores la
comunicación de la Embajada venezolana y qué medidas tomó para evitar que Delcy
Rodríguez no violara la prohibición de entrar en España? ¿Por qué no cumplió
Ábalos la petición de Grande-Marlaska de
que Rodríguez no bajara del avión y, antes al contrario, le facilitara el
acceso a una sala VIP hasta que su avión siguió con destino a Doha? ¿Por qué
mintió Ábalos de forma tan descarada una y otra vez y cómo pretendía ocultar
unos hechos que habían sido presenciados por multitud de personas y habían
quedado registrados en las cámaras de seguridad del aeropuerto?.
La Ministra
de Asuntos Exteriores ha dicho, con razón, que las autoridades de otros países
no tienen que dar explicaciones sobre sus desplazamientos, pero, en el presente
caso, no se trataba de la autoridad de un país cualquiera, sino la
Vicepresidenta de un Estado al que el Consejo Europeo había prohibido su
entrada en España. Ha dicho asimismo que Ábalos actuó “de la manera menos nociva para las relaciones entre los dos países y
respetando la legalidad internacional”. Lamento no estar de acuerdo con
semejante apreciación. No sé si ha sido “motu
proprio” o a instancia de parte –léase Iglesias-, pero el Gobierno
venezolano ha violado la legalidad internacional y forzado a hacer lo mismo al
Gobierno español, actuado de mala fe al
informar de la llegada a Barajas de la Vicepresidenta cuando su avión ya se encontraba
en ruta hacia España, exigido que las autoridades españolas concedieran
autorización de sobrevuelo y derecho de aterrizaje en el aeropuerto de Barajas
al avión que transportaba a la Vicepresidenta, quien impuso su entrada en
España a pesar de tenerlo prohibido.
Tampoco
estoy de acuerdo con las confusas afirmaciones de Pedro Sánchez de que la
actuación de Ábalos había evitado que se produjera un incidente diplomático. No
se sabe bien si el incidente felizmente evitado era con Venezuela, con el
Gobierno “de facto” de Juan Guaidó, o
con la UE. Arancha González ha afirmado que cree que el Gobierno español ha
cumplido con la decisión del Consejo (¿?) y que lo importantes es “dar un poquito de crédito a la manera en
que se ha gestionado esto”. No puede menos
que mostrar mi desacuerdo con esta afirmación. La cuestión de la visita
ilegal de Delcy Rodríguez a España con el consentimiento del Gobierno español -que
ha incumplido sus obligaciones como Estado miembro de la UE- no ha podido
gestionarse de peor manera y ha supuesto un garrafal desatino, obra de la
actuación coral del Gobierno de Sánchez. Se ha montado un espectáculo que es un
híbrido poco logrado de sainete, astracanada y esperpento, que nos ha hecho ser
una vez más el hazmerreír de la comunidad internacional. Y el colmo del
surrealista disparate es la afirmación de que una parte de un aeropuerto
español no forma parte del territorio de España y de que Delcy Rodríguez no ha
pisado suelo español.
Madrid, 3 de enero de 2020
No hay comentarios:
Publicar un comentario