martes, 4 de febrero de 2020

La surrealista no estancia de Delcy Rodríguez en España


LA SURREALISTA NO ESTANCIA DE DELCY RODRIGUEZ EN ESPAÑA

            Sigue la ceremonia  de la confusión en torno a no visita a Madrid de la Vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez. MienteN sistemáticamente José Luis Ábalos y otros miembros del Gobierno, que tratan de cubrir una mentira con otra aún Mayor y niegan la evidencia. Mienten reiterada e innecesariamente, pero mienten mal. Como decía Giulio Andreotti, a los españoles nos “manca finessa”. Al equipo gubernamental le pasa como a Juvenal, que se preguntaba angustiado ¿Qué puedo hacer en Roma si no sé mentir? La bien engrasada maquinaria del PSOE –de la que es en buena parte responsable el susodicho Ministro de Transportes y Secretario de Organización del partido- debería organizar cursos intensivos de verano para que sus dirigentes se especializaran en el arte de bien mentir. Lo más indignante, sin embargo, no es ya que nos mientan –algo que está en el ADN de los políticos de hoy día y es inherente a las promesas electorales, como reconocía beatíficamente el Maestro Enrique Tierno-, sino que encima nos tomen por bobos.

            En medio de este galimatías y para tratar de levantar la niebla de este confusionismo provocado por el Gobierno, voy a tratar de aclarar puntos  tales como de dónde ha salido la prohibición impuesta a la lideresa venezolana de visitar España o sobrevolar su territorio, cómo es posible pisar tierra o cemento de Madrid sin hollar suelo español o quién es responsable de esta anómala situación.

Prohibición a Delcy Rodríguez de entrar en un país miembro de la Unión Europea

            El 13 de Noviembre de 2017, el Consejo Europeo adoptó, en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común, la decisión PESC 2017/2074, “relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela”. En su artículo 6 se establece que los Estados miembros de la UE adoptarán las medida necesarias para impedir que entren en su territorio o transiten por él “las personas físicas responsables de violaciones o abusos de los derechos humanos, o de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela” o “cuya actuación política o actividades menoscaben de otro modo la democracia o el Estado de Derecho”.

            La decisión prevé que un Estado podrá exonerar de estas sanciones cuando sea anfitrión de una Organización Internacional o de una Conferencia Internacional auspiciada por la ONU, o esté obligado por un  acuerdo multilateral a conceder privilegios e inmunidades. También podrá hacerlo cuando el viaje de la persona sancionada esté justificado por razones humanitarias urgentes o en razón a la asistencia a reuniones de organismos intergubernamentales promovidas por la UE o celebradas en el territorio de un Estado miembro que ostente la presidencia de la OSCE, “en la que se mantenga una diálogo político que fomente directamente la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en Venezuela”. En estos casos, los  Estados deberán notificarlo al Consejo para su debida aprobación. Ninguno de estos supuestos se da en el presente caso y el Gobierno español no ha hecho notificación alguna al Consejo.

            Ese mismo día, el Consejo aprobó el Reglamento 2017/2063 para la aplicación de la decisión, conforme al cual, los Estados establecerán las normas sobre las sanciones a aplicar a las infracciones del Reglamento y establecerán las medidas necesarias para su cumplimiento. Las disposiciones del Reglamento son de aplicación en el territorio de los Estados miembros de la Unión, incluido su espacio aéreo. La eficacia de la Decisión y del Reglamento es de un año, prorrogable a su término por periodos adicionales de igual duración, como así se ha hecho en el caso de Venezuela. En los Anejos se deberían incluir los nombres de las personas físicas afectadas y las razones por las que fueran incluidas en la “lista negra”.

En la decisión PESC 2018/901, de 25 de junio de 2018, el Consejo incluyó en sus Anejos los nombres de los dirigentes venezolanos afectados. Se adujo para ello que las elecciones celebradas el 20 de mayo de 2018 no fueron libres ni justas y que sus resultados carecían de la mínima credibilidad, porque el proceso electoral no ofreció las necesarias garantías para unas elecciones democráticas inclusivas. Citaba el informe del Alto Comisario de la ONU para los Derechos Humanos, que describía de forma detallada la gravedad de las violaciones de los derechos humanos en Venezuela, la erosión del Estado de Derecho y el desmantelamiento de las instituciones democráticas. En la lista figuraba Delcy Eloina Rodríguez Gómez, debido a que -en su calidad de Presidenta de la Asamblea Constituyente ilegítima- había menoscabado la democracia y el Estado de Derecho, “en especial mediante la usurpación de  las competencias de la Asamblea Nacional y su utilización para atacar a la oposición e impedirle su participación en el proceso político”. La Sra. Rodríguez estaba perfectamente al tanto de la sanción que le había impuesto el Consejo y, si viajó a Madrid y estuvo varias horas en el aeropuerto de Adolfo Suárez, lo hizo bajo su exclusiva responsabilidad y asumiendo las consecuencias.

Las decisiones del Consejo se adoptan por consenso y son vinculantes para los Estados miembros, pero la normativa comunitario deja su cumplimiento en manos de los Estados, que se supone actúan de buena fe y aseguran su ejecución, y no prevé ningún sistema de control, inspección o eventual sanción en caso de incumplimiento. Por supuesto, el Consejo o la Comisión pueden pedir explicaciones a los Estados, pero de ahí no se pasa. El Alto Representante para los Asuntos Exteriores y Vicepresidente de la Comisión, Josep Borrell, dijo a los periodistas que no estaba informado del asunto y un periodista alemán le preguntó si había solicitado información. Creo que el Alto Comisario, en su doble condición de miembro del Consejo y de la Comisión, no puede ponerse de perfil y decir que no sabe nada del asunto.

Por la decisión PESC 2019/1983, de 11 de noviembre de 2018 –por la que se extendió la prohibición hasta el 14 de noviembre de 2020, el Consejo añadió un artículo al Reglamento en el que se preveía que el Consejo y su Alto Representante podían procesar datos personales para llevar a cabo su tarea de conformidad con la decisión y utilizar los datos pertinentes relativos a las infracciones penales cometidas por las personas incluidas en las listas en relación con las sanciones –“convictions”- de tales personas o a las “medidas de seguridad” relativas a las mismas. Tanto el Consejo como su Alto Representante son designados “controladores” para asegurar que las personas afectadas puedan ejercer sus derechos. Algo tendrá que decir Borrell, tanto más cuanto que es nacional del Estado presuntamente infractor de la decisión del Consejo y ha sido hasta hace bien poco Ministro de Asuntos Exteriores de España.

Tan sólo el Parlamento Europeo podría debatir el tema  a petición de cualquier eurodiputado -me extraña que ninguno lo haya planteado hasta ahora- y adoptar un resolución sobre el tema, que sólo tendría consecuencias políticas. La cuestión escapa al control jurídico que ejerce el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las actividades de la Unión y de sus miembros.
¿Forma el aeropuerto de Barajas parte del territorio español?

            La pregunta puede parecer incongruente, pero hay razones para formularla, por haber quienes -incluso en el Gobierno- ponen en duda lo que resulta más que evidente. Es curioso como la concepción de que los aeropuertos o partes de los mismos no  forman propiamente parte del Estado o gozan de una extraterritorialidad que se remonta a la época de las capitulaciones entre Bizancio y el Imperio Otomano se ha mantenido con anterioridad. Precisamente hoy nos cuenta Luis María Ansón en su columna de “El Mundo” una anécdota que hace al caso. Cuando en 1973 acudió a Barajas a saludar a Claudio Sánchez Albornoz, Presidente del Gobierno de la República en el exilio,  le expresó su alegría por verlo en España y el ilustre historiador le replicó que no estaba en España, sino en la zona internacional del aeropuerto en tránsito hacia París, por lo que no había entrado en el país. Resulta curioso que desde el Gobierno se mantenga una tesis similar, al señalar que la Vicepresidenta venezolana había permanecido en todo momento en la zona previa al control de fronteras y no había pisado, por tanto, suelo español.

            El Gobierno –que cuenta con una catedrática de Derecho Constitucional como Vicepresidenta primera y tres Ministros jueces- debería conocer el auto del Tribunal Constitucional de 1996, que afirma taxativamente que las zonas internacionales de los aeropuertos y el espacio aéreo son territorio español. No hay ninguna parte de un aeropuerto -delante o detrás del control policíaco o aduanero de fronteras- que no forme parte del territorio español o que goce de un extraño régimen de extraterritorialidad. El hecho de que  la Rodríguez no pasara el control policial por gentileza del Ministro de Transportes y pudiera recorrer, en vehículo o a pie, los kilómetros que separan la Terminal 1 de la 4, no le impidieron pisar territorio patrio, con lo que se saltó a la torera la prohibición del Consejo Europeo, con la connivencia del Gobierno español. Ya había violado la prohibición del Consejo con anterioridad al aterrizaje al sobrevolar el territorio español, asimismo con la anuencia de las autoridades españolas, porque un avión extranjero de una línea no regular no puede atravesar el espacio aéreo de un Estado sin la correspondiente autorización. ¿Quién autorizó que un avión privado venezolano sobrevolara el espacio aéreo español y aterrizara en Barajas llevando a bordo a una pasajera que tenía prohibida su entrada en España?

            El Secretario General del Grupo Socialista en el Congreso, Rafael Simancas, aportó en defensa de la actuación de sus correligionarios un fino argumento jurídico. ¿Qué quería el PP, que hiciera el Gobierno, que no dejara aterrizar el avión o que lo derribara? Yo no sé lo que quería el PP, ni me importa, pero lo que el Gobierno debería haber hecho es lo que hizo al parecer el Gobierno portugués presidido por Antonio Costa, miembro del Partido socialista y cuyo Gobierno cuenta con el apoyo de los partidos de la extrema izquierda: negarle la autorización de sobrevuelo, en cumplimiento de la decisión del Consejo Europeo. El avión tuvo que desviar su ruta para entrar en España por Marruecos, por lo que podría haber aterrizado perfectamente en Rabat, Casablanca o Tánger, para permitir a la tripulación su merecido descanso, sin necesidad de forzar al Gobierno español a incumplir sus obligaciones como Estado miembro de la UE. El Gobierno siguió en sus trece al afirmar que lo importante era que “Delcy Rodríguez no entró en España”. No hay mayor ciego que el que no quiere ver.



Responsabilidad solidaria del Gobierno

            Hay infinidad de cuestiones que el Gobierno está obligada a aclarar, especialmente en sede parlamentaria. Lo sucedido es responsabilidad solidaria del Gobierno y no cabe utilizar como chivo expiatorio al voluntarioso Ábalos, que tiene buena parte de la culpa, pero no toda. Por ejemplo, según ha publicado la periodista venezolana Ibeyise Pacheco, el Vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, invitó a su contraparte venezolana a hacer escala en Madrid para entrevistarse con él y eventualmente con Pedro Sánchez. Nadie ha desmentido ni rectificado esta noticia, ni siquiera el lenguaraz Iglesias, siempre dispuesto a comparecer ante los medios de comunicación y que, en esta ocasión, no ha dicho ni pío. Cabría asumir que “el que calla otorga”. Resulta obligado que el Gobierno explique la participación en el “affaire Delcy” del Presidente-bis, que tantas “liaisons dangereuses” tiene con el bolivarianismo venezolano y boliviano.

            Según declaró Ábalos a “La Razón”, el Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, lo llamó por teléfono para decirle que la Ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, había recibido una comunicación de la Embajada de Venezuela en la que informaba de que en el avión fantasma –que a la sazón ya había despegado de Maiquetía- viajaba Delcy Rodríguez, y le pidió que, ya que iba a Barajas a ver a un amigo, procurara que la Vicepresidenta no bajara del avión. ¿Cómo sabia Grande-Marlaska que Ábalos había ido de madrugada en Barajas en un coche privado y sin escolta para recibir a un amigo? Si sabía que iba a llegar al aeropuerto una personalidad venezolana que tenía prohibida su entrada en España, ¿no era deber del Ministro del Interior velar por el cumplimiento de las normas de ingreso en el país y no delegar esta función en su colega de Transportes? ¿Cuándo recibió el Ministerio de Asuntos Exteriores la comunicación de la Embajada venezolana y qué medidas tomó para evitar que Delcy Rodríguez no violara la prohibición de entrar en España? ¿Por qué no cumplió Ábalos  la petición de Grande-Marlaska de que Rodríguez no bajara del avión y, antes al contrario, le facilitara el acceso a una sala VIP hasta que su avión siguió con destino a Doha? ¿Por qué mintió Ábalos de forma tan descarada una y otra vez y cómo pretendía ocultar unos hechos que habían sido presenciados por multitud de personas y habían quedado registrados en las cámaras de seguridad del aeropuerto?.

            La Ministra de Asuntos Exteriores ha dicho, con razón, que las autoridades de otros países no tienen que dar explicaciones sobre sus desplazamientos, pero, en el presente caso, no se trataba de la autoridad de un país cualquiera, sino la Vicepresidenta de un Estado al que el Consejo Europeo había prohibido su entrada en España. Ha dicho asimismo que Ábalos actuó “de la manera menos nociva para las relaciones entre los dos países y respetando la legalidad internacional”. Lamento no estar de acuerdo con semejante apreciación. No sé si ha sido  motu proprio” o a instancia de parte –léase Iglesias-, pero el Gobierno venezolano ha violado la legalidad internacional y forzado a hacer lo mismo al Gobierno español, actuado  de mala fe al informar de la llegada a Barajas de la Vicepresidenta cuando su avión ya se encontraba en ruta hacia España, exigido que las autoridades españolas concedieran autorización de sobrevuelo y derecho de aterrizaje en el aeropuerto de Barajas al avión que transportaba a la Vicepresidenta, quien impuso su entrada en España a pesar de tenerlo prohibido.

            Tampoco estoy de acuerdo con las confusas afirmaciones de Pedro Sánchez de que la actuación de Ábalos había evitado que se produjera un incidente diplomático. No se sabe bien si el incidente felizmente evitado era con Venezuela, con el Gobierno “de facto” de Juan Guaidó, o con la UE. Arancha González ha afirmado que cree que el Gobierno español ha cumplido con la decisión del Consejo (¿?) y que lo importantes es “dar un poquito de crédito a la manera en que se ha gestionado esto”. No puede menos  que mostrar mi desacuerdo con esta afirmación. La cuestión de la visita ilegal de Delcy Rodríguez a España con el consentimiento del Gobierno español -que ha incumplido sus obligaciones como Estado miembro de la UE- no ha podido gestionarse de peor manera y ha supuesto un garrafal desatino, obra de la actuación coral del Gobierno de Sánchez. Se ha montado un espectáculo que es un híbrido poco logrado de sainete, astracanada y esperpento, que nos ha hecho ser una vez más el hazmerreír de la comunidad internacional. Y el colmo del surrealista disparate es la afirmación de que una parte de un aeropuerto español no forma parte del territorio de España y de que Delcy Rodríguez no ha pisado suelo español.

Madrid, 3 de enero de 2020

           

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