jueves, 24 de octubre de 2024
Un antimodelo de fiscal general: inidóneo, condenado por desviación de poder e investigado por revelación de secretos
UN ANTIMODELO DE FISCAL GENERAL: INIDÓNEO, CONDENADO POR DESVIACIÓN DE PODER E INVESTIGADO POR REVELACIÓN DE SECRETOS
El pasado día 16, el Tribunal Supremo (TS) abrió una causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz (AGO) por un supuesto delito de revelación de secretos, al ordenar la publicación de una nota de prensa en la que se hacían públicos datos reservados de las negociaciones de la Fiscalía de Madrid con el empresario Alberto González, expedientado por la comisión de supuestos delitos contra la Hacienda Pública y de falsedad documental. Ha sido asimismo imputada la fiscal-jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, que fue quien facilitó los datos secretos del expediente.
Los españoles padecemos un fiscal general del Estado -más bien del Gobierno-
que nos merecemos por nuestros muchos pecados políticos. AGO fue considerado inidóneo para el cargo por el Consejo General del Poder Judicial, condenado por el TS por desviación de poder y está siendo investigado por dicho Tribunal por la presunta comisión de un delito de revelación de secretos ¡Menuda joya! Estima que la Constitución está pasada de rosca y que su misión no es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, y velar por la independencia de los tribunales, (artículo 124-1), sino luchar contra los bulos y e fango que difunden los seudo medios de comunicación y los jueces corruptos, con el fin de perjudicar el jefe, Pedro Sánchez, y a su honorabilísima esposa, Begoña Gómez, campeona indiscutible en la captación de fondos financieros, merced a la benevolencia de su ilustre marido.
Supuestos de hecho del “caso García Ortiz”
El empresario Alberto González había sido expedientado por la AEAT y su defensa propuso un pacto de conformidad, por el que -a cambio de reconocer los hechos y devolver las sumas defraudadas, se le redujera considerablemente la posible condena. El 12 de marzo de 2024, el “Diario.es” publicó que la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, había defraudado €350.591 a Hacienda mediante una trama de facturas falsas y empresas pantalla. El día 13, “El Mundo” informó a las 21.30 que la Fiscalía había ofrecido a González un pacto para que admitiera dos delitos fiscales mientras se judicializaba el caso, y a las 23.51, la Cadena SER aseguró que había sido el novio de Ayuso quién ofreció a la Fiscalía llegar a un pacto declarándose culpable de delitos, para evitar el juicio. Ese mismo día, el fiscal encargado del asunto, Julián Salto, remitió la denuncia al abogado de González para facilitarle el derecho a la defensa y le indicó que la existencia de otras personas denunciadas en el procedimiento no constituía un obstáculo para que se pudiera alcanzar una conformidad penal. AGO pidió a la fiscal Rodríguez que le enviara con urgencia el expediente de González, y ésta telefoneó a Salto -al que hizo salir del estadio Metropolitano, donde el Atlético de Madrid y el Milán estaban jugando un partido de fútbol- y le ordenó que le mandara sin demora el citado expediente, que, tras ser recibido, la fiscal lo remitió al correo personal de AGO y no al oficial, como hubiera sido lo normal. Aquí ya empieza a oler a chamusquina.
El día 14, la Oficina de Prensa de la Fiscalía General elaboró una nota informativa -bajo el encabezamiento de la Oficina de Prensa de la Audiencia Provincial- en la que reproducía entre comillas algunos párrafos literales de los correos intercambiados entre la Fiscalía y la Defensa. La nota fue enviada a la Oficina de Prensa de la Audiencia madrileña, para que fuese publicada como cosa suya y con su membrete, pero el jefe de la Oficina -tras consultar con la Fiscal Superior, Almudena Lastra- se negó a hacerlo. AGO llamó a Lastra para pedirle que sacara la nota, pero ésta apoyó la decisión de su subordinado al estimar que la nota no era correcta y apreciar la ilegalidad de semejante petición. El fiscal general volvió a telefonear a Lastra, pero ésta no se puso al teléfono, de modo que le envió un correo en el que decía que la nota era correcta, que había que defender a los compañeros fiscales que habían actuado de forma impecable y que se trataba de desmentir un bulo. La intención de AGO quedó claramente reflejada al afirmar que “si dejamos pasar el momento, nos van a ganar el relato”. ¿A quién le ganaban el relato? El uso del “Nos” mayestático suponía que los perjudicados serían él y, por supuesto, Sánchez y su Gobierno ¿En qué disposición del Estatuto Fiscal se indica que una de las misiones de la Fiscalía sea la de desmentir bulos publicados en los medios de comunicación? En cualquier caso, lo que había publicado “El Mundo” no era ningún bulo, sino una noticia incompleta, ya que -en el momento de la publicación del artículo- el diario no tenía conocimiento del correo en el que el letrado de González solicitaba un pacto de conformidad. El fiscal general consideraba indispensable dejar claro que quien había tomado la iniciativa era la Defensa y no la Fiscalía, pero eso no tenía la menor relevancia procesal, dado que lo importante era ver si se llegaba a un acuerdo de transacción, y la Fiscalía parecía estar proclive a lograrlo, hasta que conoció A través de Rodríguez que el expedientado era el novio de Ayuso, pese que no lo fuera cuando cometió el supuesto fraude.
Lo más llamativo del caso era la urgencia extrema de AGO en desmentir un bulo que no era tal, como mostró al sacar al fiscal Salto de un partido internacional, elaborar una nota informativa a altas horas de la noche e iniciar al día siguiente gestiones para que se divulgara la citada nota. Él mismo explicó las razones al expresar la necesidad de que no le ganaran el relato. También resultaba sospechoso su intento de que la nota en cuestión fuera presentada por la Fiscalía de Madrid en vez de por la Fiscalía General, pero pinchó en hueso al topar con una fiscal responsable, que no aceptó sumarse a la turbia actuación del “capo”. Ese mismo día, “El País” publicó una captura del escrito de la Defensa, en el que reconocía el delito y pedía llegar a un acuerdo con la Fiscalía.
El 20 de marzo, el Colegio de Abogados de Madrid presentó una denuncia contra la Fiscalía por revelación de secretos, en la que aseguraba que, tanto el comunicado como el contenido del correo electrónico que se publicó, desbordaban el deber de información. González también presentó por el mismo motivo una querella contra los fiscales Salto y Rodríguez, y contra el fiscal general, que fue admitida a trámite por el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, José Goyena, para los dos primeros, aunque no para AGO por estar aforado. El 11 de junio, el fiscal general envió un escrito en el que indicaba que la difusión de la nota no se habría producido sin su autorización y sin sus instrucciones expresas y directas, por lo que el instructor se declaró incompetente, dejó de instruir el caso, y se limitó a redactar un auto motivado para someterlo a la consideración y decisión del TS. La instrucción, quedó inconclusa respecto a extremos relevantes y necesarios para valorar cómo tuvieron acceso los medios de comunicación a los correos, horas antes de que se publicara a la nota informativa, “cuando los mismos estaban en poder del fiscal general del Estado y de la fiscal jefa provincial, enviados por Salto a partir en las 22,00 horas del día 13 de marzo, ambos dispusieron de ellos para elaborar y consensuar la nota informativa”
El 16 de octubre, la Sala Segunda de lo Penal del TS avaló por unanimidad la propuesta del magistrado instructor y decidió abrir una causa contra el fiscal general por un presunto delito de revelación de secretos, en relación con la difusión de datos relativos a la investigación de un particular por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental. El Tribunal también decidió investigar a la fiscal Rodríguez, pese que no tuviera la condición de aforada, dada la inescindible conexión entre los comportamientos de ambos fiscales, que impedía la incoación de causas separadas. La Sala precisó que la cuestión primordial era determinar si la conducta atribuida por los querellantes a los querellados podía subsumirse en el artículo 417 del Código Penal, que castiga a la autoridad o funcionario público que revele secretos o informaciones de los que tuviera conocimiento por razón de oficio o cargo y que no debieran ser divulgados. En relación con la nota informativa, los magistrados llegaron a la conclusión de que aparentemente no proporcionaba información indebidamente revelada, dado el conocimiento el público de los hechos, que habían sido sacados a la luz por distintos medios de prensa y programas radiofónicos los días 12 y 13 de marzo, incluido el correo del abogado en el que decía que su cliente estaba dispuesto a reconocer íntegramente los hechos, asumía la comisión de sendos delitos contra la Hacienda, y se comprometía a pagar la cuota defraudada y los intereses de demora. De la declaración del fiscal Salto se desprendía, no obstante, que, horas antes de su publicación, los correos cruzados entre el fiscal y el abogado de González habían sido revelados mientras estaban en poder del fiscal general y de la fiscal jefa provincial.
A altas horas de la noche del día 13, el expediente solo era conocido por la defensa, los fiscales madrileños y el fiscal general y, de todos ellos, el único que había mostrado un extremado interés en que se publicara la nota informativa era él. Aparte de los fiscales citados, únicamente podían tener conocimiento de los mismos el propio AGO y personas de su entorno inmediato. Como le gusta decir a Sánchez y a sus ministros, “blanco y en botella”. Si a los pocos minutos de haber recibido en su correo particular el expediente, datos contenidos en el mismo aparecieron publicados en medios afines al Gobierno, no hacía falta ser Sherlock Holmes para llegar a la conclusión -presunta por supuesto- de que el filtrador de los correos fue AGO o alguna persona de su entorno íntimo a la que hubiera revelado los datos reservados contenidos en el expediente. Cabe preguntarse “Cui prodest” - ¿a quién beneficia?-. Obviamente al fiscal general, para ayudar a Sánchez a ”ganar el relato”, que era más importante que la verdad, ¿Qué es la verdad? se preguntará el presidente en plan Pilato…
Cuando AGO fue objeto de la querella, gallardamente asumió la responsabilidad por la elaboración y publicación de la nota infractora de la legalidad, pero ahora que le ve los dientes al lobo, no es tan asertivo en sus afirmaciones, y dicen “fuentes” de la Fiscalía que había más de 18 personas que estaban al tanto del contenido del expediente, por lo que -de haber habido una filtración dolosa- vaya usted a saber quién podría haber sido su autor. Según el TS, existía indiciariamente una carga de lesividad que perjudicaba el derecho de defensa de un particular, que se enfrentaba a un proceso judicial y el correo en el que asumía su culpabilidad -no llevado a cabo conforme a los parámetros de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- podría tener repercusión en el derecho a la presunción de inocencia. Revelar esos datos no era compatible con la misión de información a la opinión pública de los acontecimientos de interés que el Estatuto Fiscal atribuye a la Fiscalía, porque, para hacer una precisión informativa, no es necesario vulnerar la presunción de inocencia de nadie.
Del tenor del auto de imputación, se deduce que el Tribunal se inclina por investigar la filtración del correo de la defensa de González y no tano la revelación de secretos, a lo que está obligado cualquier funcionario público. Sin embargo, “lo cortés no quita lo valiente” y, aunque el instructor deba investigar ambas cuestiones, considero que se debería centrar en la segunda, ya que será muy difícil probar quién fue el autor de la filtración, aunque haya indicios suficientes para poder hallar al culpable. Se ha producido revelación de secretos haya habido o no filtraciones previas, y la revelación la ha hecho quien posee la información fehaciente, la Fiscalía, que tiene el deber del sigilo. Con independencia de quien haya sido el filtrador, creo que, al redactar y difundir la nota de prensa, AGO ha violado el artículo 417 del Código Penal, cuyos requisitos caen como anillo al dedo del fiscal general, porque a) es autoridad y funcionario público, b) ha tenido conocimiento por razón de su cargo de información no divulgables, c) ha revelado secretos, y d) ha causado grave daño a un tercero. Por ello, AGO podría ser condenado a una pena de prisión de 2 a 4 años, y a una inhabilitación especial para cargo público de 3 a 5 años, e incluso podría perder la carrera.
AGO ha violado asimismo el artículo 197, que establece que, quien para vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos, será castigado con pena de prisión de 1 a 4 años. Penas similares se impondrán al que, sin estar autorizado, utilice en perjuicio de terceros datos reservados de carácter personal o familiar, que se hallen registrados en ficheros, soportes informáticos o cualquier otro archivo o registro. El fiscal general ha utilizado los datos de González -que ha obtenido de sus subordinados abusando de su superioridad jerárquica- para perjudicar a un particular, que tiene la suerte o la desgracia de ser el novio actual de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a la que Sánchez ha acusado de corrupción y de aprovecharse económicamente de las puestas actividades delictivas de su pareja.
Reacción a la decisión del Tribunal Supremo
Como ya lo venía advirtiendo, AGO se ha negado a dimitir pese a su imputación y se atornilla al sillón curul, acudiendo -como es habitual en la “Sanchosfera"- a la mentira y al engaño. Ha alegado “pro domo” que no dimitir “es lo menos grave y más prudente para la institución a medio y largo plazo”, y “refuerza la independencia de la Fiscalía española”. No solo no dimite, sino que -con su chulería y prepotencia habituales- ha lanzado veladas amenazas. “Los fiscales manejamos material muy sensible y también muchísima información. Le aseguro que si yo quisiera hacer daño a un determinado espectro político, tengo información de sobra -que por supuesto no voy a usar jamás- para insinuar y para filtrar”. No estoy convencido de que no lo haga.
La situación en la que se ha colocado AGO y ha situado al Ministerio Fiscal y a todos sus componentes resulta insoportable, porque al símbolo máximo de la defensa de la legalidad va a ser investigado por infringirla, y es especialmente grave porque el fiscal general puede dar órdenes vinculantes a todos los miembros de la carrera fiscal. Según Javier Tajadura la dependencia jerárquica es imprescindible para asegurar la unidad de actuación de los 2.700 fiscales, que deberán interpretar la legalidad con criterios uniformes. La imputación de AGO es un caso de extraordinaria gravedad al afectar a quien es el principal responsable de la defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos, al que se acusa de quebrantar la ley cuyo cumplimiento debe garantizar, para perjudicar los derechos de un ciudadano particular. La Fiscalía deberá pronunciarse sobre sí existen o no indicios racionales de criminalidad en la conducta del fiscal general y sería absurdo que el propio interesado fuera quien tuviera que determinarlo. La reacción de la mayoría de los fiscales, de los sectores jurídicos y de la opinión pública en general ha sido de incredulidad y consternación. Para hacer el paripé, el fiscal general convocó la Junta de Fiscales de Sala y el Consejo Fiscal, no para discutir si debería dimitir o no, sino para justificar su decisión. En la primera -integrada en su mayoría por miembros de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), nombrados por AGO o por su predecesora Dolores Delgado- solo 10 lo apoyaron, 13 se pronunciaron por la dimisión y 9 guardaron un prudencial silencio. En el segundo -máximo órgano de asesoramiento del fiscal general- el veredicto negativo fue de 7 a 4 , y la minoría estaba formada por los dos miembros natos del Consejo y los dos miembros de la UPF, que ha sido la única Asociación que ha respaldado la actuación de AGO.
La mayoritaria Asociación de Fiscales ha afirmado en un comunicado que “mantenerse en el cargo solo se puede interpretar como una voluntad de mantener el control de la institución en su propio interés y no en el de la Fiscalía”, por lo que su dimisión era inevitable. Que AGO se tenga que defender en un proceso penal y a la vez el Ministerio Fiscal deba actuar en defensa de la legalidad cuestionan a esta última, y no se solucionaría el problema con la abstención del fiscal general en dar órdenes, si se recayera esa función en la teniente fiscal Sánchez-Conde, que es una subordinada a la que él eligió y puede cesar, y a la que puede dar órdenes e instrucciones. Resulta imprescindible la dimisión de AGO y el nombramiento de un nuevo fiscal general que garantice la máxima imparcialidad. “La condición de investigado de quien dirige el Ministerio Fiscal genera una tensión sin precedentes en la institución y erosiona la credibilidad de la actuación de quienes las representamos diariamente con vocación. Revertir esta anomalía y recuperar el respeto a nuestro trabajo requiere la dimisión como paso inevitable e imprescindible”. El fiscal del TS Salvador Viada -destacado miembro de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales- ha calificado a la Fiscalía General de “modelo bananero”. AGO tiene derecho a defenderse y a mentir -aunque no sea ético-, pero no a parapetarse detrás de una institución a la que dice proteger. Continuar en el puesto es mejor para él y para el Gobierno, que no lo deja dimitir. Un fiscal puede ser suspendido si comete alguna falta grave -artículo 511-3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial-, pero no el fiscal general, al menos expresamente, Cabría aplicar dicha disposición “mutatis mutandis”, ya que AGO es un fiscal más.
El Gobierno ha salido en tromba para respaldar a quien considera uno de sus 23 ministros. Sánchez ha dicho que el fiscal general ha cumplido con su trabajo, que consistía en denunciar a un delincuente confeso, desmentir bulos y combatir la desinformación, aunque para ello disponga de otros medios ajenos a la Fiscalía General. El ministro de Justicia, Félix Bolaños, ha afirmado que entre los delincuentes confesos y los fiscales que dicen la verdad se queda con éstos, y que AGO cumplió con su deber de perseguir el delito y contar la verdad. Ha tenido la desvergüenza de afirmar que el Gobierno está con las instituciones y no con los delincuentes. “Si el fiscal general dimitiera o cayera, se estaría cometiendo una injusticia, porque pondríamos en la diana a todos los fiscales de este país”. Ambos han mentido, porque el ofrecimiento de una declaración de culpabilidad en un acuerdo de conformidad no convierte a nadie en culpable y González no ha sido condenado por ningún juez. Aunque el fiscal general dijera una verdad -que no es el caso-, no puede cometer un delito. Si pretendía desmentir lo que consideraba un bulo, podría haberlo hecho mediante una nota informativa en la que expusiera su versión y no tenía necesidad de cometer un delito de revelación de secretos e incluso de prevaricación. Como ha observado Santiago González, la misión del fiscal general no es combatir bulos ni establecer la victoria de la verdad, y AGO no ha sido imputado por eso, sino por revelar secretos.
Debido a la extrema jerarquización del Ministerio Fiscal y a las facultades exorbitantes concedidas a su titular, se daría la paradoja de que un subordinado del fiscal general tendría que interrogar a un superior al que debe obediencia ¿Qué lealtad prevalecería en este caso, la debida al máximo organismo del Poder Judicial o al superior del que depende jerárquicamente? Sería una situación insostenible para los fiscales investigadores. Si fuera asumida por la teniente fiscal, es probable que Sánchez-Conde diera prioridad al jefe que la nombró.
Para Juan Manuel Dolz - magistrado del TS y miembro de la UPF-, al estar nombrado por el Gobierno, el fiscal general es un actor político, lo que hace desaparecer cualquier apariencia de normalidad. Pese a haber sido declarado no idóneo para el cargo por el CGPJ, el Gobierno nombró a AGO de forma arbitraria. La discrecionalidad del Gobierno debe quedar sujeta a la legalidad y, por eso, muchos fiscales consideraron que el nombramiento fue inadecuado, porque no dio una respuesta razonable o jurídicamente fundada al informe contrario del Consejo. “La dignidad institucional es muy importante. Cuando una persona en el desempeño de su cargo está recibiendo estas descalificaciones tan graves por parte del órgano judicial de máxima categoría, como es el TS y está en curso una causa penal, la dignidad institucional obliga a echar un paso atrás y dimitir”. La regeneración democrática pasa por el cese de AGO, sin el cual no será creíble. No se trata de la crisis de una institución sino de una persona.
Según Elisa de la Nuez, AGO confunde la institución con su persona y actúa como un político populista más ¿Se va a investigar a sí mismo? ¿Dará instrucciones generales o particulares a los fiscales que actúen en el procedimiento que le investiga para exculparle? “Lo único razonable es su dimisión”. La pregunta que nos hacemos todos en España es cómo va a defender la legalidad quien está imputado presuntamente por saltársela. Ha instado a que se aplique el artículo 31 del Estatuto Fiscal, que recoge los motivos por los que se puede cesar a un fiscal.
AGO ha llevado a la Fiscalía General a unos extremos inconcebibles y se ha convertido en arquetipo de lo que no debe ser un fiscal general. Ha seguido una política sectaria de nombramientos con los que ha encumbrado a sus colegas de la UPF y a su mentora Delgado, cuyo ascenso y nombramientos han sido echados abajo por el TS, que lo ha acusado de desviación de poder. Ha culminado su disparatada trayectoria con su imputación por revelación de secretos. La mera existencia de una imputación es incompatible con la dignidad institucional del cargo. Como ha afirmado “El Mundo” en un editorial, ” la confianza y la imparcialidad del Ministerio público está muy cerca de romperse para siempre en mil pedazos y el responsable se llama Álvaro García Ortiz. Por cada minuto que prosiga en el cargo, la Fiscalía bajará un escalón más hacia el desprestigio. Su única salida -aunque sea ya al margen del honor- es dimitir”.
Madrid, 24 de octubre de 2024
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